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Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria. - Boletín Oficial del Estado de 30-03-2022

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Marzo de 2022

F. entrada en vigor: 31/03/2022

Órgano emisor: MINISTERIO DE EDUCACION Y FORMACION PROFESIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 76

F. Publicación: 30/03/2022

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. La etapa de Educación Secundaria Obligatoria en el marco del sistema educativo. Artículo 4. Fines. Artículo 5. Principios generales. Artículo 6. Principios pedagógicos. Artículo 7. Objetivos. Artículo 8. Organización de los tres primeros cursos. Artículo 9. Organización del cuarto curso. Artículo 10. Educación en Valores Cívicos y Éticos. Artículo 11. Competencias clave y Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica. Artículo 12. Competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos. Artículo 13. Currículo. Artículo 14. Horario. Artículo 15. Evaluación. Artículo 16. Promoción. Artículo 17. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Artículo 18. Tutoría y orientación. Artículo 19. Atención a las diferencias individuales. Artículo 20. Alumnado con necesidades educativas especiales. Artículo 21. Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje. Artículo 22. Alumnado con integración tardía en el sistema educativo español. Artículo 23. Alumnado con altas capacidades intelectuales. Artículo 24. Programas de diversificación curricular. Artículo 25. Ciclos Formativos de Grado Básico. Artículo 26. Autonomía de los centros. Artículo 27. Evaluación de diagnóstico. Artículo 28. Derecho del alumnado a una evaluación objetiva. Artículo 29. Participación y derecho a la información de madres, padres, tutoras o tutores legales. Artículo 30. Documentos e informes de evaluación. Artículo 31. Actas de evaluación. Artículo 32. Expediente académico. Artículo 33. Historial académico. Artículo 34. Informe personal por traslado. Artículo 35. Autenticidad, seguridad y confidencialidad.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Enseñanzas de religión. D.A. 2ª. Enseñanzas del sistema educativo español impartidas en lenguas extranjeras. D.A. 3ª. Educación de Personas Adultas. D.A. 4ª. Calendario.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Aplicabilidad del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. D.T. 2ª. Aplicabilidad del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Aplicación. D.F. 3ª. Calendario de implantación. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica