Jurisprudencia sobre Antecedentes penales.
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Antecedentes penales
Valoración de la prueba
Delitos contra la salud pública
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Marchena Gomez, Manuel
Colmenero Menendez De Luarca, Miguel
Martinez Arrieta, Andres
Monterde Ferrer, Francisco
Chacon Alonso, Maria Teresa
Delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA.El Ministerio Fiscal, con
carácter previo al Juicio Oral, calificó los hechos como constitutivos de un
delito Contra la Salud pública tipificado en el articulo 344 inciso primero del
El acusado JESUS MANUEL A, mayor de edad, sin antecedentes penales, en fecha no bien precisada durante los años 1993 o 1994, coloc6 una matrícula distinta a la verdadera, totalmente imaginaria, en el turismo marca ''Subaru'' con número de bastidor La matricula irreal instalada por el acusado en el citado vehículo, que se correspondía con la matricula con el turismo ''Volkswagenâ€Polo, propiedad de Manuel V.
Se desestima el recurso.
El acusado PEDRO RAMON D cuando se encontraba circulando con el vehículo de su propiedad, marca Volkswagen Polo'', por la carretera de circunvalación con dirección a la zona de Esteiro, en la localidad de Ferrol y partido judicial de la misma, con ausencia de la diligencia exigible en la conducción, de tal forma que, al llegar a la altura del Centro Cultural de la Amada, a pesar de los destellos de luces que le daba el conductor del vehículo marca Opel Kadett'' para que s
JOSÉ murió el 23 de noviembre de 1986 y su hermano SEVERINO el 24 de junio de 1987, ambos en Cuba.Haciendo uso del poder aludido, JUAN A.P. otorgó el 25 de enero de 1996 en Betanzos escritura notarial de sustitución del poder conferido en favor del también acusado JULIO V.F., mayor de edad, sin antecedentes penales. Iniciadas Diligencias Penales a instancia de querella de la nombrada ERUNDINA, el acusado JULIO consignó 2.300.000 pesetas en la cuenta del Juzgado.Del relato
NO HAY SENTENCIA
Delito de LESIONES EN Agresión.
Sobre las cinco horas de la madrugada del día 9_9_95 Javier se encontraba en el interior de la discoteca del hotel de Santiago de Compostela, y como quiera que uno de los porteros de dicho establecimiento, el acusado mayor de edad y sin antece
Ya en el juicio oral esta versión se corrige y se sustituye por una entrega previa de 800.000 pts en abril y 200.000 más a la firma de la letra, pero, aún así, siguen existiendo diferencias con lo declarado por Carmen G, quien ante el Juzgado Instructor manifestó que el Sr. Formoso recibió el millón en efectivo ratificándolo luego en la vista oral. certificación del legal representante de Pardo; y también que en esa fecha existían créditos pendientes de amortización (circ
Los hechos declarados probados son constitutivos de un
delito contra la salud pública, previsto y penado en el inciso primero del art.
Los hechos probados se desprenden de las declaraciones
del acusado y los testigos, de la pericial asumida en el juicio oral por ambas
partes y de la documental también propuesta por las dos. Finalmente la artrosis
de la mano resulta de la propia declaración de la lesionada en el juicio oral.
Los hechos referidos constituyen un delito de lesiones del artículo
Vista en Juicio oral y público la causa que con el número 0018/98 tramitó el Juzgado de Instrucción nº 6 de Ferrol, por Procedimiento Abreviado y delitos de lesiones, figurando como acusador el MINISTERIO FISCAL, contra los acusados Ekain Landa, , sin antecedentes penales, en situación procesal de libertad por esta causa, contra José Manuel, sin antecedentes penales, en situación procesal de libertad por esta causa, El Ministerio Fiscal, en
El llamado error de tipo exige que el acusado de la comisión de un delito padezca error sobre alguno de los elementos esenciales de la infracción penal (sentencias Trib. Supremo 14_2_92 y 23_3_92), lo que implica una imposibilidad por parte del sujeto de conocer o comprender que su acción constituye un delito o determina una agravación de la pena (sentencia Trib. Supremo, 30_12_94), siendo asimismo reiterada la doctrina que establece que la apreciación del error y la de
Delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA.El Ministerio Fiscal, con
carácter previo al Juicio Oral, calificó los hechos como constitutivos de un
delito Contra la Salud pública tipificado en el articulo 344 inciso primero del
El acusado JESUS MANUEL A, mayor de edad, sin antecedentes penales, en fecha no bien precisada durante los años 1993 o 1994, coloc6 una matrícula distinta a la verdadera, totalmente imaginaria, en el turismo marca ''Subaru'' con número de bastidor La matricula irreal instalada por el acusado en el citado vehículo, que se correspondía con la matricula con el turismo ''Volkswagenâ€Polo, propiedad de Manuel V.
