Jurisprudencia sobre Desp...ejecución.

Jurisprudencia sobre Despacho de la ejecución.

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Despacho de la ejecución
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Despacho de la ejecución
Auto CIVIL Nº 309/2017, AP - Sevilla, Sec. 5, Rec 196/2017, 12-12-2017

Orden: Civil


Tribunal: AP - Sevilla


Ponente: GALLARDO CORREA, CONRADO


Nº de sentencia: 309/2017



Primero .- La parte ejecutada recurre el auto que no aprecia abusividad en las cláusulas que regulan el vencimiento anticipado e intereses de demora. En cuanto a la primera alega, en esencia, que cuando se declara vencido el préstamo no había un incumplimiento grave que lo justificase, siendo la cláusula en todo caso abusiva en sí misma y no en razón de como la aplique la entidad ejecutante. De igual modo alega resumidamente que, aunque la parte ejecutante haya renunciado a los intereses de demo
Auto CIVIL Nº 46/2020, AP - Barcelona, Sec. 4, Rec 119/2017, 21-01-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: LUCAS ESTEVE, ADOLFO


Nº de sentencia: 46/2020



PRIMERO.- Posiciones de las partes y objeto del recurso.1.- Catalunya Banc SA (hoy Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA) instó ejecución hipotecaria frente a D. Ángel Daniel y Dª Flora.Mediante providencia de 11 de julio de 2016, se dio traslado a las partes para que presenten alegaciones sobre la posible abusividad de las cláusulas de intereses de demora y vencimiento anticipado. Y mediante Auto de 28 de octubre de 2016 se declararon nulas las cláusulas relativas a los
Auto CIVIL JPI Cartagena, Sec. 5, Rec 412/2013, 07-03-2014

Orden: Civil


Tribunal: Juzgado de Primera Instancia - Cartagena


Ponente: MADRID RODRIGUEZ, FERNANDO



NORMATIVA DE LA UNIÓN EUROPEACUESTIÓN PREJUDICIAL EUROPEA7. El artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea dispone: 'El Tribunal Europeo de Justicia será competente para pronunciarse; con carácter prejudicial:a) sobre la interpretación de los Tratados;b) sobre la validez e interpretación de los actos adoptados por las instituciones, órganos y organismos de la Unión de la Comunidad y por el Banco Central Europeo.Cuando
Auto CIVIL Nº 89/2020, AP - Baleares, Sec. 3, Rec 56/2020, 07-05-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Baleares


Ponente: CALADO OREJAS, ANA


Nº de sentencia: 89/2020



MATERIAS NO ESPECIFICADAS

Auto CIVIL Nº 64/2018, AP - Vizcaya, Sec. 5, Rec 52/2018, 11-07-2018

Orden: Civil


Tribunal: AP - Vizcaya


Ponente: CUENCA GARCIA, LEONOR ANGELES


Nº de sentencia: 64/2018



PRIMERO.- La parte apelante, Cabot Asset Purchases ( Ireland) Limited, interesa la revocación de la resolución recurrida y que en su lugar se dicte otra por la que se acuerde su sucesión en la posición procesal de la ejecutante, Prime Credit 3 S.A.R.L., dejándose sin efecto el archivo de las actuaciones, debiendo continuarse la ejecución hasta la total satisfacción de las cantidades adeudadas.

Auto CIVIL Nº 491/2020, AP - Barcelona, Sec. 17, Rec 542/2016, 20-07-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: NINOT MARTINEZ, ANA MARIA


Nº de sentencia: 491/2020



PRIMERO.-Tras la tramitación de juicio monitorio instado por COFIDIS contra D. Alejo sin que éste formulara oposición, la actora solicitó que se despachará ejecución.Despachada ejecución contra el demandado por la cantidad de 1.877,56 , el Sr. Alejo formuló oposición alegando la existencia de cláusulas abusivas, en concreto las cláusulas que fijan el interés remuneratorio, que califica de usurario, y los cargos referentes al seguro.El Juzgado de Primera Instancia nº 34
Auto CIVIL Nº 76/2017, AP - La Rioja, Sec. 1, Rec 185/2017, 31-07-2017

