Jurisprudencia sobre Gastos comunes.
Filtros
Voces
Comunidad de propietarios
Propiedad horizontal
Gastos comunes
Dueño
Sociedad de responsabilidad limitada
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Hernandez Hernandez, Maria Del Rosario
Garcia De Ceca Benito, Paloma Marta
Illescas Rus, Angel Vicente
Camazon Linacero, Amparo
Gutierrez Sanchez, Juan Vicente
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Otros
Auto aclaratorio
ARRENDAMIENTOS URBANOS.- Impugnación de incremento de rentas, en relación con los gastos generales.- Cantidad fija establecida en el contrato para el pago de estos gastos.- La demandada no justificó que lo reclamado se refiriera a otros gastos reales.-
Se desestima el recurso de apelación articulado contra Sentencia estimatoria de Juzgado de primera instancia nº 11 de A Coruña, sobre impugnación de incrementos de rentas de un loca
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MAYOR CUANTÍA SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD.
El contrato de ejecución de obra celebrado por las partes, es claro respecto a que el presupuesto que sirve de base para la fijación del valor por el que se contrata la obra, que se "CONSIDERA PRECIO CERRADO (INVARIABLE) para todas las unidades que en él figuran DE NO VARIARSE LOS PLANOS UTILIZADOS PARA CONFECCIONARLO", y que es PRECIO ABIERTO respecto a aquéllas unidades de obra situadas a NIVEL INFE
ARRENDAMIENTOS URBANOS.- Impugnación de incremento de rentas, en relación con los gastos generales.- Cantidad fija establecida en el contrato para el pago de estos gastos.- La demandada no justificó que lo reclamado se refiriera a otros gastos reales.-
Se desestima el recurso de apelación articulado contra Sentencia estimatoria de Juzgado de primera instancia nº 11 de A Coruña, sobre impugnación de incrementos de rentas de un loca
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MAYOR CUANTÍA SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD.
El contrato de ejecución de obra celebrado por las partes, es claro respecto a que el presupuesto que sirve de base para la fijación del valor por el que se contrata la obra, que se "CONSIDERA PRECIO CERRADO (INVARIABLE) para todas las unidades que en él figuran DE NO VARIARSE LOS PLANOS UTILIZADOS PARA CONFECCIONARLO", y que es PRECIO ABIERTO respecto a aquéllas unidades de obra situadas a NIVEL INFE