Jurisprudencia sobre Letra de cambio.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Andres Cuenca, Rosa Maria
Marin Castan, Francisco
Hernandez Barea, Hipolito
Camazon Linacero, Amparo
De Bustos Gomez-rico, Modesto
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
La Audiencia Provincial de Toledo desestima el recurso de apelación interpuesto por el demandante sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la acción que se ejercita por la actora es una acción cambiaria, añadiendo la Sala que el pagaré de autos no puede ser tenido como pagaré porque adolece de un requisito esencial, sin el cual no goza de acción dicha acción (art.95 de la
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife desestima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que como ocurre con la letra de cambio, la
La AP estima en parte el recurso de apelación interpuesto por la actora frente a la sentencia, que ordenó seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de la hoy apelante hasta hacer trance y remate de los mismos y con su producto hacer entero y cumplido pago a la actora de una cantidad. No se puede admitir como lógico y racional que la querellante no comprobara, preguntara o se asesorara en ningún momento respecto de la compraventa de autos, máxime si tenemos en cuenta la env
Se invoca por los apelantes que si bien es cierto que no figura el demandante como vendedor, alegan que la persona que figura en el contrato privado actuó como mandatario verbal del actor, y lo denomina intermediario inmobiliario, comisionista, colaboradora, ayudante y lleva a cabo una interpretación sui géneris del vocablo "vendedor" como consta en el contrato privado en el sentido de que no es lo mismo "vendedor" que "parte propietaria vendedora", y por otra parte que aquél figure como
Se desestima el recurso de apelación interpuesto frente a sentencia estimatoria del Juzgado de 1 instancia de Tarragona en materia de oposición a títulos cambiarios. La LECH, en su artículo 67, permite que el deudor cambiario pueda oponer frente al tenedor de la letra las excepciones personales que tenga contra el, entre ellas la compensación o la pluspetición. En este caso no hay compensación, porque en sus relaciones comerciales la sociedad deudora siempre aperece como tal, sin tener ningu
La Audiencia Provincial de Sevilla desestima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación dineraria derivada de pagaré; la Sala señala que la alegación del recurrente de que la firma de su representante legal no podía valer como aval, al no haberse estampado en el anverso del pagaré sino en el dorso del mismo, no puede prosperar al tratarse de una cuestión nueva sobre la que no cabe pronunciarse en la alzada.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
INEXISTENCIA Y NULIDAD DE CONTRATOS
La Audiencia Provincial de Toledo desestima el recurso de apelación interpuesto por el demandante sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la acción que se ejercita por la actora es una acción cambiaria, añadiendo la Sala que el pagaré de autos no puede ser tenido como pagaré porque adolece de un requisito esencial, sin el cual no goza de acción dicha acción (art.95 de la
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife desestima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que como ocurre con la letra de cambio, la
La AP estima en parte el recurso de apelación interpuesto por la actora frente a la sentencia, que ordenó seguir adelante la ejecución despachada contra los bienes de la hoy apelante hasta hacer trance y remate de los mismos y con su producto hacer entero y cumplido pago a la actora de una cantidad. No se puede admitir como lógico y racional que la querellante no comprobara, preguntara o se asesorara en ningún momento respecto de la compraventa de autos, máxime si tenemos en cuenta la env
Se invoca por los apelantes que si bien es cierto que no figura el demandante como vendedor, alegan que la persona que figura en el contrato privado actuó como mandatario verbal del actor, y lo denomina intermediario inmobiliario, comisionista, colaboradora, ayudante y lleva a cabo una interpretación sui géneris del vocablo "vendedor" como consta en el contrato privado en el sentido de que no es lo mismo "vendedor" que "parte propietaria vendedora", y por otra parte que aquél figure como
Se desestima el recurso de apelación interpuesto frente a sentencia estimatoria del Juzgado de 1 instancia de Tarragona en materia de oposición a títulos cambiarios. La LECH, en su artículo 67, permite que el deudor cambiario pueda oponer frente al tenedor de la letra las excepciones personales que tenga contra el, entre ellas la compensación o la pluspetición. En este caso no hay compensación, porque en sus relaciones comerciales la sociedad deudora siempre aperece como tal, sin tener ningu
La Audiencia Provincial de Sevilla desestima el recurso de apelación del demandado sobre reclamación dineraria derivada de pagaré; la Sala señala que la alegación del recurrente de que la firma de su representante legal no podía valer como aval, al no haberse estampado en el anverso del pagaré sino en el dorso del mismo, no puede prosperar al tratarse de una cuestión nueva sobre la que no cabe pronunciarse en la alzada.