Jurisprudencia sobre Ante...s penales.

Jurisprudencia sobre Antecedentes penales.

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Antecedentes penales
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Antecedentes penales
Sentencia Penal Nº 1076/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1293/2005, 27-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SANCHEZ MELGAR, JULIAN


Nº de sentencia: 1076/2006



Ha sido condenado este recurrente como autor de un delito de omisión del deber de perseguir delitos, conforme al tipo penal definido en el art. 408 del Código penal, a cuyo tenor, incurrirá en la penalidad prevista por la ley, la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución

Sentencia Penal Nº 1059/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1266/2005, 31-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: RAMOS GANCEDO, DIEGO


Nº de sentencia: 1059/2006



El lugar natural donde debe figurar la concurrencia de los elementos anímicos, cognoscitivos, intencionales y todos los que se albergan en el interior de la persona, es en el razonamiento jurídico de la sentencia al efectuar la subsunción, plasmando los juicios de inferencia deducidos de los elementos fácticos que hayan quedado probados, y así lo hace la sentencia en su fundamento Tercero con rigor y acierto.

Sentencia Penal Nº 1041/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 10268/2006, 25-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: MARTINEZ ARRIETA, ANDRES


Nº de sentencia: 1041/2006



De los autos no resulta prueba alguna que permite declarar la afirmación fáctica sobre actividad de fabricación, por los útiles intervenidos, según la pericial, no guardan relación alguna con la fabricación. Restaría por examinar si la tenencia tiene el preciso apoyo fáctico para lo que se hace preciso determinar la inautenticidad de los billetes respecto a lo que no resulta indicio alguno de su peligrosidad, a excepción de una pericial genérica y contradictoria con otra practicada, que refie

Sentencia Penal Nº 984/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1762/2005, 13-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: DELGADO GARCIA, JOAQUIN


Nº de sentencia: 984/2006



Han de rechazarse estos motivos, simplemente porque nada tienen que ver con la norma procesal en la que se fundan, el nº 1º del art. 850 LECr que está previsto para los casos de "denegación de alguna diligencia de prueba que, propuesta en tiempo y forma por las partes, se considera pertinente". Ciertamente es ajeno a tal norma el hecho de que se

Sentencia Penal Nº 1010/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1283/2005, 23-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: RAMOS GANCEDO, DIEGO


Nº de sentencia: 1010/2006



La censura carece de todo fundamento desde el momento en que si se hiciera caso omiso de la frase reseñada, el resto del relato histórico sería más que suficiente para inferir de los datos allí señalados la ilegítima posesión de los talones, y sin que, por otra parte, la expresión en cuestión haya permitido eludir al Tribunal a quo el expreso razonamiento en la fundamentación jurídica de la sentencia sobre dicho extremo, que, como ya se ha dicho, se desarrolla con rigor en el fundamento de de

Sentencia Penal Nº 812/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 2435/2005, 19-07-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: ANDRES IBAÑEZ, PERFECTO AGUSTIN


Nº de sentencia: 812/2006



La TC. 136/2006, de 8 de mayo se ha pronunciado sobre la legitimidad constitucional de la valoración de la prueba de confesión en supuestos como el presente, entendiendo que "los derechos a no declarar contra sí mismo, a no confesarse culpable y a que las declaraciones se presten con asistencia letrada son garantías constitucionales que constituyen medio eficaz de protección frente a cualquier tipo de coerción o compulsión ilegítima, por lo que el contenido de las declaraciones del acusado pu

Sentencia Penal Nº 772/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1236/2005, 18-07-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE, JUAN RAMON


Nº de sentencia: 772/2006



La cantidad establecida en la sentencia como indemnización de daños y perjuicios a favor de la cantidad bancaria que como responsable civil subsidiaria ha satisfecho el importe sustraído a cada cliente, 130.446,32 E. no coincide con la que en hechos probados se hacia constar como la sustraída por el recurrente 129.550,99 E (21.555.471 Ptas.) sin que se haya acreditado daño o perjuicio adicional que debe ser indemnizado, conforme los arts. 109 y 120 CP, por lo que, conforme a lo razonado en el

