Jurisprudencia sobre Arras.
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Sociedad de responsabilidad limitada
Contrato de compraventa
Arras penitenciales
Resolución de los contratos
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
Cremades Morant, Juan Bautista
Valdivieso Polaino, Jose Luis
Font Marquina, Marta
Pereda Gamez, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que la falta de consentimiento del cedido convierte a la cesión en ineficaz, por lo que, en el caso que nos ocupa, y como quiera que la actora, no sólo no consintió sino que expresamente se opuso a la cesión una vez que tuvo conocimiento.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que la actora peticionaba el 5% del precio que consta en la escritura pública, cantidad que es rebajada por el Juez de la instancia a la cantidad aceptada por el legal representante de la demandada a Fincas Bellamar. Se recurre por la demandada, pero si dicha comisión fue aceptada por la demandada, debe entenderse que no la consideraba excesiva, sino ajustada al encargo.
La Audiencia Provincial de Barcelona desestima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; la Sala estima que la existencia del pago de arras está debidamente acreditada en autos, a través de la aportación del contrato de arras y del recibo firmado por el recurrente; en cuanto a la falta de consentimiento del recurrente en el contrato de mediación inmobiliaria, la Sala señala que no cabe pedir la nulidad de un contrato firmado por uno mismo en el que se encargó al dem
La Audiencia Provincial de Badajoz desestima el recurso de apelación del demandado sobre cumplimiento del contrato; la Sala, sin perjuicio de analizar los distintos tipos de arras, señala que en el presente caso estamos, como mínimo, ante unas arras penales, contemplándose, de manera anticipada, la pena o sanción por el incumplimiento del contrato por el vendedor o por el comprador, añadiendo la Sala que ello no impide que cualquiera de los contratantes (el que si observó sus obligaciones) pu
Se recurre la sentencia que, estimando el recurso de los vendedores, desestimó la demanda de los compradores y declaró correctamente resuelto el contrato de compraventa por incumplimiento de los compradores demandantes (no escriturar en plazo) con derecho a retener las arras, consideradas como penales. Inexistencia de modificación de la causa petendi: La sentencia recurrida se ajustó a los hechos alegados, valorando la prueba aportada y resolviendo las pretensiones formuladas sobre el alcance
Calificación del contrato: compraventa o ejecución de obra. Contrato de compraventa de cosa futura. Lo esencial para la calificación son las declaraciones de voluntad y éstas demuestran que lo querido es comprar y vender: conciertan previamente unas arras, como garantía del cumplimiento de las obligaciones de las partes, pactan la obligación de entrega por el vendedor de la cosa vendida y la obligación de pago del precio, se prevé el tiempo de cumplimiento de la primera y el de la segunda, am
Los compradores, que habían entregado una señal para la compra de una vivienda, demandaron a los vendedores por incumplir la obligación de elevar a público el contrato, siendo la demanda estimada en apelación con base en considerar el contrato como una verdadera compraventa y no como unas meras arras. En casación se defiende una calificación distinta. La calificación del contrato, en la medida en que dependa de su interpretación y no contravenga la ley y la jurisprudencia, es función propia d
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que la falta de consentimiento del cedido convierte a la cesión en ineficaz, por lo que, en el caso que nos ocupa, y como quiera que la actora, no sólo no consintió sino que expresamente se opuso a la cesión una vez que tuvo conocimiento.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que la actora peticionaba el 5% del precio que consta en la escritura pública, cantidad que es rebajada por el Juez de la instancia a la cantidad aceptada por el legal representante de la demandada a Fincas Bellamar. Se recurre por la demandada, pero si dicha comisión fue aceptada por la demandada, debe entenderse que no la consideraba excesiva, sino ajustada al encargo.
La Audiencia Provincial de Barcelona desestima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; la Sala estima que la existencia del pago de arras está debidamente acreditada en autos, a través de la aportación del contrato de arras y del recibo firmado por el recurrente; en cuanto a la falta de consentimiento del recurrente en el contrato de mediación inmobiliaria, la Sala señala que no cabe pedir la nulidad de un contrato firmado por uno mismo en el que se encargó al dem
La Audiencia Provincial de Badajoz desestima el recurso de apelación del demandado sobre cumplimiento del contrato; la Sala, sin perjuicio de analizar los distintos tipos de arras, señala que en el presente caso estamos, como mínimo, ante unas arras penales, contemplándose, de manera anticipada, la pena o sanción por el incumplimiento del contrato por el vendedor o por el comprador, añadiendo la Sala que ello no impide que cualquiera de los contratantes (el que si observó sus obligaciones) pu
Se recurre la sentencia que, estimando el recurso de los vendedores, desestimó la demanda de los compradores y declaró correctamente resuelto el contrato de compraventa por incumplimiento de los compradores demandantes (no escriturar en plazo) con derecho a retener las arras, consideradas como penales. Inexistencia de modificación de la causa petendi: La sentencia recurrida se ajustó a los hechos alegados, valorando la prueba aportada y resolviendo las pretensiones formuladas sobre el alcance
Calificación del contrato: compraventa o ejecución de obra. Contrato de compraventa de cosa futura. Lo esencial para la calificación son las declaraciones de voluntad y éstas demuestran que lo querido es comprar y vender: conciertan previamente unas arras, como garantía del cumplimiento de las obligaciones de las partes, pactan la obligación de entrega por el vendedor de la cosa vendida y la obligación de pago del precio, se prevé el tiempo de cumplimiento de la primera y el de la segunda, am
Los compradores, que habían entregado una señal para la compra de una vivienda, demandaron a los vendedores por incumplir la obligación de elevar a público el contrato, siendo la demanda estimada en apelación con base en considerar el contrato como una verdadera compraventa y no como unas meras arras. En casación se defiende una calificación distinta. La calificación del contrato, en la medida en que dependa de su interpretación y no contravenga la ley y la jurisprudencia, es función propia d