Jurisprudencia del año 1998.
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Año
1998
Voces
Ponente
Carrera Ibarzabal, Jaime
Ruiz Ramo, Jose
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Judel Prieto, Angel Maria
Martinez Sanchez, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Tribunal
AP A Coruña
Tribunal Constitucional
AP - Pontevedra
AP - Soria
Tribunal de Justicia de la Union Europea
Nada hay de irrazonable en tratar de ajustar las pretensiones deducidas ante los tribunales a su 3 justa medida y valor, cuando se trata de definir la cuantía del objeto litigioso. Y éste viene definido por el principio ''tantum apellatum quantum devolutum''. As! queda definido el objeto de la pretensión impugnatoria, que limita el conocimiento del tribunal ad quem y también el ámbito objetivo de debate de las partes. Llevaría a consecuencias difícilmente asumiese que ce
No basta la partición para acreditar el dominio a los efectos de la acción reivindicatoria, sino que es preciso ofrecer cumplida prueba de que pertenecía al causante de la herencia el bien adjudicado cuya reivindicación se postula (Sentencias del Tribunal Supremo de 30 de Junio de 1981, 3 de Febrero de 1982 y 17 de Marzo de 1987).
En el presente caso, la prueba documental que presenta la demandante, consistiendo en una partición extrajudicial de
Juicio menor Cuantía sobre Acción denegatoria de servidumbre de luces y vistas.
La adecuada protección de todos los intereses en juego como consecuencia de la interposición de la demanda inicial determina la estimación de la excepción de litisconsorcio pasivo necesario y por tanto la confirmación de la sentencia apelada. De hecho no se discuten las obras efectuadas sobre la inicial propiedad y su presunción de ganancialidad al realizarse durante
En su obligada función, el agente requirió al inculpado S para que hiciera entrega de sus enseres personales, negándose de plano el requerido â€de forma del todo alterada y violenta a facilitar la cartera que contenía su documentación pese a las repetidas peticiones del funcionario, llegando ambos a protagonizar un forcejeo en cuyo curso Salvador golpeó al agente en la muñeca derecha, produciéndole esguince del que curó en 15 día sin cursar baja; y el agente, haciendo us
Frente a la acción negatoria de servidumbre de paso deducida por el demandante los demandados oponen un título justificador de su derecho de paso sobre la propiedad del actor para acceder a sus viviendas. Con base en tal dato afirman los demandados que se está configurando la servidumbre de paso que materializa el acceso a las viviendas.
Antes de referirnos a la realidad histórica, y en cierto modo, formando parte de ella, hemos de señalar el d
Parece evidente que la Cía ha de verificar sus instalaciones con los sistemas de protección adecuados; los que evidentemente no ocurrían la responsabilidad de la C.T.N.E. en el accidente que nos ocupa. Tal suceso produce las connsecuencias lesivas para el reclamante, que utilizaba el teléfono dañado, deducibles una parte de asistencia médica del Hospital_Xeral Calde de la propia fecha 6-7-91, y que refleja el informe médico forense de 7-5-1.992, si bien a la hora de det
El arrendatario de los pisos primero y segundo es
solidariamente responsable, ya que, como tal locatario, debió cuidar la cosa
arrendada, o exigir de la propietaria las reparaciones de rigor, de acuerdo con
elementales normas de la
Después de diversas vicisitudes se concretó apertura del correspondiente incidente para dilucidar si honorarios exigidos por los profesionales que actuaron l juicio ejecutivo son indebidos en lo que se refiere a tasa de costas. La parte vencida en el ejecutivo y, por tanto, obligada bono de las costas, señala que las mismas son indebidas no se acredita que, efectivamente, hubieren sido dados los honorarios al Letrado fallecido. La parte condenada en costas, en el presente
Juicio de menor cuantia sobre Reclamación de Cantidad.
El escueto planteamiento de la demanda no debe impedir su estimación por los fundamentos expuestos por la sentencia apelada en base a la prueba esencial de unos determinados daños y de su origen en la obra construida en la finca colindante. En cuanto al fondo es obvio que la prueba decisiva es el informe pericial, en este caso coincidente con los otros informes previos aportados con la deman
A la luz de tal normativa fundamental han de ser
actualmente interpretados, (sin olvidar tampoco naturalmente la realidad social
del tiempo en que as normas han de ser aplicadas, tal como previene el art.