Sentencia Penal Nº 459/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 90/2005, 19-04-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: MONTERDE FERRER, FRANCISCO


Nº de sentencia: 459/2006



Evidenciada la doble condena del acusado por unos mismos hechos, resulta la procedencia de la estimación del presente recurso que ha de conducir a la anulación de la última de las sentencias dictadas y de la que la confirmara en su caso, con absolución de dicho imputado, dado que no ha lugar a diferir el dictado del pronunciamiento absolutorio a otro órgano jurisdiccional, como una lectura literal del párrafo cuarto del art. 958 de la <re

Sentencia Penal Nº 539/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 876/2004, 27-04-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: MARTIN PALLIN, JOSE ANTONIO


Nº de sentencia: 539/2006



Es llamativo que el mismo juez instructor archive las diligencias por no encontrar indicios de hechos que sirvan de base a una acusación. Tiene que ser la audiencia la que revoque la decisión y decida procesar al llamado "arrepentido" para después revocar de nuevo e incluir a todas las personas que figuraban en la larga y rocambolesca historia del denunciante. También es llamativo que sea precisamente esta persona la que renuncie a formalizar el recurso de casación y decida ingresar voluntari

Sentencia Penal Nº 442/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 753/2005, 18-04-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: RAMOS GANCEDO, DIEGO


Nº de sentencia: 442/2006



En el presente caso, y a la vista de las circunstancias que se describen en el "factum" sobre el modo en que se desarrollaron los hechos y las deficiencias de audición y expresión del acusado, debe entenderse que el error recayó sobre el componente esencial de la legítima defensa, incluso cuando opere como eximente incompleta: la agresión ilegítima. Y aunque se considerara que el error sobre tal elemento pudiera haber sido vencido, aún así no deja de constar la existencia, aunque meramente pu

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Sentencia Penal Nº 1076/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1293/2005, 27-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: SANCHEZ MELGAR, JULIAN


Nº de sentencia: 1076/2006



Ha sido condenado este recurrente como autor de un delito de omisión del deber de perseguir delitos, conforme al tipo penal definido en el art. 408 del Código penal, a cuyo tenor, incurrirá en la penalidad prevista por la ley, la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución

Sentencia Penal Nº 1059/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1266/2005, 31-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: RAMOS GANCEDO, DIEGO


Nº de sentencia: 1059/2006



El lugar natural donde debe figurar la concurrencia de los elementos anímicos, cognoscitivos, intencionales y todos los que se albergan en el interior de la persona, es en el razonamiento jurídico de la sentencia al efectuar la subsunción, plasmando los juicios de inferencia deducidos de los elementos fácticos que hayan quedado probados, y así lo hace la sentencia en su fundamento Tercero con rigor y acierto.

Sentencia Penal Nº 1041/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 10268/2006, 25-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: MARTINEZ ARRIETA, ANDRES


Nº de sentencia: 1041/2006



De los autos no resulta prueba alguna que permite declarar la afirmación fáctica sobre actividad de fabricación, por los útiles intervenidos, según la pericial, no guardan relación alguna con la fabricación. Restaría por examinar si la tenencia tiene el preciso apoyo fáctico para lo que se hace preciso determinar la inautenticidad de los billetes respecto a lo que no resulta indicio alguno de su peligrosidad, a excepción de una pericial genérica y contradictoria con otra practicada, que refie

Sentencia Penal Nº 984/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1762/2005, 13-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: DELGADO GARCIA, JOAQUIN


Nº de sentencia: 984/2006



Han de rechazarse estos motivos, simplemente porque nada tienen que ver con la norma procesal en la que se fundan, el nº 1º del art. 850 LECr que está previsto para los casos de "denegación de alguna diligencia de prueba que, propuesta en tiempo y forma por las partes, se considera pertinente". Ciertamente es ajeno a tal norma el hecho de que se

