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Sentencia Civil Nº 515, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 16 de 15 de Noviembre de 2000
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Orden: Civil
Fecha: 15 de Noviembre de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: SANCHEZ JIMENEZ, JOSE MARIA
Nº de sentencia: 515
Resumen
MAYOR CUANTÍA SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD.
El contrato de ejecución de obra celebrado por las
partes, es claro respecto a que el presupuesto que sirve de base para la
fijación del valor por el que se contrata la obra, que se "CONSIDERA
PRECIO CERRADO (INVARIABLE) para todas las unidades que en él figuran DE NO
VARIARSE LOS PLANOS UTILIZADOS PARA CONFECCIONARLO", y que es PRECIO
ABIERTO respecto a aquéllas unidades de obra situadas a NIVEL INFERIOR DEL
TRABAJO DE LA PLANTA BAJA., QUE SE VALORARAN APLICANDO A LA MEDICIÓN REAL EL
PRECIO UNITARIO que figura en el presupuesto". Además, en el mencionado
contrato se hace referencia a las mejoras o cambios que desee introducir cada
cooperativista en su vivienda, cuya valoración se haría por la apelante con
arreglo a los precios que figuran en el presupuesto.
En base a esto, sostener, como pretende la demandada
-reconviniente, que el precio ofertado por la actora tenía carácter CERRADO
pasa, necesariamente, por la acreditación de que no hubo variación en los planos
examinados para confeccionar el presupuesto. Respecto a esto, la pericial
practicada a instancia de la actora no deja lugar a dudas sobre la variación
existente entre lo inicialmente proyectado y lo efectivamente construido, y por
tanto, debe dilucidarse es en qué medida las variaciones precitadas suponen
aumento de obra "stricto senso" y cuáles obedecen a otras razones de
diferente índole. Los peritos en sus conclusiones conjuntas estimaron que
efectivamente se construyó mayor obra de la proyectada. Esta Sala no comparte
los parámetros que la sentencia de grado emplea para el cálculo de los precios
de la mayor obra ejecutada en viviendas, y haciendo un estudio pormenorizado de
todas estas cantidades, resuelve que la demandada adeuda a la actora una determinadas
cantidades con base en el aumento de obra no pagado de forma efectiva.
Sobre la reclamación reconvencional, parcialmente
estimada en la sentencia recurrida, consistente según la demandada en el abono
de la obra no ejecutada -derivada de la tesis del precio cerrado atribuido al
contrato- y la penalización por mora, teniendo en cuenta la nueva valoración de
los precios hecha por esta Sala, se concluye que debe decaer en su totalidad.
Voces
Sociedad cooperativa
Gastos comunes
Fachadas
Reclamación de cantidad
Intereses legales
Interés legal del dinero
Ejecuciones de obras
Demanda reconvencional
Dueño
Muros
Dueño de obra
Fin de la obra
Reconvención
Cláusula penal
Fundamentos
Rollo: MAYOR CUANTIA 16 /1999
autos 126/97
N U M E R O 515
LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituida por los Ilustrísimos Señores DON ANGEL …
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