Jurisprudencia sobre Goteras.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Rios Enrich, Mireia
Brines Tarraso, Maria Carmen
Cremades Morant, Juan Bautista
Herrero De Egaña De Toledo, Fernando Octavio
Cezon Gonzalez, Carlos
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Se estima parcialmente el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Baleares, sobre responsabilidad civil por accidente de trabajo. La sentencia impugnada comete el error de reducir a la mitad la suma indemnizatoria, atribuyendo al exceso de confianza del trabajador hoy recurrente la misma relevancia causal que a la culpa del empresario, cuando es sabido que la culpa del empresario es preponderante, al ser el
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se estima la demanda formulada por la representación de la entidad S..S.L. contra D. German y doña Ana María, y se condena a los expresados demandados a satisfacer al actor la cantidad de dos millones trescientas sesenta mil doscientas ochenta pesetas (2.360.280 ptas),más lo intereses legales de dicha cantidad desde le interposición de la demanda todo ello con imposición de cos±as de demandado. En contra de las anteriores resoluciones se inter
Se estima parcialmente el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Baleares, sobre responsabilidad civil por accidente de trabajo. La sentencia impugnada comete el error de reducir a la mitad la suma indemnizatoria, atribuyendo al exceso de confianza del trabajador hoy recurrente la misma relevancia causal que a la culpa del empresario, cuando es sabido que la culpa del empresario es preponderante, al ser el
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se estima la demanda formulada por la representación de la entidad S..S.L. contra D. German y doña Ana María, y se condena a los expresados demandados a satisfacer al actor la cantidad de dos millones trescientas sesenta mil doscientas ochenta pesetas (2.360.280 ptas),más lo intereses legales de dicha cantidad desde le interposición de la demanda todo ello con imposición de cos±as de demandado. En contra de las anteriores resoluciones se inter