Jurisprudencia sobre Complemento ad personam.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Hernandez Vitoria, Maria Jose
Moreno Gonzalez-aller, Ignacio
Torres Andres, Juan Miguel
De Oro-pulido Sanz, Jose Ignacio
Martinez Toral, Carlos Jose Cosme
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Búsqueda: Voces
Complemento ad personam
Sentencia Social Nº 683/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 6, Rec 568/2016, 10-10-2016
PRIMERO.-La sentencia de instancia, desestimatoria de la demanda, en reclamación de cantidad, formulada en autos, por las diferencias retributivas no abonadas en concepto del denominado 'complemento personal convenido', que ha sido absorbido y compensado por la empresa con los incrementos experimentados por el complemento de antigüedad, es recurrida en suplicación por los demandantes, por considerar, en esencia, no se ha aplicado por el juzgado de instancia el efecto positivo de la cos
Sentencia Social Nº 635/2014, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 1825/2013, 30-06-2014
ÚNICO: Desestimada la demanda contra la no inclusión del complemento personal de Adaptación en la retribución de las horas extras, articulan los actores un recurso de suplicación en el que por el 193 c) de la L.R.J.S. denuncian la infracción del Acuerdo de bases puntos 1 y 5 de 13 de agosto de 2010, en relación con arts. 29.1 , 126 y 136 del Convenio Colectivo y D.T. 1ª, apartado 2, de la Ley 9/2010 y
Sentencia Social Nº 576/2014, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1880/2013, 27-06-2014
PRIMERO.- Contra la sentencia de instancia que desestima la pretensión actora sobre reclamación de cantidad, se interpone Recurso que, en un primer motivo, al amparo procesal del art. 193 b) L.R.J.S ., se interesa la adición de un nuevo ordinal en el que se recojan determinados párrafos de las actas
Sentencia Social Nº 814/2014, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 1906/2013, 23-09-2014
PRIMERO: Frente a la sentencia que declaró el derecho del actor al percibo del complemento personal compensatorio para los diplomados de sanidad y a la cuantía reclamada por dicho concepto en el periodo solicitado, se alza la demanda en suplicación y formula dos motivos amparados, sucesivamente, en los apartados b ) y c) del artículo 193 de la <rel id="9197375" uri="http://poolparty.iberley.es
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3907/2004, 06-10-2005
HORAS EXTRAORDINARIAS. NO PUEDEN COMPENSARSE CON UN VALOR INFERIOR AL DE LAS HORAS ORDINARIAS.
HORAS EXTRAORDINARIAS. NO PUEDEN COMPENSARSE CON UN VALOR INFERIOR AL DE LAS HORAS ORDINARIAS.
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 182/2004, 15-11-2005
Recurso de casación ordinario. Legitimación de la empresa para recurrir la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que la absuelve. Compensación del plus "ad personam" previsto en un acuerdo extraestatutario no vulnera la prohibición de compensación del convenio colectivo que se refiere a otro concepto del mismo nombre.
Recurso de casación ordinario. Legitimación de la empresa para recurrir la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que la absuelve. Compensación del plus "ad personam" previsto en un acuerdo extraestatutario no vulnera la prohibición de compensación del convenio colectivo que se refiere a otro concepto del mismo nombre.
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2/2004, 23-03-2005
IMPUGNACIÓN DE CONVENIO COLECTIVO POR CONSIDERAR QUE CONCULCA LA LEGALIDAD VIGENTE. NO PROCEDE NULIDAD DE LA SENTENCIA POR INSUFICIENCIA DE HECHOS PROBADOS, AL NO RECOGER EL ARTÍCULO IMPUGNADO DEL CONVENIO QUE SE APORTÓ A LOS AUTOS. NO REVISIÓN DE HECHOS PROBADOS. ES DISCRIMINATORIO ESTABLECER FORMAS DISTINTAS PARA LA RETRIBUCIÓN DE LA ANTIGUEDAD EN FUNCIÓN DE LA FECHA DE INGRESO EN LA EMPRESA. REITERA DOCTRINA SENTENCIA DE 21-1-2004.
IMPUGNACIÓN DE CONVENIO COLECTIVO POR CONSIDERAR QUE CONCULCA LA LEGALIDAD VIGENTE. NO PROCEDE NULIDAD DE LA SENTENCIA POR INSUFICIENCIA DE HECHOS PROBADOS, AL NO RECOGER EL ARTÍCULO IMPUGNADO DEL CONVENIO QUE SE APORTÓ A LOS AUTOS. NO REVISIÓN DE HECHOS PROBADOS. ES DISCRIMINATORIO ESTABLECER FORMAS DISTINTAS PARA LA RETRIBUCIÓN DE LA ANTIGUEDAD EN FUNCIÓN DE LA FECHA DE INGRESO EN LA EMPRESA. REITERA DOCTRINA SENTENCIA DE 21-1-2004.
