Jurisprudencia por Triguero Agudo, Josefina.
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Instituto Nacional de la Seguridad Social
Tesorería General de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Incapacidad permanente absoluta
Accidente laboral
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Social
Ponente
Triguero Agudo, Josefina
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
TSJ Madrid
Búsqueda: Ponente
TRIGUERO AGUDO, JOSEFINA
Sentencia Social Nº 31/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2339/2007, 28-01-2008
PRIMERO.- Frente a la sentencia que declara al actor afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual derivada de accidente de trabajo se alza la Mutua FREMAP en Suplicación y formula dos motivos que ampara, sucesivamente, en los apartados b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral .En el primer motivo se interesa la revisión del hecho probado séptimo de modo
Sentencia Social Nº 158/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2820/2007, 25-02-2008
PRIMERO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza la actora en Suplicación y formula dos motivos que ampara, sucesivamente, en los apartados b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral .En el primer motivo se interesa la revisión del hecho probado cuarto mediante la adición al texto original de que la actora padece también "síndrome de fatiga crónica"; adició
Sentencia Social Nº 1194/2007, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 1283/2007, 10-12-2007
UNICO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza la empresa demandante en suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral y en el que denuncia la infracción por interpretación errónea del artículo 123.1 de la Ley General de la
Sentencia Social Nº 787/2006, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 3005/2006, 02-10-2006
ÚNICO.- Frente a la sentencia que declaró a la actora afecta de incapacidad permanente absoluta se alza la Gestora en Suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral y en el que denuncia la infracción del artículo 137.5 de la Ley General de la
Sentencia Social Nº 147/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2444/2007, 18-02-2008
PRIMERO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza la actora en suplicación y formula seis motivos con amparo los cinco primeros en el apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral y en el c) el último.En primer lugar se interesa la adición al hecho probado tercero de un párrafo que anteceda al texto original y que diga: "La actora permaneció en I.T. del 29-
Sentencia Social Nº 96/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2523/2007, 31-01-2008
ÚNICO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza en Suplicación el actor y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , y en el que denuncia la vulneración de lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley 51/03 de 2 de diciembre de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con disc
Sentencia Social Nº 206/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2634/2007, 03-03-2008
ÚNICO.- Frente a la sentencia que estimó la demanda reconociendo al actor que a efectos del cálculo de su pensión de jubilación se tengan en cuenta 35 años y 10 días, periodo del que 1.271 días cotizados al R.E.T.A. corresponden al lapso temporal previo a octubre de 1973 cuando se dio formalmente de alta a aquél, se alza la Entidad Gestora en suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la <rel id="715706" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/
Sentencia Social Nº 37/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2421/2007, 28-01-2008
ÚNICO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza la actora en Suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral y en el que interesa la revisión del hecho probado segundo en el sentido de que sobre 20.904 días se le reconozcan como de convivencia con el Sr. Franco 9.252 días, lo que equivale a un 44,26% y no el 26,
Sentencia Social Nº 19/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2188/2007, 21-01-2008
UNICO.- Frente a la sentencia que declaró al actor afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual de oficial 1ª de mantenimiento, se alza la Entidad Gestora en Suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , y en el que denuncia la infracción del artículo 137.4 de la <rel id="715708" uri="http://poolparty.iber
Sentencia Social Nº 1278/2007, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 1861/2007, 26-12-2007
UNICO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza el actor en Súplicación y formula tres motivos con amparo en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento e interesando que se le fije en el 86% de la base reguladora, en lugar del 82% la pensión de jubilación que le fue reconocida por la Entidad Gestora.Con carácter previo y por afectar al orden público procesal debemos examinar si la sentencia de instancia es susceptible de recurso de suplicación, y nues
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Sentencia Social Nº 31/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2339/2007, 28-01-2008
PRIMERO.- Frente a la sentencia que declara al actor afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual derivada de accidente de trabajo se alza la Mutua FREMAP en Suplicación y formula dos motivos que ampara, sucesivamente, en los apartados b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral .En el primer motivo se interesa la revisión del hecho probado séptimo de modo
Sentencia Social Nº 158/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2820/2007, 25-02-2008
PRIMERO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza la actora en Suplicación y formula dos motivos que ampara, sucesivamente, en los apartados b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral .En el primer motivo se interesa la revisión del hecho probado cuarto mediante la adición al texto original de que la actora padece también "síndrome de fatiga crónica"; adició
Sentencia Social Nº 1194/2007, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 1283/2007, 10-12-2007
UNICO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza la empresa demandante en suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral y en el que denuncia la infracción por interpretación errónea del artículo 123.1 de la Ley General de la
Sentencia Social Nº 787/2006, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 3005/2006, 02-10-2006
ÚNICO.- Frente a la sentencia que declaró a la actora afecta de incapacidad permanente absoluta se alza la Gestora en Suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral y en el que denuncia la infracción del artículo 137.5 de la Ley General de la
Sentencia Social Nº 147/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2444/2007, 18-02-2008
PRIMERO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza la actora en suplicación y formula seis motivos con amparo los cinco primeros en el apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral y en el c) el último.En primer lugar se interesa la adición al hecho probado tercero de un párrafo que anteceda al texto original y que diga: "La actora permaneció en I.T. del 29-
Sentencia Social Nº 96/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2523/2007, 31-01-2008
ÚNICO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza en Suplicación el actor y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , y en el que denuncia la vulneración de lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley 51/03 de 2 de diciembre de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con disc
Sentencia Social Nº 206/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2634/2007, 03-03-2008
ÚNICO.- Frente a la sentencia que estimó la demanda reconociendo al actor que a efectos del cálculo de su pensión de jubilación se tengan en cuenta 35 años y 10 días, periodo del que 1.271 días cotizados al R.E.T.A. corresponden al lapso temporal previo a octubre de 1973 cuando se dio formalmente de alta a aquél, se alza la Entidad Gestora en suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la <rel id="715706" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/
Sentencia Social Nº 37/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2421/2007, 28-01-2008
ÚNICO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza la actora en Suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral y en el que interesa la revisión del hecho probado segundo en el sentido de que sobre 20.904 días se le reconozcan como de convivencia con el Sr. Franco 9.252 días, lo que equivale a un 44,26% y no el 26,
Sentencia Social Nº 19/2008, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 2188/2007, 21-01-2008
UNICO.- Frente a la sentencia que declaró al actor afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual de oficial 1ª de mantenimiento, se alza la Entidad Gestora en Suplicación y formula un único motivo que ampara en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , y en el que denuncia la infracción del artículo 137.4 de la <rel id="715708" uri="http://poolparty.iber
Sentencia Social Nº 1278/2007, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 1861/2007, 26-12-2007
UNICO.- Frente a la sentencia desestimatoria de la demanda se alza el actor en Súplicación y formula tres motivos con amparo en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento e interesando que se le fije en el 86% de la base reguladora, en lugar del 82% la pensión de jubilación que le fue reconocida por la Entidad Gestora.Con carácter previo y por afectar al orden público procesal debemos examinar si la sentencia de instancia es susceptible de recurso de suplicación, y nues