Jurisprudencia sobre Delito de robo.
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Presunción de inocencia
Delito de robo
Valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Prueba de cargo
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Estima parcialmente
Absuelve
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Iglesias Martin, Jose Carlos
Pelluz Robles, Luis Carlos
Fraile Coloma, Carlos Francisco
Guitart Peñafiel, Maria Sagrario
Sanchez Trujillano, Jose Luis
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Melilla, sobre delito de robo con intimidación. De lo probado, y teniendo en cuenta la concurrencia del principio de inmediación, a fin de valorar la prueba de testimonios prestados ante el Juzgador de Instancia, así como la conformidad con la lógica de credibilidad del testimonio impugnado, se considera como verídico y ajustado a la realidad el reconocimiento del recurrente por la
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Melilla, sobre delito de amenazas y falta de lesiones. En la sentencia apelada se aprecia incongruencia entre la acusación por el delito de robo, y el delito de amenazas por el que ha sido condenado el acusado. Debió simplemente absolverse del delito de robo que se le imputaba, sin condenarle por el de amenazas del que no había sido acusado. En consecuencia procede la estimación del r
La interpretación más favorable al reo realizada por el Juez "a quo" ha de ser respetada por la Sala. En ambos delitos definidos y con respecto a los cuatro acusados, aprecia la concurrencia de la agravante de uso de disfraz del art.
DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA.- Las pruebas practicadas demuestran que sí hubo violencia en el apdoeramiento del dinero sutraido.-
Se desestima el recurso de apelación formulado contra Sentencia condenatoria del Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid, por un delito de robo con violencia en grado de tentativa.
La Sala declara de la prueba practicada en el caso, resulta evidente que existe suficiente pr
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Melilla, sobre delito de robo con intimidación. De lo probado, y teniendo en cuenta la concurrencia del principio de inmediación, a fin de valorar la prueba de testimonios prestados ante el Juzgador de Instancia, así como la conformidad con la lógica de credibilidad del testimonio impugnado, se considera como verídico y ajustado a la realidad el reconocimiento del recurrente por la
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Melilla, sobre delito de amenazas y falta de lesiones. En la sentencia apelada se aprecia incongruencia entre la acusación por el delito de robo, y el delito de amenazas por el que ha sido condenado el acusado. Debió simplemente absolverse del delito de robo que se le imputaba, sin condenarle por el de amenazas del que no había sido acusado. En consecuencia procede la estimación del r
La interpretación más favorable al reo realizada por el Juez "a quo" ha de ser respetada por la Sala. En ambos delitos definidos y con respecto a los cuatro acusados, aprecia la concurrencia de la agravante de uso de disfraz del art.
DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA.- Las pruebas practicadas demuestran que sí hubo violencia en el apdoeramiento del dinero sutraido.-
Se desestima el recurso de apelación formulado contra Sentencia condenatoria del Juzgado de lo Penal nº 18 de Madrid, por un delito de robo con violencia en grado de tentativa.
La Sala declara de la prueba practicada en el caso, resulta evidente que existe suficiente pr