Jurisprudencia sobre Empresa contratista.
Filtros
Voces
Cesión ilegal de trabajadores
Subrogación
Subrogación empresarial
Convenio colectivo
Empresa principal
Orden
Social
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Hernandez Vitoria, Maria Jose
Juanes Fraga, Enrique
Cea Ayala, Benedicto
Moreno Gonzalez-aller, Ignacio
Ruiz Pontones, Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Ayuntamiento contra sentencia estimatoria del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede Las Palmas de Gran Canaria, sobre cesión ilegal de trabajadores. La Sala declara que un supuesto de cesión de esta clase es sin duda el de la sentencia recurrida, de acuerdo con lo acreditado en hechos probados, donde queda claro que la empresa subcontratista no ha puesto en juego su propia organización en el desempeñ
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Ayuntamiento contra sentencia estimatoria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede en Las Palmas), sobre Cesión ilegal de trabajadores. La Sala declara que en el caso decidido es claro que lo que ha existido es una cesión del contrato de trabajo que no puede ampararse en el art. 42
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
La sentencia anotada da lugar al recurso de su razón y lo hace tras aplicar la doctrina sobre la diferencia entre la existencia de una verdadera contrata -con autonomía técnica e intervención real de la empresa contratista en la prestación del servicio o realización de la actividad- y la denominada seudocontrata, calificada como fenómeno de cesión ilegal de mano de obra o prestamismo laboral. Dicha sentencia trae causa de una demanda por despido incoada por trabajadores de una empresa contrat
Una vez más se reitera la doctrina del requisito de la contradicción exigido en el artículo 217 de la
ACERALIA. CESION ILEGAL DE TRABAJADORES. FALTA DE CONTRADICCION.
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Ayuntamiento contra sentencia estimatoria del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede Las Palmas de Gran Canaria, sobre cesión ilegal de trabajadores. La Sala declara que un supuesto de cesión de esta clase es sin duda el de la sentencia recurrida, de acuerdo con lo acreditado en hechos probados, donde queda claro que la empresa subcontratista no ha puesto en juego su propia organización en el desempeñ
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Ayuntamiento contra sentencia estimatoria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede en Las Palmas), sobre Cesión ilegal de trabajadores. La Sala declara que en el caso decidido es claro que lo que ha existido es una cesión del contrato de trabajo que no puede ampararse en el art. 42
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
La sentencia anotada da lugar al recurso de su razón y lo hace tras aplicar la doctrina sobre la diferencia entre la existencia de una verdadera contrata -con autonomía técnica e intervención real de la empresa contratista en la prestación del servicio o realización de la actividad- y la denominada seudocontrata, calificada como fenómeno de cesión ilegal de mano de obra o prestamismo laboral. Dicha sentencia trae causa de una demanda por despido incoada por trabajadores de una empresa contrat
Una vez más se reitera la doctrina del requisito de la contradicción exigido en el artículo 217 de la
ACERALIA. CESION ILEGAL DE TRABAJADORES. FALTA DE CONTRADICCION.