Jurisprudencia sobre Falta de jurisdicción.
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Indefensión
Falta de jurisdicción
Valoración de la prueba
Error en la valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Ponente
Carapeto Y Marquez De Prado, Carlos Jesus
Feliu Morell, Maria Jose
Juanes Fraga, Enrique
Torres Andres, Juan Miguel
Ventura Faci, Ramiro Jose
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Acuerdo de sala
46250330022011100667 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Valencia Sección: 2 Nº de Resolución: 667/2011 Fecha de Resolución: 21/07/2011 Nº de Recurso: 914/2009 Jurisdicción: Contencioso Ponente: RICARDO FERNANDEZ CARBALLO-CALERO Procedimiento: CONTENCIOSO - APELACION Tipo de Resolución: Sentencia
Se estima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Tarragona, sobre acción de despido. La sentencia recurrida incurre en el error de confundir la relación especial de trabajo en centros penitenciarios con una relación no laboral. La relación existente entre las partes tiene naturaleza laboral. En lo que respecta al despido, será la junta de tratamiento del centro penitenciario, y no el organismo autónomo empleador,
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid sobre accidente de trabajo. A la vista del relato fáctico de la sentencia, no hay constancia de ninguna actuación revisora del servicio de mantenimiento con precedencia a los avisos que se dan cuando alguna instalación o elemento no funciona como debe, de modo que la intervención de estos parece producirse a partir de las anomalías que se detectan y no para
Confirma el TS la sentencia que declara la "culpa exclusiva de la víctima", por circular a velocidad excesiva, ya que las obras u obstáculos procedentes de ellas, que dificultaban el paso por la calzada, estaban, a su parecer, debidamente señalizadas, con la correspondiente limitación de velocidad, que apreciaba como no cumplida. Afirma que la adscripción de los codemandados al Servicio Público de que se trataba es clara, y así lo recoge, como "hecho probado", la resolución r
En contra de lo sostenido en la sentencia apelada, la jurisdicción civil es competente para el conocimiento de la cuestión disputada, que afecta tanto a la titularidad como a la naturaleza de un monte, lo que cae fuera de la actuación administrativa.En el proceso civil corresponde a las partes la aportación de las pruebas necesarias que, en relación con el problema planteado, verifiquen la postura que hayan adopta
Para que prospere la acción reivindicatoria ejercitada, la reclamante debe acreditar que es titular del predio, identificar perfectamente el mismo y finalmente acreditar el acto de perturbación en la propiedad llevado cabo por el demandado. En este caso está admitida la propiedad de la finca de la que dimana la reclamación, sin embargo no se ha acreditado que la actora sea la titular del terreno donde esa caseta se ha construido, al no demostrar la parte que sea la titular de la
46250330022011100667 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Valencia Sección: 2 Nº de Resolución: 667/2011 Fecha de Resolución: 21/07/2011 Nº de Recurso: 914/2009 Jurisdicción: Contencioso Ponente: RICARDO FERNANDEZ CARBALLO-CALERO Procedimiento: CONTENCIOSO - APELACION Tipo de Resolución: Sentencia
Se estima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Tarragona, sobre acción de despido. La sentencia recurrida incurre en el error de confundir la relación especial de trabajo en centros penitenciarios con una relación no laboral. La relación existente entre las partes tiene naturaleza laboral. En lo que respecta al despido, será la junta de tratamiento del centro penitenciario, y no el organismo autónomo empleador,
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid sobre accidente de trabajo. A la vista del relato fáctico de la sentencia, no hay constancia de ninguna actuación revisora del servicio de mantenimiento con precedencia a los avisos que se dan cuando alguna instalación o elemento no funciona como debe, de modo que la intervención de estos parece producirse a partir de las anomalías que se detectan y no para
Confirma el TS la sentencia que declara la "culpa exclusiva de la víctima", por circular a velocidad excesiva, ya que las obras u obstáculos procedentes de ellas, que dificultaban el paso por la calzada, estaban, a su parecer, debidamente señalizadas, con la correspondiente limitación de velocidad, que apreciaba como no cumplida. Afirma que la adscripción de los codemandados al Servicio Público de que se trataba es clara, y así lo recoge, como "hecho probado", la resolución r
En contra de lo sostenido en la sentencia apelada, la jurisdicción civil es competente para el conocimiento de la cuestión disputada, que afecta tanto a la titularidad como a la naturaleza de un monte, lo que cae fuera de la actuación administrativa.En el proceso civil corresponde a las partes la aportación de las pruebas necesarias que, en relación con el problema planteado, verifiquen la postura que hayan adopta
Para que prospere la acción reivindicatoria ejercitada, la reclamante debe acreditar que es titular del predio, identificar perfectamente el mismo y finalmente acreditar el acto de perturbación en la propiedad llevado cabo por el demandado. En este caso está admitida la propiedad de la finca de la que dimana la reclamación, sin embargo no se ha acreditado que la actora sea la titular del terreno donde esa caseta se ha construido, al no demostrar la parte que sea la titular de la