Jurisprudencia por Vegas Valiente, Miguel Angel.
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Caducidad
Desestimación presunta
Daños y perjuicios
Derecho a la tutela judicial efectiva
Confederaciones hidrográficas
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Administrativo
Ponente
Vegas Valiente, Miguel Angel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
TSJ Madrid
Búsqueda: Ponente
VEGAS VALIENTE, MIGUEL ANGEL
Sentencia Administrativo Nº 449/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1323/2008, 02-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar al Letrado apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), par
Sentencia Administrativo Nº 704/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 48/2009, 27-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar a la Letrada apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), p
Sentencia Administrativo Nº 1204/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 250/2009, 09-06-2009
PRIMERO.- Como esta Sección viene señalando en anteriores sentencias dictadas en recursos semejantes, al que ahora se examina, en el caso de sanciones consistentes en suspensión o privación de derechos, el Tribunal Supremo - Autos de 5 de mayo y 27 de octubre de 1997 - tiene declarado que "si existe una posibilidad razonable de establecer una valoración económica debe fijarse la cuantía del recurso con arreglo a ella, pues así se infiere de las normas generales sobre determinación de la cuant
Sentencia Administrativo Nº 748/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 763/2006, 31-03-2009
PRIMERO.- La demanda alega como argumentos de oposición a las resoluciones administrativas impugnadas que la solicitante de la autorización y codemandada no ha acreditado la disponibilidad jurídica del local propuesto para la ampliación de la oficina de farmacia, habiéndose vulnerado las prevenciones del artº 89.1 y del artº 54.1 de la Ley 30/92 por no considerar las alegaciones de la parte recurrente. Se añade que la modificación efectuada supone el cambio de acceso sobre lo que no se
Sentencia Administrativo Nº 562/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1590/2008, 12-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar al Letrado apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), par
Sentencia Administrativo Nº 559/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1582/2008, 12-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar a la Letrada apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), p
Sentencia Administrativo Nº 1202/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1549/2008, 09-06-2009
PRIMERO.- El recurso de apelación, tras señalar los requisitos establecidos por la doctrina del Tribunal Constitucional en relación con las autorizaciones de entrada, opone al auto recurrido la falta de motivación por no fijar límites temporales a la entrada autorizada, afirmando que se debieron hacer constar los días y las horas en los que la Administración podía efectuar la entrada, y que esta omisión constituye una vulneración del Art. 18.2 de la Constitución.Además se alega la infr
Sentencia Administrativo Nº 444/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1279/2008, 02-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar a la Letrada apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), p
Sentencia Administrativo Nº 443/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1276/2008, 02-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar a la Letrada apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), p
Sentencia Administrativo Nº 439/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1245/2008, 02-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar al Letrado apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), par
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VEGAS VALIENTE, MIGUEL ANGEL
Sentencia Administrativo Nº 449/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1323/2008, 02-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar al Letrado apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), par
Sentencia Administrativo Nº 704/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 48/2009, 27-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar a la Letrada apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), p
Sentencia Administrativo Nº 1204/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 250/2009, 09-06-2009
PRIMERO.- Como esta Sección viene señalando en anteriores sentencias dictadas en recursos semejantes, al que ahora se examina, en el caso de sanciones consistentes en suspensión o privación de derechos, el Tribunal Supremo - Autos de 5 de mayo y 27 de octubre de 1997 - tiene declarado que "si existe una posibilidad razonable de establecer una valoración económica debe fijarse la cuantía del recurso con arreglo a ella, pues así se infiere de las normas generales sobre determinación de la cuant
Sentencia Administrativo Nº 748/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 763/2006, 31-03-2009
PRIMERO.- La demanda alega como argumentos de oposición a las resoluciones administrativas impugnadas que la solicitante de la autorización y codemandada no ha acreditado la disponibilidad jurídica del local propuesto para la ampliación de la oficina de farmacia, habiéndose vulnerado las prevenciones del artº 89.1 y del artº 54.1 de la Ley 30/92 por no considerar las alegaciones de la parte recurrente. Se añade que la modificación efectuada supone el cambio de acceso sobre lo que no se
Sentencia Administrativo Nº 562/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1590/2008, 12-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar al Letrado apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), par
Sentencia Administrativo Nº 559/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1582/2008, 12-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar a la Letrada apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), p
Sentencia Administrativo Nº 1202/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1549/2008, 09-06-2009
PRIMERO.- El recurso de apelación, tras señalar los requisitos establecidos por la doctrina del Tribunal Constitucional en relación con las autorizaciones de entrada, opone al auto recurrido la falta de motivación por no fijar límites temporales a la entrada autorizada, afirmando que se debieron hacer constar los días y las horas en los que la Administración podía efectuar la entrada, y que esta omisión constituye una vulneración del Art. 18.2 de la Constitución.Además se alega la infr
Sentencia Administrativo Nº 444/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1279/2008, 02-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar a la Letrada apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), p
Sentencia Administrativo Nº 443/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1276/2008, 02-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar a la Letrada apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), p
Sentencia Administrativo Nº 439/2009, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1245/2008, 02-03-2009
PRIMERO: Conviene recordar al Letrado apelante que quien decide acudir a los Tribunales, instando la tutela judicial de su derecho, es el afectado por la Resolución administrativa que se impugna, luego para iniciar un proceso en nombre y por cuenta de otro (sea, o no, Letrado) lo primero que hay que acreditar es que se actúa por cuenta y en nombre del legitimado y ese mandato representativo (salvo que se ostente una representación legalmente conferida, circunstancia que aquí no acontece), par