Jurisprudencia sobre Error de derecho.
Filtros
Ponente
Lumbreras Lacarra, Elena
Martinez Arrieta, Andres
Biurrun Mancisidor, Garbiñe
Marchena Gomez, Manuel
Biurrun Mancisidor, Garbiñe
Tribunal
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación del demandado sobre comunidad de bienes; la Sala recuerda que no estamos ante una tercera instancia y que no cabe sustituir con apreciaciones subjetivas las realizadas por los Tribunales de instancia, añadiendo la Sala que cuando los Tribunales ad hoc han dado un valor decisivo a uno u otro documento, o han considerado más importante un dato respecto de otro, como ha ocurrido en este caso, no se produce una conclusión ilógica, absurda o inv
El TS desestima el recurso de casación de la parte demandada. La Sala señala que no se ha practicado en el procedimiento prueba alguna que acredite que el Sr. Braulio aportó a la sociedad de gananciales la finca de la que era y es titular con carácter privativo, por lo que entiende no desvirtuada la presunción establecida en el art.38 de la
El TS desestima el recurso de casación de la parte actora. La Sala señala que el artículo
Para la determinación de la pena hay que partir de tres ideas básicas: 1) la acumulación jurídica de las penas de la misma especie (art. 73); 2) la ejecución sucesiva de las penas por el orden su gravedad (art. 75); y 3) la limitación del tiempo de ejecución (art. 76). Con esa premisa procede estimar el motivo de impugnación. En primer lugar porque la pena resultante de la acumulación jurídica contenida en el art. 76 es una acumulación temporal que se practicará respecto a penas privativas de
Considera la Sala que lo que hace la parte recurrente es exponer su parcial e interesada apreciación de los elementos de prueba, su particular visión de la controversia, pretendiendo que por esta Sala se proceda a revisar un pronunciamiento fáctico de la Sentencia recurrida a través del nuevo examen y valoración del conjunto de la prueba, como si esta casación fuera una tercera instancia, lo que es completamente ajeno a su naturaleza y finalidad, sin que en la Sentencia de apelación se h
De la lectura de la sentencia, concretamente de su fundamento tercero, resulta la existencia de una motivación que si bien es escasa, es suficiente para conocer el fundamento del ejercicio de la individualización en la imposición de la pena. En el hecho concurre una circunstancia de atenuación de arrepentimiento, si bien indica que esa reparación fue "muy parcial", razón por la que el tribunal, pudiendo recorrer el tramo mínimo de la pena no la impone en su extensión mínima sino que considera
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre reclamación de cantidad; la Sala, tras desestimar diversos motivos del recurso por no citar el recurrente los preceptos legales infringidos, señala que está acreditado que la deuda de la que el recurrente resulta deudor no la origina la titularidad del inmueble, sino su cualidad de vendedor obligado a devolver las cantidades que había percibido como tal en un contrato que había sido declarado ineficaz por resolución del mismo, como co
El derecho fundamental a la presunción de inocencia, que invoca como vulnerado en la sentencia , debe ser igualmente desestimado. Obra en la causa prueba personal, la del perjudicado y su mujer, documental, los documentos acreditativos de la entrega del dinero y los referentes a la existencia de la deuda para cuyo abono se entregó el dinero, así como de la actividad negocial a la que se dedicaban los recurrentes, y pericial, sobre el contenido del pretendido recibo de devolución del dinero, q
En cuanto al error de derecho, los elementos de la estafa aparecen en el hecho probado. Se produce por el recurrente un engaño a los dos perjudicados. En el primer caso aparenta ser un abogado que le va a resolver un problema, solicitando el dinero para el pago de los servicios de un procurador de los tribunales que le representaría ante los tribunales. El engaño es bastante y se dan los restantes requisitos de la estafa, esto es , el error, el desplazamiento económico y el perjuicio, las rel
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre responsabilidad de administradores societarios; la Sala, sin perjuicio de recordar la compatibilidad de las acciones establecidas en los artículos 133 y 262.5 de la Ley de Sociedades Anónimas, señala que el art.262.5 de la citada Ley establece una responsabilidad solidaria de los administradores que es consecuencia del incumplimiento por éstos de los deberes determinados en la propia norma dentro del plazo que ésta establece, no exig
