Jurisprudencia sobre Cesión ilegal de trabajadores.
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Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Cea Ayala, Benedicto
Diaz Alonso, Maria Elena
Juanes Fraga, Enrique
Ruiz Pontones, Manuel
Lacambra Morera, Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Búsqueda: Voces
Cesión ilegal de trabajadores
Sentencia Social Nº 675/2015, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 179/2015, 16-09-2015
ÚNICO .- La representación del actor formula recurso de suplicación contra la sentencia de instancia, denunciando en un motivo Primero (y único), al amparo del artículo 193 c) de la LRJS , la infracción del artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores .Así las cosas, vistas las alegaciones realizadas,
Sentencia Social Nº S/S, TS, Sala de lo Social, Rec 1741/2002, 20-09-2003
El T.S. confirma la procedencia de acta de infracción levantada a entidad mercantil recurrente, por haberse producido supuestos de cesión ilegal de trabajadores, al desestimar recurso interpuesto por ésta por falta de contradicción entre las sentencias comparadas.
Sentencia Social Nº 117/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 6, Rec 5705/2007, 18-02-2008
UNICO.- Recurre en suplicación la parte demandante, la CAM, frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda de oficio presentada, en la que se interesaba la declaración de cesión ilegal de trabajadores en la que, a su juicio, habían incurrido las empresas "Eulen S.A.", como cedente, y "PHILIP MORRIS SPAIN S.A.", como cesionaria, con sustento en las actas de infracción levantadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social contra las referidas entidades.La resolución de
Sentencia Social Nº 1213/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1445/2015, 04-05-2016
PRIMERO.- El actor recurre en suplicación la sentencia que desestimó su demanda en la que reclamaba que se declarara que la extinción de la relación laboral que le unía a la codemandada FEPAMIC constituía un despido improcedente, del que debía responder también la Empresa Municipal SADECO, en cuanto que, mantiene, ambas incurrieron en cesión ilegal.En su recurso fórmula un primer motivo, al amparo del artículo 193 b) de la <rel id="9197375" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacio
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Cesión ilegal de trabajadores
Sentencia Social Nº 675/2015, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 179/2015, 16-09-2015
ÚNICO .- La representación del actor formula recurso de suplicación contra la sentencia de instancia, denunciando en un motivo Primero (y único), al amparo del artículo 193 c) de la LRJS , la infracción del artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores .Así las cosas, vistas las alegaciones realizadas,
Sentencia Social Nº S/S, TS, Sala de lo Social, Rec 1741/2002, 20-09-2003
El T.S. confirma la procedencia de acta de infracción levantada a entidad mercantil recurrente, por haberse producido supuestos de cesión ilegal de trabajadores, al desestimar recurso interpuesto por ésta por falta de contradicción entre las sentencias comparadas.
Sentencia Social Nº 117/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 6, Rec 5705/2007, 18-02-2008
UNICO.- Recurre en suplicación la parte demandante, la CAM, frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda de oficio presentada, en la que se interesaba la declaración de cesión ilegal de trabajadores en la que, a su juicio, habían incurrido las empresas "Eulen S.A.", como cedente, y "PHILIP MORRIS SPAIN S.A.", como cesionaria, con sustento en las actas de infracción levantadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social contra las referidas entidades.La resolución de
Sentencia Social Nº 1213/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1445/2015, 04-05-2016
PRIMERO.- El actor recurre en suplicación la sentencia que desestimó su demanda en la que reclamaba que se declarara que la extinción de la relación laboral que le unía a la codemandada FEPAMIC constituía un despido improcedente, del que debía responder también la Empresa Municipal SADECO, en cuanto que, mantiene, ambas incurrieron en cesión ilegal.En su recurso fórmula un primer motivo, al amparo del artículo 193 b) de la <rel id="9197375" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacio