Cultura e idiomas, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Turismo y agencias de viajes, Comercio y marketing, Servicios Sociales, Igualdad, Seguridad, Industria, Economía Social, Hostelería y hoteles, Artesanía, Textil, confección y calzado, Ferias y congresos, Sector Financiero/Bancario, Energía, Agricultura, Comunicación pública, Transporte y vehículos
Para la determinación de la cuantía a conceder, se tendrán en cuenta los límites siguientes: a) Las ayudas no podrán superar el 80 por 100 del presupuesto total del proyecto. b) Las ayudas contarán con el límite máximo de 100.000 euros por proyecto para el que se solicite la subvención. c) Las ayudas a conceder tendrán, en todo caso, como límite el importe de la solicitud presentada a la convocatoria. d) Los proyectos contarán con una parte de transferencias de capital que supondrá el 70 por 100 del importe concedido y otra parte de apoyo a través del desarrollo de un programa de aceleración personalizado que incluirá actividades de formación, asesoría, mentoría e innovación y que supondrá el 30 por 100 de la ayuda total.
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a proyectos de aceleración culturales según el Componente 24, ?Revalorización de la industria cultural?, I1 ?Competitividad y profesionalización de las ICC?, en el proyecto C.24.I1.P1.2. ?Apoyo a aceleradoras culturales? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021.
2. Las ayudas estarán dirigidas a la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación, a través de actuaciones como:
a) Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.
b) Impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de las nuevas tecnologías en las ICC.
c) Favorecer las interconexiones entre las ICC y de estas con otros sectores económicos.
d) Mejora del acceso a la financiación de las ICC.
Con esta línea de actuación se pretende que las empresas culturales de la Comunidad de Madrid se sometan a procesos de aceleración, y sean objeto de una ayuda multidisciplinar que, a través de la adquisición de habilidades emprendedoras y financieras por parte de los profesionales integrados en las mismas, les permita crecer y desarrollar su potencial, sirviendo así de polo de atracción económico y generación de empleo.
3. Los proyectos y las actividades deberán estar vinculados a procesos de aceleración en la cadena de valor de las industrias culturales y creativas, a través de actividades y acciones de investigación, formación, producción, exhibición, distribución, o comercialización, entre otros.
4. Los proyectos contemplarán también las posibles sinergias del sector de las industrias culturales y creativas con otros ámbitos y sectores económicos y sociales.
5. Los procesos de aceleración contemplarán, entre otras, actividades como la creación, la facilitación, la mediación, la incubación, la formación, la mentoría, la inversión, la financiación o la promoción.
6. Los proyectos seleccionados contarán con una parte de inversión de capital de aproximadamente un 70 por 100 y una parte de apoyo en gastos corriente para actividades como formación o mentoría de aproximadamente un 30 por 100.
NOTA: El plazo de presentación de solicitudes será de entre quince y treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.