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Sentencia Social Nº 683/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 6, Rec 568/2016, 10-10-2016
PRIMERO.-La sentencia de instancia, desestimatoria de la demanda, en reclamación de cantidad, formulada en autos, por las diferencias retributivas no abonadas en concepto del denominado 'complemento personal convenido', que ha sido absorbido y compensado por la empresa con los incrementos experimentados por el complemento de antigüedad, es recurrida en suplicación por los demandantes, por considerar, en esencia, no se ha aplicado por el juzgado de instancia el efecto positivo de la cos
Sentencia Social Nº 635/2014, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 1825/2013, 30-06-2014
ÚNICO: Desestimada la demanda contra la no inclusión del complemento personal de Adaptación en la retribución de las horas extras, articulan los actores un recurso de suplicación en el que por el 193 c) de la L.R.J.S. denuncian la infracción del Acuerdo de bases puntos 1 y 5 de 13 de agosto de 2010, en relación con arts. 29.1 , 126 y 136 del Convenio Colectivo y D.T. 1ª, apartado 2, de la Ley 9/2010 y
Sentencia Social Nº 576/2014, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1880/2013, 27-06-2014
PRIMERO.- Contra la sentencia de instancia que desestima la pretensión actora sobre reclamación de cantidad, se interpone Recurso que, en un primer motivo, al amparo procesal del art. 193 b) L.R.J.S ., se interesa la adición de un nuevo ordinal en el que se recojan determinados párrafos de las actas
Sentencia Social Nº 814/2014, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 1906/2013, 23-09-2014
PRIMERO: Frente a la sentencia que declaró el derecho del actor al percibo del complemento personal compensatorio para los diplomados de sanidad y a la cuantía reclamada por dicho concepto en el periodo solicitado, se alza la demanda en suplicación y formula dos motivos amparados, sucesivamente, en los apartados b ) y c) del artículo 193 de la <rel id="9197375" uri="http://poolparty.iberley.es
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3907/2004, 06-10-2005
HORAS EXTRAORDINARIAS. NO PUEDEN COMPENSARSE CON UN VALOR INFERIOR AL DE LAS HORAS ORDINARIAS.
HORAS EXTRAORDINARIAS. NO PUEDEN COMPENSARSE CON UN VALOR INFERIOR AL DE LAS HORAS ORDINARIAS.
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 182/2004, 15-11-2005
Recurso de casación ordinario. Legitimación de la empresa para recurrir la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que la absuelve. Compensación del plus "ad personam" previsto en un acuerdo extraestatutario no vulnera la prohibición de compensación del convenio colectivo que se refiere a otro concepto del mismo nombre.
Recurso de casación ordinario. Legitimación de la empresa para recurrir la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que la absuelve. Compensación del plus "ad personam" previsto en un acuerdo extraestatutario no vulnera la prohibición de compensación del convenio colectivo que se refiere a otro concepto del mismo nombre.
Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2/2004, 23-03-2005
IMPUGNACIÓN DE CONVENIO COLECTIVO POR CONSIDERAR QUE CONCULCA LA LEGALIDAD VIGENTE. NO PROCEDE NULIDAD DE LA SENTENCIA POR INSUFICIENCIA DE HECHOS PROBADOS, AL NO RECOGER EL ARTÍCULO IMPUGNADO DEL CONVENIO QUE SE APORTÓ A LOS AUTOS. NO REVISIÓN DE HECHOS PROBADOS. ES DISCRIMINATORIO ESTABLECER FORMAS DISTINTAS PARA LA RETRIBUCIÓN DE LA ANTIGUEDAD EN FUNCIÓN DE LA FECHA DE INGRESO EN LA EMPRESA. REITERA DOCTRINA SENTENCIA DE 21-1-2004.
IMPUGNACIÓN DE CONVENIO COLECTIVO POR CONSIDERAR QUE CONCULCA LA LEGALIDAD VIGENTE. NO PROCEDE NULIDAD DE LA SENTENCIA POR INSUFICIENCIA DE HECHOS PROBADOS, AL NO RECOGER EL ARTÍCULO IMPUGNADO DEL CONVENIO QUE SE APORTÓ A LOS AUTOS. NO REVISIÓN DE HECHOS PROBADOS. ES DISCRIMINATORIO ESTABLECER FORMAS DISTINTAS PARA LA RETRIBUCIÓN DE LA ANTIGUEDAD EN FUNCIÓN DE LA FECHA DE INGRESO EN LA EMPRESA. REITERA DOCTRINA SENTENCIA DE 21-1-2004.