Sentencia Civil Nº 515, A...re de 2000

Última revisión
15/11/2000

Sentencia Civil Nº 515, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 16 de 15 de Noviembre de 2000

Tiempo de lectura: 17 min

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Relacionados:

Orden: Civil

Fecha: 15 de Noviembre de 2000

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: SANCHEZ JIMENEZ, JOSE MARIA

Nº de sentencia: 515

Resumen
MAYOR CUANTÍA SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD. El contrato de ejecución de obra celebrado por las partes, es claro respecto a que el presupuesto que sirve de base para la fijación del valor por el que se contrata la obra, que se "CONSIDERA PRECIO CERRADO (INVARIABLE) para todas las unidades que en él figuran DE NO VARIARSE LOS PLANOS UTILIZADOS PARA CONFECCIONARLO", y que es PRECIO ABIERTO respecto a aquéllas unidades de obra situadas a NIVEL INFERIOR DEL TRABAJO DE LA PLANTA BAJA., QUE SE VALORARAN APLICANDO A LA MEDICIÓN REAL EL PRECIO UNITARIO que figura en el presupuesto". Además, en el mencionado contrato se hace referencia a las mejoras o cambios que desee introducir cada cooperativista en su vivienda, cuya valoración se haría por la apelante con arreglo a los precios que figuran en el presupuesto. En base a esto, sostener, como pretende la demandada -reconviniente, que el precio ofertado por la actora tenía carácter CERRADO pasa, necesariamente, por la acreditación de que no hubo variación en los planos examinados para confeccionar el presupuesto. Respecto a esto, la pericial practicada a instancia de la actora no deja lugar a dudas sobre la variación existente entre lo inicialmente proyectado y lo efectivamente construido, y por tanto, debe dilucidarse es en qué medida las variaciones precitadas suponen aumento de obra "stricto senso" y cuáles obedecen a otras razones de diferente índole. Los peritos en sus conclusiones conjuntas estimaron que efectivamente se construyó mayor obra de la proyectada. Esta Sala no comparte  los parámetros que la sentencia de grado emplea para el cálculo de los precios de la mayor obra ejecutada en viviendas, y haciendo un estudio pormenorizado de todas estas cantidades, resuelve que la demandada adeuda a la actora una determinadas cantidades con base en el aumento de obra no pagado de forma efectiva. Sobre la reclamación reconvencional, parcialmente estimada en la sentencia recurrida, consistente según la demandada en el abono de la obra no ejecutada -derivada de la tesis del precio cerrado atribuido al contrato- y la penalización por mora, teniendo en cuenta la nueva valoración de los precios hecha por esta Sala, se concluye que debe decaer en su totalidad.

Voces

Sociedad cooperativa

Gastos comunes

Fachadas

Reclamación de cantidad

Intereses legales

Interés legal del dinero

Ejecuciones de obras

Demanda reconvencional

Dueño

Muros

Dueño de obra

Fin de la obra

Reconvención

Cláusula penal

Fundamentos

Rollo: MAYOR CUANTIA 16 /1999

autos 126/97

 

N U M E R O             515

 

LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituida por los Ilustrísimos Señores DON ANGEL …

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