Jurisprudencia sobre Gastos comunes.
Filtros
Voces
Comunidad de propietarios
Propiedad horizontal
Gastos comunes
Dueño
Sociedad de responsabilidad limitada
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Hernandez Hernandez, Maria Del Rosario
Garcia De Ceca Benito, Paloma Marta
Illescas Rus, Angel Vicente
Camazon Linacero, Amparo
Gutierrez Sanchez, Juan Vicente
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Otros
Auto aclaratorio
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
GUARDA Y ACOGIMIENTO
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La Audiencia Provincial de La Coruña desestima el recurso de apelación del demandado sobre nulidad de junta de propietarios; la Sala señala que el acuerdo adoptado por la junta de propietarios supone una modificación del título constitutivo, pues no sólo altera la determinación de la contribución de cada comunero a los gastos generales, así como a la constitución de un fondo, por haberse adoptado el acuerdo por mayoría y no por unanimidad vulnerando por tanto lo establecido legalmente, lo cu
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
En el presente procedimiento la comunidad de propietarios apelante, dirige acción de reclamación de cantidad contra Ana Mª. El día 27 de febrero de 1998 y con fecha de 1 de marzo de 1998, se baja nuevamente la cuota mensual de la comunidad a 4.000 pts., de lo que se deduce que desde octubre de 1997 hasta febrero de 1998, ambos inclusive a razón de 5.000 pts mensuales arroja la suma de 25.000 pts., la suma de 12.000 pts. De la notificación realizada por el Presidente, en n
PROPIEDAD HORIZONTAL
Es evidente, con ello, que el presente recurso de apelación no ha de ser acogido, toda vez que no existe en los estatutos de la comunidad ninguna norma que- regule o imponga el pago del consumo individual de agua fría y caliente sanitaria por partes iguales como pretende el actor, o de alguna otra concreta forma, sin que sean de aplicación las normas 4º y 6ª de los Estatutos que se refieren a gastos distintos cuales son los de alumbrado, conservación, pintura, ornato y ot
Un examen en profundidad de todo lo actuado, ha de llevar a la convicción, por el contrario, de que, por lo menos, ha quedado probado que la demandada ha convertido su trastero -que tenía en el bajo-cubierta del edificio, como anexo a su piso, en la casa de la Calle d , de Mugardos- en una pequeña vivienda complementaria, cambiando el destino del mismo previsto en los Estatutos y modificando, por tanto, a espaldas de la autorización unánime que se necesita para hacerlo d
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
GUARDA Y ACOGIMIENTO
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
La Audiencia Provincial de La Coruña desestima el recurso de apelación del demandado sobre nulidad de junta de propietarios; la Sala señala que el acuerdo adoptado por la junta de propietarios supone una modificación del título constitutivo, pues no sólo altera la determinación de la contribución de cada comunero a los gastos generales, así como a la constitución de un fondo, por haberse adoptado el acuerdo por mayoría y no por unanimidad vulnerando por tanto lo establecido legalmente, lo cu
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
En el presente procedimiento la comunidad de propietarios apelante, dirige acción de reclamación de cantidad contra Ana Mª. El día 27 de febrero de 1998 y con fecha de 1 de marzo de 1998, se baja nuevamente la cuota mensual de la comunidad a 4.000 pts., de lo que se deduce que desde octubre de 1997 hasta febrero de 1998, ambos inclusive a razón de 5.000 pts mensuales arroja la suma de 25.000 pts., la suma de 12.000 pts. De la notificación realizada por el Presidente, en n
PROPIEDAD HORIZONTAL
Es evidente, con ello, que el presente recurso de apelación no ha de ser acogido, toda vez que no existe en los estatutos de la comunidad ninguna norma que- regule o imponga el pago del consumo individual de agua fría y caliente sanitaria por partes iguales como pretende el actor, o de alguna otra concreta forma, sin que sean de aplicación las normas 4º y 6ª de los Estatutos que se refieren a gastos distintos cuales son los de alumbrado, conservación, pintura, ornato y ot
Un examen en profundidad de todo lo actuado, ha de llevar a la convicción, por el contrario, de que, por lo menos, ha quedado probado que la demandada ha convertido su trastero -que tenía en el bajo-cubierta del edificio, como anexo a su piso, en la casa de la Calle d , de Mugardos- en una pequeña vivienda complementaria, cambiando el destino del mismo previsto en los Estatutos y modificando, por tanto, a espaldas de la autorización unánime que se necesita para hacerlo d