Jurisprudencia sobre Reparcelación.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Administrativo
Constitucional
Supranacional
Ponente
Altarriba Cano, Carlos
Domingo Zaballos, Manuel Jose
Fernandez Valverde, Rafael
Hernandez, Isabel Pascual
Lopez Vazquez, Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana desestima el recurso de apelación interpuesto por la Agrupación de Interés Urbanístico frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº3 de Alicante que desestimaba el recurso de aquélla frente a Acuerdo Municipal de aprobación definitiva de un proyecto de reparcelación. La Sala considera (en contra de lo argumentado por la recurrente) que no existe infracción de normativa urbanística e
Se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Almenara, según normativa de aplicación no permite que el Programa delimite una unidad de actuación por no ser un instrumento de planeamiento legalmente hábil para ello, por tanto el Programa impugnado en cuanto delimita la unidad de ejecución para cuyo desarrollo se aprobó es contrario a derecho, ya que, por un lado, la delimitación de la unidad de ejecución de que se trata no se contenía en pla
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Valencia, sobre reparcelación. La Sala señala que "el presente motivo de impugnación no puede acogerse por cuanto, a lo largo de la tramitación del expediente administrativo la recurrente no formuló alegación alguna al respecto" que hubiera podido conducir a que se efectuara el oportuno pronunciamiento sobre el carácter dudoso o litigioso de la franja de terreno a
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana tras rechazar la causa de inadmisibilidad alegada por la Corporación Local, desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por los administrados frente al Acuerdo municipal de desestimación del recurso de reposición frente a un Acuerdo aprobatorio de un programa de actuación urbanística. La Sala fundamenta su decisión en considerar admisible la demanda pese a no nombrar en su pet
Se desestima el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto contra la desestimación presunta del recurso de reposición presentado contra resolución dictada por el Ayuntamiento de Oropesa del Mar sobre reparcelación. Se determina que la delimitación de la Actuación para cuyo desarrollo se aprobó el proyecto de reparcelación impugnado no es propia de tal instrumento de gestión sino que, en su día, fue aprobada con el PAI del suelo urbanizable, ratificada por la posterior aprobación de la co
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Alicante, sobre reparcelación. La Sala no estima que se haya producido indefensión por la alegada omisión de la audiencia, respecto de la modificación introducida en la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación. La Sala no aprecia indefensión alguna porque la modificación del proyecto inicial de reparcelación, que reclama la parte apelante, no se produce
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana desestima el recurso de apelación interpuesto por la Agrupación de Interés Urbanístico frente a la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº3 de Alicante que desestimaba el recurso de aquélla frente a Acuerdo Municipal de aprobación definitiva de un proyecto de reparcelación. La Sala considera (en contra de lo argumentado por la recurrente) que no existe infracción de normativa urbanística e
Se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Almenara, según normativa de aplicación no permite que el Programa delimite una unidad de actuación por no ser un instrumento de planeamiento legalmente hábil para ello, por tanto el Programa impugnado en cuanto delimita la unidad de ejecución para cuyo desarrollo se aprobó es contrario a derecho, ya que, por un lado, la delimitación de la unidad de ejecución de que se trata no se contenía en pla
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Valencia, sobre reparcelación. La Sala señala que "el presente motivo de impugnación no puede acogerse por cuanto, a lo largo de la tramitación del expediente administrativo la recurrente no formuló alegación alguna al respecto" que hubiera podido conducir a que se efectuara el oportuno pronunciamiento sobre el carácter dudoso o litigioso de la franja de terreno a
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana tras rechazar la causa de inadmisibilidad alegada por la Corporación Local, desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por los administrados frente al Acuerdo municipal de desestimación del recurso de reposición frente a un Acuerdo aprobatorio de un programa de actuación urbanística. La Sala fundamenta su decisión en considerar admisible la demanda pese a no nombrar en su pet
Se desestima el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto contra la desestimación presunta del recurso de reposición presentado contra resolución dictada por el Ayuntamiento de Oropesa del Mar sobre reparcelación. Se determina que la delimitación de la Actuación para cuyo desarrollo se aprobó el proyecto de reparcelación impugnado no es propia de tal instrumento de gestión sino que, en su día, fue aprobada con el PAI del suelo urbanizable, ratificada por la posterior aprobación de la co
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Alicante, sobre reparcelación. La Sala no estima que se haya producido indefensión por la alegada omisión de la audiencia, respecto de la modificación introducida en la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación. La Sala no aprecia indefensión alguna porque la modificación del proyecto inicial de reparcelación, que reclama la parte apelante, no se produce