Sentencia Penal Nº 1010/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1283/2005, 23-10-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: RAMOS GANCEDO, DIEGO


Nº de sentencia: 1010/2006



La censura carece de todo fundamento desde el momento en que si se hiciera caso omiso de la frase reseñada, el resto del relato histórico sería más que suficiente para inferir de los datos allí señalados la ilegítima posesión de los talones, y sin que, por otra parte, la expresión en cuestión haya permitido eludir al Tribunal a quo el expreso razonamiento en la fundamentación jurídica de la sentencia sobre dicho extremo, que, como ya se ha dicho, se desarrolla con rigor en el fundamento de de

Sentencia Penal Nº 812/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 2435/2005, 19-07-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: ANDRES IBAÑEZ, PERFECTO AGUSTIN


Nº de sentencia: 812/2006



La TC. 136/2006, de 8 de mayo se ha pronunciado sobre la legitimidad constitucional de la valoración de la prueba de confesión en supuestos como el presente, entendiendo que "los derechos a no declarar contra sí mismo, a no confesarse culpable y a que las declaraciones se presten con asistencia letrada son garantías constitucionales que constituyen medio eficaz de protección frente a cualquier tipo de coerción o compulsión ilegítima, por lo que el contenido de las declaraciones del acusado pu

Sentencia Penal Nº 772/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 1236/2005, 18-07-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE, JUAN RAMON


Nº de sentencia: 772/2006



La cantidad establecida en la sentencia como indemnización de daños y perjuicios a favor de la cantidad bancaria que como responsable civil subsidiaria ha satisfecho el importe sustraído a cada cliente, 130.446,32 E. no coincide con la que en hechos probados se hacia constar como la sustraída por el recurrente 129.550,99 E (21.555.471 Ptas.) sin que se haya acreditado daño o perjuicio adicional que debe ser indemnizado, conforme los arts. 109 y 120 CP, por lo que, conforme a lo razonado en el

Sentencia Penal Nº 459/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 90/2005, 19-04-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: MONTERDE FERRER, FRANCISCO


Nº de sentencia: 459/2006



Evidenciada la doble condena del acusado por unos mismos hechos, resulta la procedencia de la estimación del presente recurso que ha de conducir a la anulación de la última de las sentencias dictadas y de la que la confirmara en su caso, con absolución de dicho imputado, dado que no ha lugar a diferir el dictado del pronunciamiento absolutorio a otro órgano jurisdiccional, como una lectura literal del párrafo cuarto del art. 958 de la <re

Sentencia Penal Nº 539/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 876/2004, 27-04-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: MARTIN PALLIN, JOSE ANTONIO


Nº de sentencia: 539/2006



Es llamativo que el mismo juez instructor archive las diligencias por no encontrar indicios de hechos que sirvan de base a una acusación. Tiene que ser la audiencia la que revoque la decisión y decida procesar al llamado "arrepentido" para después revocar de nuevo e incluir a todas las personas que figuraban en la larga y rocambolesca historia del denunciante. También es llamativo que sea precisamente esta persona la que renuncie a formalizar el recurso de casación y decida ingresar voluntari

Sentencia Penal Nº 442/2006, TS, Sala de lo Penal, Sec. 1, Rec 753/2005, 18-04-2006

Orden: Penal


Tribunal: Tribunal Supremo


Ponente: RAMOS GANCEDO, DIEGO


Nº de sentencia: 442/2006



En el presente caso, y a la vista de las circunstancias que se describen en el "factum" sobre el modo en que se desarrollaron los hechos y las deficiencias de audición y expresión del acusado, debe entenderse que el error recayó sobre el componente esencial de la legítima defensa, incluso cuando opere como eximente incompleta: la agresión ilegítima. Y aunque se considerara que el error sobre tal elemento pudiera haber sido vencido, aún así no deja de constar la existencia, aunque meramente pu

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