Jurisprudencia sobre Empresa contratista.
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Cesión ilegal de trabajadores
Subrogación
Subrogación empresarial
Convenio colectivo
Empresa principal
Orden
Social
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Hernandez Vitoria, Maria Jose
Juanes Fraga, Enrique
Cea Ayala, Benedicto
Moreno Gonzalez-aller, Ignacio
Ruiz Pontones, Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajadora actora, al desestimar el recurso interpuesto por esta. Declara la Sala que, en el año 2003 la empresa contratista, disconforme con el precio, negoció su aumento y, al no conseguirlo, propuso la extinción de la contrata, que fue aceptada por la empresa principal, lo que supuso la finalización de la prestación de servicios en Zaragoza. Y la extinción de la contrata autoriza la extinción de los contratos temporales para s
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajador actor, al desestimar el recurso interpuesto por este. Declara la Sala que, el objeto del contrato de trabajo para servicio determinado suscrito por la trabajadora demandante: la atención telefónica a los clientes y agentes de comercialización y explotación de productos y servicios de la empresa principal, no finalizó el 30-6- 200 y sí lo hizo cuando se extinguió la contrata, concurriendo una causa lícita de extinción de
El TSJ confirma la sentencia de instancia que declaro ajustado a derecho el cese de los trabajadores demandantes, al desestimar el recurso interpuesto por estos. Y ello porque, según razona la Sala, en el presente supuesto ha quedado acreditado que las demandantes prestaron servicios en el marco de la contrata suscrita entre su empresario y Telefónica Móviles España SAU para la atención telefónica a clientes de esta empresa, existiendo una causa lícita de temporalidad vincula
El TSJ confirma la improcedencia del despido de trabajador demandante en el proceso, al desestimar recurso interpuesto por las empresas codemandadas. Y ello porque, según recoge la sentencia, nos encontramos con una empresa que acomete un proceso de reorganización a nivel nacional de sus contratas de lectura de contadores, como consecuencia del cual pasa de 17 a 10 empresas adjudicatarias. Se trata de un proceso reorganizativo que afecta a todas sus zonas de actuación y que s
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajadora actora, al desestimar el recurso interpuesto por estos. Declara la Sala que, es cierto que las empresas demandadas forman parte del mismo grupo empresarial, pero la empresa contratista es una empresa real, con su propia cartera de clientes, que prestaba el servicio de atención telefónica con sus propios medios humanos y materiales, habiendo prestado servicios la trabajadora demandante a favor de la empresa contratista
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajadores actores, al desestimar el recurso interpuesto por estos. Declara la Sala que, en el año 2003 la empresa contratista, disconforme con el precio, negoció su aumento y, al no conseguirlo, propuso la extinción de la contrata, que fue aceptada por la empresa principal, lo que supuso la finalización de la prestación de servicios en Zaragoza. Y la extinción de la contrata autoriza la extinción de los contratos temporales par
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajadores actores en el proceso, al desestimar el recurso interpuesto por estos. Declara la Sala que, el objeto del contrato de trabajo para servicio determinado suscrito por la trabajadora demandante: la atención telefónica a los clientes y agentes de comercialización y explotación de productos y servicios de la empresa principal, no finalizó el 30-6- 200 y sí lo hizo cuando se extinguió la contrata, concurriendo una causa líc
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajadora actora, al desestimar el recurso interpuesto por esta. Declara la Sala que, en el año 2003 la empresa contratista, disconforme con el precio, negoció su aumento y, al no conseguirlo, propuso la extinción de la contrata, que fue aceptada por la empresa principal, lo que supuso la finalización de la prestación de servicios en Zaragoza. Y la extinción de la contrata autoriza la extinción de los contratos temporales para s
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajador actor, al desestimar el recurso interpuesto por este. Declara la Sala que, el objeto del contrato de trabajo para servicio determinado suscrito por la trabajadora demandante: la atención telefónica a los clientes y agentes de comercialización y explotación de productos y servicios de la empresa principal, no finalizó el 30-6- 200 y sí lo hizo cuando se extinguió la contrata, concurriendo una causa lícita de extinción de
El TSJ confirma la sentencia de instancia que declaro ajustado a derecho el cese de los trabajadores demandantes, al desestimar el recurso interpuesto por estos. Y ello porque, según razona la Sala, en el presente supuesto ha quedado acreditado que las demandantes prestaron servicios en el marco de la contrata suscrita entre su empresario y Telefónica Móviles España SAU para la atención telefónica a clientes de esta empresa, existiendo una causa lícita de temporalidad vincula
El TSJ confirma la improcedencia del despido de trabajador demandante en el proceso, al desestimar recurso interpuesto por las empresas codemandadas. Y ello porque, según recoge la sentencia, nos encontramos con una empresa que acomete un proceso de reorganización a nivel nacional de sus contratas de lectura de contadores, como consecuencia del cual pasa de 17 a 10 empresas adjudicatarias. Se trata de un proceso reorganizativo que afecta a todas sus zonas de actuación y que s
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajadora actora, al desestimar el recurso interpuesto por estos. Declara la Sala que, es cierto que las empresas demandadas forman parte del mismo grupo empresarial, pero la empresa contratista es una empresa real, con su propia cartera de clientes, que prestaba el servicio de atención telefónica con sus propios medios humanos y materiales, habiendo prestado servicios la trabajadora demandante a favor de la empresa contratista
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajadores actores, al desestimar el recurso interpuesto por estos. Declara la Sala que, en el año 2003 la empresa contratista, disconforme con el precio, negoció su aumento y, al no conseguirlo, propuso la extinción de la contrata, que fue aceptada por la empresa principal, lo que supuso la finalización de la prestación de servicios en Zaragoza. Y la extinción de la contrata autoriza la extinción de los contratos temporales par
El TSJ confirma la inexistencia de despido de trabajadores actores en el proceso, al desestimar el recurso interpuesto por estos. Declara la Sala que, el objeto del contrato de trabajo para servicio determinado suscrito por la trabajadora demandante: la atención telefónica a los clientes y agentes de comercialización y explotación de productos y servicios de la empresa principal, no finalizó el 30-6- 200 y sí lo hizo cuando se extinguió la contrata, concurriendo una causa líc