Jurisprudencia por Fuentes Candelas, Carlos.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Penal
Ponente
Fuentes Candelas, Carlos
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP A Coruña
AP - A Coruña
Tribunal Supremo
AP - Pontevedra
RESOLUCION CONTRATOS
Pese al meritorio esfuerzo desplegado por la defensa para destacar los aspectos fácticos y jurídicos favorables al acusado, no advertimos motivos suficientes para discrepar de la sentencia apelada, en la cual, el juzgador que presidio el juicio oral y oyó personalmente al acusado y a los testigos de cargo, señaló las concretas pruebas y razones que le han llevado a formar una convicción de la culpabilidad del ahora apelante.Que los tickets reflejen como "lugar del servici
La acusación particular, en sus conclusiones
definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de homicidio
en grado de tentativa de los arts.
Reexaminadas las pruebas y alegaciones del caso en esta segunda instancia el Tribunal comparte plenamente la acertada valoración probatoria y conclusión condenatoria del juzgador de instancia. Los perniciosos efectos del alcohol debilitan las facultades del conductor, su concentración o atención y su capacidad de reacción y de adopción de medidas de prudencia en cada momento. Cuando se conduce influenciado por el alcohol se está generando un riesgo de accidente o atropell
Que se condena a Aurelio M como autor de un delito de lesiones leves a la pena a la pena de once meses de multa, con una cuota diaria de 1.000 pesetas, como autor de una falta de amenazas a la pena de 15 días de multa con una cuota diaria de 1.000 pesetas, como autor de una falta de injurias a una pena de 15 días de multa con una cuota diaria de 1.000 pesetas, que asimismo condeno a Aurelio M a indemnizar a Florindo P en la cantidad de 210.000
Delito de ROBO.
SERGIO no secundó a GUILLERMO y negó que RAUL les hubiera dicho ni enseñado nada del robo, mientras que éste negó incluso haber estado en la fábrica con aquéllos. Invocó también la defensa de RAUL en su recurso dilaciones indebidas pretendiendo una rebaja de la pena.
Se desestima el recurso.
<P class=MsoPlainTe
Que en la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales, excepto en cuanto al tiempo para dictar sentencia, debido al cúmulo de trabajo que pesa sobre esta sección. El día 15-11-1997 se produjo un altercado en la discoteca "El Bosque" de Cecebre, interviniendo el vigilante de seguridad Alejandro RG creyendo que Víctor Manuel RP estaba en una pelea y bebido, reduciéndole, resistiéndose éste mediante fuer
El día 28 de Abril de 1997, el acusado Vicente Ignacio C , nacido el 7.1.51, sin antecedentes penales, circulaba conduciendo un vehículo Opel Astra, bajo los efectos de una ingestión alcohólica precedente que le incapacitaba para manejarlo con seguridad, haciéndolo, debido a ese estado, por la calle Entrejardines de La Coruña, en sentido contrario al legalmente permitido, desde la calle Alférez Provisional hacia la calle Cantón Grande, realizando en esta intersección un g
Con fundamento en los testimonios de Yolanda L y Marta P , se alega en el recurso error en la valoración de la prueba y, antes, presunción de inocencia, y se afirma, en definitiva, que el acusado no era el conductor del vehículo Ford Fiesta, que originó el accidente de tráfico.El testimonio de la otra conductora complementa la convicción, pues vió salir al acusado del coche por la parte del conductor y su cuñada le confirmó que lo conducía.Se estima el recurso.
<PRESOLUCION CONTRATOS
Pese al meritorio esfuerzo desplegado por la defensa para destacar los aspectos fácticos y jurídicos favorables al acusado, no advertimos motivos suficientes para discrepar de la sentencia apelada, en la cual, el juzgador que presidio el juicio oral y oyó personalmente al acusado y a los testigos de cargo, señaló las concretas pruebas y razones que le han llevado a formar una convicción de la culpabilidad del ahora apelante.Que los tickets reflejen como "lugar del servici
La acusación particular, en sus conclusiones
definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito de homicidio
en grado de tentativa de los arts.
Reexaminadas las pruebas y alegaciones del caso en esta segunda instancia el Tribunal comparte plenamente la acertada valoración probatoria y conclusión condenatoria del juzgador de instancia. Los perniciosos efectos del alcohol debilitan las facultades del conductor, su concentración o atención y su capacidad de reacción y de adopción de medidas de prudencia en cada momento. Cuando se conduce influenciado por el alcohol se está generando un riesgo de accidente o atropell
Que se condena a Aurelio M como autor de un delito de lesiones leves a la pena a la pena de once meses de multa, con una cuota diaria de 1.000 pesetas, como autor de una falta de amenazas a la pena de 15 días de multa con una cuota diaria de 1.000 pesetas, como autor de una falta de injurias a una pena de 15 días de multa con una cuota diaria de 1.000 pesetas, que asimismo condeno a Aurelio M a indemnizar a Florindo P en la cantidad de 210.000
Delito de ROBO.
SERGIO no secundó a GUILLERMO y negó que RAUL les hubiera dicho ni enseñado nada del robo, mientras que éste negó incluso haber estado en la fábrica con aquéllos. Invocó también la defensa de RAUL en su recurso dilaciones indebidas pretendiendo una rebaja de la pena.
Se desestima el recurso.
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Que en la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales, excepto en cuanto al tiempo para dictar sentencia, debido al cúmulo de trabajo que pesa sobre esta sección. El día 15-11-1997 se produjo un altercado en la discoteca "El Bosque" de Cecebre, interviniendo el vigilante de seguridad Alejandro RG creyendo que Víctor Manuel RP estaba en una pelea y bebido, reduciéndole, resistiéndose éste mediante fuer
El día 28 de Abril de 1997, el acusado Vicente Ignacio C , nacido el 7.1.51, sin antecedentes penales, circulaba conduciendo un vehículo Opel Astra, bajo los efectos de una ingestión alcohólica precedente que le incapacitaba para manejarlo con seguridad, haciéndolo, debido a ese estado, por la calle Entrejardines de La Coruña, en sentido contrario al legalmente permitido, desde la calle Alférez Provisional hacia la calle Cantón Grande, realizando en esta intersección un g
Con fundamento en los testimonios de Yolanda L y Marta P , se alega en el recurso error en la valoración de la prueba y, antes, presunción de inocencia, y se afirma, en definitiva, que el acusado no era el conductor del vehículo Ford Fiesta, que originó el accidente de tráfico.El testimonio de la otra conductora complementa la convicción, pues vió salir al acusado del coche por la parte del conductor y su cuñada le confirmó que lo conducía.Se estima el recurso.
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