Jurisprudencia sobre Robo con intimidación.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Estima parcialmente
Absuelve
Orden
Penal
Constitucional
Ponente
Martinez Arrieta, Andres
Ventura Faci, Ramiro Jose
Iglesias Martin, Jose Carlos
Grau Gasso, Jose
Aparicio Carril, Maria Luisa
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional absuelve al acusado en proceso seguido por delito de robo con intimidación. La Sala considera que como se desprende del contenido de las actuaciones, las autoridades portuguesas remitieron denuncia contra el acusado pasados más de 11 años desde la fecha de comisión de los hechos. En este sentido, el Tribunal debe hacer aplicación de las normas que regulan el instituto de la prescripción. Así, por aplicación del Código de 1973, el robo con intimida
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de León, sobre delito de robo con violencia o intimidación. El condenado alega infracción de las normas sobre circunstancias atenuantes pues al ser consumidor de opiáceos debería atenuarse la pena impuesta. Aunque del informe del médico forense no se deduce en modo alguno que el recurrente se encontrara bajo los efectos de una grave adicción con intoxicación plena o semiple
Es posible que los agresores, aún realizado actos para matar, no quieran precipitar el desenlace y rematar al conciudadano en ese mismo instante y lugar. Puede que después de realizar la acción, eventualmente homicida, se arrepintieran de la misma, en cuyo caso se podían producir los siguientes comportamientos: a) auxiliarle y tratar de impedir la muerte que se avecinaba (arrepentimiento), que de ser eficaz determinaría la exclusión de la calificación como homicidio (arrepentimi
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional absuelve al acusado en proceso seguido por delito de robo con intimidación. La Sala considera que como se desprende del contenido de las actuaciones, las autoridades portuguesas remitieron denuncia contra el acusado pasados más de 11 años desde la fecha de comisión de los hechos. En este sentido, el Tribunal debe hacer aplicación de las normas que regulan el instituto de la prescripción. Así, por aplicación del Código de 1973, el robo con intimida
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de León, sobre delito de robo con violencia o intimidación. El condenado alega infracción de las normas sobre circunstancias atenuantes pues al ser consumidor de opiáceos debería atenuarse la pena impuesta. Aunque del informe del médico forense no se deduce en modo alguno que el recurrente se encontrara bajo los efectos de una grave adicción con intoxicación plena o semiple
Es posible que los agresores, aún realizado actos para matar, no quieran precipitar el desenlace y rematar al conciudadano en ese mismo instante y lugar. Puede que después de realizar la acción, eventualmente homicida, se arrepintieran de la misma, en cuyo caso se podían producir los siguientes comportamientos: a) auxiliarle y tratar de impedir la muerte que se avecinaba (arrepentimiento), que de ser eficaz determinaría la exclusión de la calificación como homicidio (arrepentimi