Orden: Civil


Tribunal: AP - La Rioja


Ponente: SANTISTEBAN RUIZ, ALFONSO


Nº de sentencia: 76/2017



CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES

Auto CIVIL Nº 32/2020, AP - Barcelona, Sec. 4, Rec 1530/2016, 17-01-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: DEL VALLE GARCÍA, MARTA DOLORES


Nº de sentencia: 32/2020



PRIMERO.- Por parte de CAJAS RURALES UNIDAS SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO se presentó demanda de ejecución hipotecaria contra D. Pelayo, Dª Loreto, Dª Martina y D. Raimundo, con apoyo en contrato de préstamo hipotecario de fecha 20 de julio de 2004, donde D. Pelayo y Dª Loreto figuran como prestatarios hipotecantes, y Dª Martina y D. Raimundo como fiadores solidarios, y en la escritura de oferta de adaptación de préstamo hipotecario de fecha 10 de marzo de 2005.Despach
Auto CIVIL Nº 264/2020, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 779/2018, 22-06-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: HOLGADO MADRUGA, FEDERICO


Nº de sentencia: 264/2020



PRIMERO.- Antecedentes del debateI. En fecha 10 de julio de 2016 la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. presentó demanda de ejecución hipotecaria frente a don Luis Angel (prestatario) y la mercantil Laboratorio Ysana Vidasana, S.A. (fiadora) con fundamento en una escritura pública de préstamo hipotecario otorgada el 22 de abril de 2009, que fue objeto de novación mediante escritura posterior de 28 de diciembre de 2011.El capital prestado se fijó e
Auto CIVIL Nº 10/2020, AP - Barcelona, Sec. 1, Rec 433/2017, 14-01-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: RECIO CÓRDOVA, ANTONIO RAMÓN


Nº de sentencia: 10/2020



PRIMERO.- Planteamiento de la cuestión en esta alzada1.La resolución de instancia declara de oficio la abusividad y nulidad de pleno derecho de la cláusula de vencimiento anticipado contenida en la cláusula SEXTA BIS de la escritura de fecha 20/12/2004 y, en consecuencia, acuerda el archivo de las presentes actuaciones al entender que se trata de una cláusula que fundamenta la ejecución: 'La nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, fundamento de la dema

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Auto CIVIL Nº 309/2017, AP - Sevilla, Sec. 5, Rec 196/2017, 12-12-2017

Orden: Civil


Tribunal: AP - Sevilla


Ponente: GALLARDO CORREA, CONRADO


Nº de sentencia: 309/2017



Primero .- La parte ejecutada recurre el auto que no aprecia abusividad en las cláusulas que regulan el vencimiento anticipado e intereses de demora. En cuanto a la primera alega, en esencia, que cuando se declara vencido el préstamo no había un incumplimiento grave que lo justificase, siendo la cláusula en todo caso abusiva en sí misma y no en razón de como la aplique la entidad ejecutante. De igual modo alega resumidamente que, aunque la parte ejecutante haya renunciado a los intereses de demo
Auto CIVIL Nº 46/2020, AP - Barcelona, Sec. 4, Rec 119/2017, 21-01-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: LUCAS ESTEVE, ADOLFO


Nº de sentencia: 46/2020



PRIMERO.- Posiciones de las partes y objeto del recurso.1.- Catalunya Banc SA (hoy Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA) instó ejecución hipotecaria frente a D. Ángel Daniel y Dª Flora.Mediante providencia de 11 de julio de 2016, se dio traslado a las partes para que presenten alegaciones sobre la posible abusividad de las cláusulas de intereses de demora y vencimiento anticipado. Y mediante Auto de 28 de octubre de 2016 se declararon nulas las cláusulas relativas a los
Auto CIVIL JPI Cartagena, Sec. 5, Rec 412/2013, 07-03-2014

Orden: Civil


Tribunal: Juzgado de Primera Instancia - Cartagena


Ponente: MADRID RODRIGUEZ, FERNANDO



NORMATIVA DE LA UNIÓN EUROPEACUESTIÓN PREJUDICIAL EUROPEA7. El artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea dispone: 'El Tribunal Europeo de Justicia será competente para pronunciarse; con carácter prejudicial:a) sobre la interpretación de los Tratados;b) sobre la validez e interpretación de los actos adoptados por las instituciones, órganos y organismos de la Unión de la Comunidad y por el Banco Central Europeo.Cuando
Auto CIVIL Nº 89/2020, AP - Baleares, Sec. 3, Rec 56/2020, 07-05-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Baleares


Ponente: CALADO OREJAS, ANA


Nº de sentencia: 89/2020



MATERIAS NO ESPECIFICADAS

Auto CIVIL Nº 64/2018, AP - Vizcaya, Sec. 5, Rec 52/2018, 11-07-2018

Orden: Civil


Tribunal: AP - Vizcaya


Ponente: CUENCA GARCIA, LEONOR ANGELES


Nº de sentencia: 64/2018



PRIMERO.- La parte apelante, Cabot Asset Purchases ( Ireland) Limited, interesa la revocación de la resolución recurrida y que en su lugar se dicte otra por la que se acuerde su sucesión en la posición procesal de la ejecutante, Prime Credit 3 S.A.R.L., dejándose sin efecto el archivo de las actuaciones, debiendo continuarse la ejecución hasta la total satisfacción de las cantidades adeudadas.

Auto CIVIL Nº 491/2020, AP - Barcelona, Sec. 17, Rec 542/2016, 20-07-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: NINOT MARTINEZ, ANA MARIA


Nº de sentencia: 491/2020



PRIMERO.-Tras la tramitación de juicio monitorio instado por COFIDIS contra D. Alejo sin que éste formulara oposición, la actora solicitó que se despachará ejecución.Despachada ejecución contra el demandado por la cantidad de 1.877,56 , el Sr. Alejo formuló oposición alegando la existencia de cláusulas abusivas, en concreto las cláusulas que fijan el interés remuneratorio, que califica de usurario, y los cargos referentes al seguro.El Juzgado de Primera Instancia nº 34
Auto CIVIL Nº 76/2017, AP - La Rioja, Sec. 1, Rec 185/2017, 31-07-2017

Orden: Civil


Tribunal: AP - La Rioja


Ponente: SANTISTEBAN RUIZ, ALFONSO


Nº de sentencia: 76/2017



CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES

Auto CIVIL Nº 32/2020, AP - Barcelona, Sec. 4, Rec 1530/2016, 17-01-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: DEL VALLE GARCÍA, MARTA DOLORES


Nº de sentencia: 32/2020



PRIMERO.- Por parte de CAJAS RURALES UNIDAS SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO se presentó demanda de ejecución hipotecaria contra D. Pelayo, Dª Loreto, Dª Martina y D. Raimundo, con apoyo en contrato de préstamo hipotecario de fecha 20 de julio de 2004, donde D. Pelayo y Dª Loreto figuran como prestatarios hipotecantes, y Dª Martina y D. Raimundo como fiadores solidarios, y en la escritura de oferta de adaptación de préstamo hipotecario de fecha 10 de marzo de 2005.Despach
Auto CIVIL Nº 264/2020, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 779/2018, 22-06-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: HOLGADO MADRUGA, FEDERICO


Nº de sentencia: 264/2020



PRIMERO.- Antecedentes del debateI. En fecha 10 de julio de 2016 la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. presentó demanda de ejecución hipotecaria frente a don Luis Angel (prestatario) y la mercantil Laboratorio Ysana Vidasana, S.A. (fiadora) con fundamento en una escritura pública de préstamo hipotecario otorgada el 22 de abril de 2009, que fue objeto de novación mediante escritura posterior de 28 de diciembre de 2011.El capital prestado se fijó e
Auto CIVIL Nº 10/2020, AP - Barcelona, Sec. 1, Rec 433/2017, 14-01-2020

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: RECIO CÓRDOVA, ANTONIO RAMÓN


Nº de sentencia: 10/2020



PRIMERO.- Planteamiento de la cuestión en esta alzada1.La resolución de instancia declara de oficio la abusividad y nulidad de pleno derecho de la cláusula de vencimiento anticipado contenida en la cláusula SEXTA BIS de la escritura de fecha 20/12/2004 y, en consecuencia, acuerda el archivo de las presentes actuaciones al entender que se trata de una cláusula que fundamenta la ejecución: 'La nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, fundamento de la dema

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