Jurisprudencia sobre Extinción del contrato de trabajo.
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Voces
Extinción del contrato de trabajo
Contrato de Trabajo
Carta de despido
Despido colectivo
Salarios de tramitación
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Muñoz, Fernando Esteban
Moralo Gallego, Sebastian
Ruiz Pontones, Manuel
Diaz Alonso, Maria Elena
Colino Rey, Adolfo Matias
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.#Procedimiento prejudicial — Política social — Protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario — Directiva 2008/94/CE — Artículo 3, párrafo primero — Pago asumido por la institución de garantía — Indemnizaciones debidas al término de la relación laboral — Traslado del lugar de trabajo que exige un cambio de residencia del trabajador — Modificación de un
Jubilación anticipada al amparo del art. 160 bis 2.A LGSS/1994 [actual art. 207, LGSS]. Cese involuntario. Extinción de contrato a instancia del trabajador. No es un supuesto incluido. Ente el elenco de causas de extinción fijado por la norma no se incluye las declaradas conforme al art. 50, <a class="enlaceDocumentacion"
EXISTENCIA O NO DE DIMISIÓN POR PARTE DEL TRABAJADOR QUE COMUNICA SU INASISTENCIA AL TRABAJO POR IMPAGO REITERADO DE SALARIOS. ARTÍCULO 50.1, B) ET. EL TS entiende que no existe dimisión al no poder obligarse al trabajador a mantener unas condiciones de trabajo que sean contrarias a su dignidad, a su integridad, y que puedan implicar un grave perjuicio patrimonial o una perdida de opciones profesionales. Se cumplen los requisitos para que prospe
Despido objetivo en empresa que poco antes había sido autorizada en un ERE a la suspensión de varios contratos de trabajo. Incompatibilidad de ambas medidas y posible fraude de ley.
El TS estima el recurso interpuesto por la trabajadora actora, y declara la nulidad de su cese. Basa la Sala su pronunciamiento, citando textualmente, "que el mandato legal sólo puede entenderse cumplido si, en el mismo acto en que el trabajador se sabe
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.#Procedimiento prejudicial — Política social — Protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario — Directiva 2008/94/CE — Artículo 3, párrafo primero — Pago asumido por la institución de garantía — Indemnizaciones debidas al término de la relación laboral — Traslado del lugar de trabajo que exige un cambio de residencia del trabajador — Modificación de un
Jubilación anticipada al amparo del art. 160 bis 2.A LGSS/1994 [actual art. 207, LGSS]. Cese involuntario. Extinción de contrato a instancia del trabajador. No es un supuesto incluido. Ente el elenco de causas de extinción fijado por la norma no se incluye las declaradas conforme al art. 50, <a class="enlaceDocumentacion"
EXISTENCIA O NO DE DIMISIÓN POR PARTE DEL TRABAJADOR QUE COMUNICA SU INASISTENCIA AL TRABAJO POR IMPAGO REITERADO DE SALARIOS. ARTÍCULO 50.1, B) ET. EL TS entiende que no existe dimisión al no poder obligarse al trabajador a mantener unas condiciones de trabajo que sean contrarias a su dignidad, a su integridad, y que puedan implicar un grave perjuicio patrimonial o una perdida de opciones profesionales. Se cumplen los requisitos para que prospe
Despido objetivo en empresa que poco antes había sido autorizada en un ERE a la suspensión de varios contratos de trabajo. Incompatibilidad de ambas medidas y posible fraude de ley.
El TS estima el recurso interpuesto por la trabajadora actora, y declara la nulidad de su cese. Basa la Sala su pronunciamiento, citando textualmente, "que el mandato legal sólo puede entenderse cumplido si, en el mismo acto en que el trabajador se sabe