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación del demandado sobre comunidad de bienes; la Sala recuerda que no estamos ante una tercera instancia y que no cabe sustituir con apreciaciones subjetivas las realizadas por los Tribunales de instancia, añadiendo la Sala que cuando los Tribunales ad hoc han dado un valor decisivo a uno u otro documento, o han considerado más importante un dato respecto de otro, como ha ocurrido en este caso, no se produce una conclusión ilógica, absurda o inv
El TS desestima el recurso de casación de la parte demandada. La Sala señala que no se ha practicado en el procedimiento prueba alguna que acredite que el Sr. Braulio aportó a la sociedad de gananciales la finca de la que era y es titular con carácter privativo, por lo que entiende no desvirtuada la presunción establecida en el art.38 de la
El TS desestima el recurso de casación de la parte actora. La Sala señala que el artículo
Para la determinación de la pena hay que partir de tres ideas básicas: 1) la acumulación jurídica de las penas de la misma especie (art. 73); 2) la ejecución sucesiva de las penas por el orden su gravedad (art. 75); y 3) la limitación del tiempo de ejecución (art. 76). Con esa premisa procede estimar el motivo de impugnación. En primer lugar porque la pena resultante de la acumulación jurídica contenida en el art. 76 es una acumulación temporal que se practicará respecto a penas privativas de
Considera la Sala que lo que hace la parte recurrente es exponer su parcial e interesada apreciación de los elementos de prueba, su particular visión de la controversia, pretendiendo que por esta Sala se proceda a revisar un pronunciamiento fáctico de la Sentencia recurrida a través del nuevo examen y valoración del conjunto de la prueba, como si esta casación fuera una tercera instancia, lo que es completamente ajeno a su naturaleza y finalidad, sin que en la Sentencia de apelación se h
De la lectura de la sentencia, concretamente de su fundamento tercero, resulta la existencia de una motivación que si bien es escasa, es suficiente para conocer el fundamento del ejercicio de la individualización en la imposición de la pena. En el hecho concurre una circunstancia de atenuación de arrepentimiento, si bien indica que esa reparación fue "muy parcial", razón por la que el tribunal, pudiendo recorrer el tramo mínimo de la pena no la impone en su extensión mínima sino que considera
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre reclamación de cantidad; la Sala, tras desestimar diversos motivos del recurso por no citar el recurrente los preceptos legales infringidos, señala que está acreditado que la deuda de la que el recurrente resulta deudor no la origina la titularidad del inmueble, sino su cualidad de vendedor obligado a devolver las cantidades que había percibido como tal en un contrato que había sido declarado ineficaz por resolución del mismo, como co
El derecho fundamental a la presunción de inocencia, que invoca como vulnerado en la sentencia , debe ser igualmente desestimado. Obra en la causa prueba personal, la del perjudicado y su mujer, documental, los documentos acreditativos de la entrega del dinero y los referentes a la existencia de la deuda para cuyo abono se entregó el dinero, así como de la actividad negocial a la que se dedicaban los recurrentes, y pericial, sobre el contenido del pretendido recibo de devolución del dinero, q
En cuanto al error de derecho, los elementos de la estafa aparecen en el hecho probado. Se produce por el recurrente un engaño a los dos perjudicados. En el primer caso aparenta ser un abogado que le va a resolver un problema, solicitando el dinero para el pago de los servicios de un procurador de los tribunales que le representaría ante los tribunales. El engaño es bastante y se dan los restantes requisitos de la estafa, esto es , el error, el desplazamiento económico y el perjuicio, las rel
El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación sobre responsabilidad de administradores societarios; la Sala, sin perjuicio de recordar la compatibilidad de las acciones establecidas en los artículos 133 y 262.5 de la Ley de Sociedades Anónimas, señala que el art.262.5 de la citada Ley establece una responsabilidad solidaria de los administradores que es consecuencia del incumplimiento por éstos de los deberes determinados en la propia norma dentro del plazo que ésta establece, no exig