Jurisprudencia por Casas Nombela, Juan Jose.
Filtros
Voces
Incapacidad permanente total
Tesorería General de la Seguridad Social
Enfermedad Común
Accidente laboral
Incapacidad permanente absoluta
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Social
Ponente
Casas Nombela, Juan Jose
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
TSJ Castilla y Leon
TSJ Castilla y León
El TSJ confirma la improcedencia de despido de trabajador actor, declarado en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por la empresa demandada. Declara la Sala que, el propio Convenio Colectivo de Renault proporciona una complementaria pauta interpretativa para catalogar la gravedad de los incumplimientos contractuales con traducción en sede de inasistencia al trabajo y ausencia de materialización de la actividad productiva, pauta esa que puede ser extrapolada al c
El TSJ confirma la procedencia de resoluciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social combatidas en el proceso, que habían afirmado que determinados procesos de baja laboral del filiado productor traían causa de accidente de trabajo, al desestimar el recurso interpuesto por la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales actora. Declara la Sala que, el artículo 115.2.f) de la <rel id="715708" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30731" tipo=
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que declara el derecho del actor a lucrar una indemnización de 10.433,57 euros, y condena al pago de la misma, al desestimar el recurso interpuesto por el Banco demandado. Basa la Sala su pronunciamiento en que, ni la fuente creadora y reguladora de la indemnización controvertida -el artículo 24 del Convenio colectivo de la construcción de la provincia de León que se publicara en el Boletín Oficial de la Provincia de 20 de abri
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que declaró el derecho del filiado demandante a lucrar la pensión de invalidez permanente absoluta derivada de enfermedad profesional en su día al mismo reconocida, conforme a lo previsto en el artículo 20 de la Orden de 3 de abril de 1973, al desestimar el recurso interpuesto por el INSS. Y ello porque, según recoge la sentencia, el condicionamiento que se contiene en la disposición aplicable concurría perfectamente en el caso d
INCAPACIDAD PERMANENTE
La cuestión debatida se centra en reclamación de cantidad en los términos de lo previsto en el último inciso del párrafo segundo del artículo 53.1.b), que faculta al trabajador despedido por causas objetivas y que no hubiere percibido la indemnización de su derecho en el momento de la comunicación extintiva de su contrato a reclamar tal indemnización cuando tenga efectividad la decisión extintiva. La Sala de suplicación confirma la procedencia de tal pretensión al desestimar
El TSJ confirma la procedencia de pretensión instada sobre diferencias retributivas de cierto período entre los puestos de Jefe de Sección y Jefe de Servicio de Traumatología y Cirugía Ortopédica, al desestimar el recurso interpuesto por la GERENCIA REGIONAL DE SALUD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON y por el INSTITUTO NACIONAL DE GESTION SANITARIA demandada. Declara la Sala que, lo decisivo para la desestimación del recurso es que ni el Ingesa ni la Gerencia de Salud construye
El recurso de suplicación formalizado por la trabajadora actora convoca a la Sala al análisis de las siguientes cuestiones: naturalización o caracterización de la vinculación contractual habida entre esta y el Ayuntamiento de Bembibre, y legalidad o no de la temporalidad atribuida a tal vinculación; concurso o no aquí de una manifestación de cambio de titularidad empresarial incardinable en el artículo 44 del Estatuto Laboral; efectos de la decisión extintiva del contrat
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada sobre reconocimiento del derecho del trabajador al servicio de Renfe Operadora a disfrutar dos complementarios días de vacación correspondientes al año 2004, petición que se erigía desde la inteligencia de haberse gozado en esa anualidad de tan sólo 33 días naturales de vacaciones, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Declara la Sala que, caso de aceptarse la dialéctica del recurrente, es decir, que el d
El TSJ confirma la improcedencia de despido de trabajadora actora, declarado en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por la empresa demandada. Y ello porque, la pretensión instada por la trabajadora no transgredió con la intensidad exigible como para justificar el despido actuado la obligación de someter a determinado procedimiento los hallazgos de objetos de clientes. Consta en el ordinal fáctico tercero de la sentencia de Salamanca que los objetos que se encue
El TSJ confirma la improcedencia de despido de trabajador actor, declarado en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por la empresa demandada. Declara la Sala que, el propio Convenio Colectivo de Renault proporciona una complementaria pauta interpretativa para catalogar la gravedad de los incumplimientos contractuales con traducción en sede de inasistencia al trabajo y ausencia de materialización de la actividad productiva, pauta esa que puede ser extrapolada al c
El TSJ confirma la procedencia de resoluciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social combatidas en el proceso, que habían afirmado que determinados procesos de baja laboral del filiado productor traían causa de accidente de trabajo, al desestimar el recurso interpuesto por la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales actora. Declara la Sala que, el artículo 115.2.f) de la <rel id="715708" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30731" tipo=
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que declara el derecho del actor a lucrar una indemnización de 10.433,57 euros, y condena al pago de la misma, al desestimar el recurso interpuesto por el Banco demandado. Basa la Sala su pronunciamiento en que, ni la fuente creadora y reguladora de la indemnización controvertida -el artículo 24 del Convenio colectivo de la construcción de la provincia de León que se publicara en el Boletín Oficial de la Provincia de 20 de abri
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que declaró el derecho del filiado demandante a lucrar la pensión de invalidez permanente absoluta derivada de enfermedad profesional en su día al mismo reconocida, conforme a lo previsto en el artículo 20 de la Orden de 3 de abril de 1973, al desestimar el recurso interpuesto por el INSS. Y ello porque, según recoge la sentencia, el condicionamiento que se contiene en la disposición aplicable concurría perfectamente en el caso d
INCAPACIDAD PERMANENTE
La cuestión debatida se centra en reclamación de cantidad en los términos de lo previsto en el último inciso del párrafo segundo del artículo 53.1.b), que faculta al trabajador despedido por causas objetivas y que no hubiere percibido la indemnización de su derecho en el momento de la comunicación extintiva de su contrato a reclamar tal indemnización cuando tenga efectividad la decisión extintiva. La Sala de suplicación confirma la procedencia de tal pretensión al desestimar
El TSJ confirma la procedencia de pretensión instada sobre diferencias retributivas de cierto período entre los puestos de Jefe de Sección y Jefe de Servicio de Traumatología y Cirugía Ortopédica, al desestimar el recurso interpuesto por la GERENCIA REGIONAL DE SALUD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON y por el INSTITUTO NACIONAL DE GESTION SANITARIA demandada. Declara la Sala que, lo decisivo para la desestimación del recurso es que ni el Ingesa ni la Gerencia de Salud construye
El recurso de suplicación formalizado por la trabajadora actora convoca a la Sala al análisis de las siguientes cuestiones: naturalización o caracterización de la vinculación contractual habida entre esta y el Ayuntamiento de Bembibre, y legalidad o no de la temporalidad atribuida a tal vinculación; concurso o no aquí de una manifestación de cambio de titularidad empresarial incardinable en el artículo 44 del Estatuto Laboral; efectos de la decisión extintiva del contrat
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada sobre reconocimiento del derecho del trabajador al servicio de Renfe Operadora a disfrutar dos complementarios días de vacación correspondientes al año 2004, petición que se erigía desde la inteligencia de haberse gozado en esa anualidad de tan sólo 33 días naturales de vacaciones, al desestimar el recurso interpuesto por el interesado. Declara la Sala que, caso de aceptarse la dialéctica del recurrente, es decir, que el d
El TSJ confirma la improcedencia de despido de trabajadora actora, declarado en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por la empresa demandada. Y ello porque, la pretensión instada por la trabajadora no transgredió con la intensidad exigible como para justificar el despido actuado la obligación de someter a determinado procedimiento los hallazgos de objetos de clientes. Consta en el ordinal fáctico tercero de la sentencia de Salamanca que los objetos que se encue