Se desestima el recurso.
El acusado PEDRO RAMON D cuando se encontraba circulando con el vehículo de su propiedad, marca Volkswagen Polo'', por la carretera de circunvalación con dirección a la zona de Esteiro, en la localidad de Ferrol y partido judicial de la misma, con ausencia de la diligencia exigible en la conducción, de tal forma que, al llegar a la altura del Centro Cultural de la Amada, a pesar de los destellos de luces que le daba el conductor del vehículo marca Opel Kadett'' para que s
JOSÉ murió el 23 de noviembre de 1986 y su hermano SEVERINO el 24 de junio de 1987, ambos en Cuba.Haciendo uso del poder aludido, JUAN A.P. otorgó el 25 de enero de 1996 en Betanzos escritura notarial de sustitución del poder conferido en favor del también acusado JULIO V.F., mayor de edad, sin antecedentes penales. Iniciadas Diligencias Penales a instancia de querella de la nombrada ERUNDINA, el acusado JULIO consignó 2.300.000 pesetas en la cuenta del Juzgado.Del relato
NO HAY SENTENCIA
Delito de LESIONES EN Agresión.
Sobre las cinco horas de la madrugada del día 9_9_95 Javier se encontraba en el interior de la discoteca del hotel de Santiago de Compostela, y como quiera que uno de los porteros de dicho establecimiento, el acusado mayor de edad y sin antece
Ya en el juicio oral esta versión se corrige y se sustituye por una entrega previa de 800.000 pts en abril y 200.000 más a la firma de la letra, pero, aún así, siguen existiendo diferencias con lo declarado por Carmen G, quien ante el Juzgado Instructor manifestó que el Sr. Formoso recibió el millón en efectivo ratificándolo luego en la vista oral. certificación del legal representante de Pardo; y también que en esa fecha existían créditos pendientes de amortización (circ
Los hechos declarados probados son constitutivos de un
delito contra la salud pública, previsto y penado en el inciso primero del art.
Los hechos probados se desprenden de las declaraciones
del acusado y los testigos, de la pericial asumida en el juicio oral por ambas
partes y de la documental también propuesta por las dos. Finalmente la artrosis
de la mano resulta de la propia declaración de la lesionada en el juicio oral.
Los hechos referidos constituyen un delito de lesiones del artículo
Vista en Juicio oral y público la causa que con el número 0018/98 tramitó el Juzgado de Instrucción nº 6 de Ferrol, por Procedimiento Abreviado y delitos de lesiones, figurando como acusador el MINISTERIO FISCAL, contra los acusados Ekain Landa, , sin antecedentes penales, en situación procesal de libertad por esta causa, contra José Manuel, sin antecedentes penales, en situación procesal de libertad por esta causa, El Ministerio Fiscal, en
El llamado error de tipo exige que el acusado de la comisión de un delito padezca error sobre alguno de los elementos esenciales de la infracción penal (sentencias Trib. Supremo 14_2_92 y 23_3_92), lo que implica una imposibilidad por parte del sujeto de conocer o comprender que su acción constituye un delito o determina una agravación de la pena (sentencia Trib. Supremo, 30_12_94), siendo asimismo reiterada la doctrina que establece que la apreciación del error y la de