Nada hay de irrazonable en tratar de ajustar las pretensiones deducidas ante los tribunales a su 3 justa medida y valor, cuando se trata de definir la cuantía del objeto litigioso. Y éste viene definido por el principio ''tantum apellatum quantum devolutum''. As! queda definido el objeto de la pretensión impugnatoria, que limita el conocimiento del tribunal ad quem y también el ámbito objetivo de debate de las partes. Llevaría a consecuencias difícilmente asumiese que ce
No basta la partición para acreditar el dominio a los efectos de la acción reivindicatoria, sino que es preciso ofrecer cumplida prueba de que pertenecía al causante de la herencia el bien adjudicado cuya reivindicación se postula (Sentencias del Tribunal Supremo de 30 de Junio de 1981, 3 de Febrero de 1982 y 17 de Marzo de 1987).
En el presente caso, la prueba documental que presenta la demandante, consistiendo en una partición extrajudicial de
Juicio menor Cuantía sobre Acción denegatoria de servidumbre de luces y vistas.
La adecuada protección de todos los intereses en juego como consecuencia de la interposición de la demanda inicial determina la estimación de la excepción de litisconsorcio pasivo necesario y por tanto la confirmación de la sentencia apelada. De hecho no se discuten las obras efectuadas sobre la inicial propiedad y su presunción de ganancialidad al realizarse durante
En su obligada función, el agente requirió al inculpado S para que hiciera entrega de sus enseres personales, negándose de plano el requerido â€de forma del todo alterada y violenta a facilitar la cartera que contenía su documentación pese a las repetidas peticiones del funcionario, llegando ambos a protagonizar un forcejeo en cuyo curso Salvador golpeó al agente en la muñeca derecha, produciéndole esguince del que curó en 15 día sin cursar baja; y el agente, haciendo us
Frente a la acción negatoria de servidumbre de paso deducida por el demandante los demandados oponen un título justificador de su derecho de paso sobre la propiedad del actor para acceder a sus viviendas. Con base en tal dato afirman los demandados que se está configurando la servidumbre de paso que materializa el acceso a las viviendas.
Antes de referirnos a la realidad histórica, y en cierto modo, formando parte de ella, hemos de señalar el d
Parece evidente que la Cía ha de verificar sus instalaciones con los sistemas de protección adecuados; los que evidentemente no ocurrían la responsabilidad de la C.T.N.E. en el accidente que nos ocupa. Tal suceso produce las connsecuencias lesivas para el reclamante, que utilizaba el teléfono dañado, deducibles una parte de asistencia médica del Hospital_Xeral Calde de la propia fecha 6-7-91, y que refleja el informe médico forense de 7-5-1.992, si bien a la hora de det
El arrendatario de los pisos primero y segundo es
solidariamente responsable, ya que, como tal locatario, debió cuidar la cosa
arrendada, o exigir de la propietaria las reparaciones de rigor, de acuerdo con
elementales normas de la
Después de diversas vicisitudes se concretó apertura del correspondiente incidente para dilucidar si honorarios exigidos por los profesionales que actuaron l juicio ejecutivo son indebidos en lo que se refiere a tasa de costas. La parte vencida en el ejecutivo y, por tanto, obligada bono de las costas, señala que las mismas son indebidas no se acredita que, efectivamente, hubieren sido dados los honorarios al Letrado fallecido. La parte condenada en costas, en el presente
Juicio de menor cuantia sobre Reclamación de Cantidad.
El escueto planteamiento de la demanda no debe impedir su estimación por los fundamentos expuestos por la sentencia apelada en base a la prueba esencial de unos determinados daños y de su origen en la obra construida en la finca colindante. En cuanto al fondo es obvio que la prueba decisiva es el informe pericial, en este caso coincidente con los otros informes previos aportados con la deman
A la luz de tal normativa fundamental han de ser
actualmente interpretados, (sin olvidar tampoco naturalmente la realidad social
del tiempo en que as normas han de ser aplicadas, tal como previene el art.