Jurisprudencia sobre Días-multa.
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Días-multa
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Fariña Conde, Victoria Eugenia
Pelluz Robles, Luis Carlos
Ramírez Ortiz, José Luis
Guindulain Oliveras, Elena
Muñoz Quintana, Maria Teresa
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
Se desestima el recurso de apelación la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de El Vendrell, sobre falta de injurias y falta de amenazas. La absolución se basa en la imposibilidad de otorgar mayor verosimilitud a las declaraciones contradictorias de los implicados en la discusión, admitido que se produjo una discusión entre ellos. No existen otros elementos incriminatorios o de carácter periférico que corroboren la realidad y el contenido de las frases proferidas,
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción de Almazán, sobre falta contra el orden público. Los hechos declarados probados acreditan que el acusado, cuando circulaba en ciclomotor, fue requerido por la Guardia Civil de Tráfico para que mostrase el seguro obligatorio de responsabilidad civil que cubriera su actividad, el cúal no fue presentado. No existe motivo alguno que permita la modificación de la pena de multa impuesta ni ta
Este criterio, mantenido en el ámbito del recurso de casación y plasmado en S. del Tribunal Supremo de 20 de julio de 1.992, 8 de octubre de 1.993, 15 de julio y 30 de noviembre de 1.994 entre otras, es aplicable a la apelación por las mismas razones en la interpretación del artículo
FALTA ESTAFA,APROP.INDEBIDA Y OTRAS DEFRAUDACIONES
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Villagarcia de Arosa, sobre falta de daños. Para la determinación de la pena el Juzgador debe efectuar cuando menos una sucinta motivación acerca del porqué la impone en su extensión máxima, que en el presente caso es de 20 días multa, extremo al que no dedica razonamiento alguno. En consecuencia, el Tribunal considera que ante dicha falta de motiva
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Melilla, sobre falta contra el orden público. La apelante basa su apelación en la cuantía de la pena, días multa, y en la cuota de cada una de ellos. Analizada la pena, se observa adecuada a la gravedad del hecho y la cuota fijada se considera proporcional a los ingresos normales de una trabajadora.
Se desestima el recurso de apelación contra sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Torrelaguna, sobre falta de lesiones, vejaciones y daños. El Tribunal de apelación no puede proceder a valorar nuevamente las declaraciones personales de las partes y testigos de primera instancia, para corregir el criterio seguido en la valoración de dichas pruebas; criterio que no se aprecia como ilógico, irracional o arbitrario, a la vista del acta del juicio, ni que el juzgador
Se desestima el recurso de apelación la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de El Vendrell, sobre falta de injurias y falta de amenazas. La absolución se basa en la imposibilidad de otorgar mayor verosimilitud a las declaraciones contradictorias de los implicados en la discusión, admitido que se produjo una discusión entre ellos. No existen otros elementos incriminatorios o de carácter periférico que corroboren la realidad y el contenido de las frases proferidas,
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción de Almazán, sobre falta contra el orden público. Los hechos declarados probados acreditan que el acusado, cuando circulaba en ciclomotor, fue requerido por la Guardia Civil de Tráfico para que mostrase el seguro obligatorio de responsabilidad civil que cubriera su actividad, el cúal no fue presentado. No existe motivo alguno que permita la modificación de la pena de multa impuesta ni ta
Este criterio, mantenido en el ámbito del recurso de casación y plasmado en S. del Tribunal Supremo de 20 de julio de 1.992, 8 de octubre de 1.993, 15 de julio y 30 de noviembre de 1.994 entre otras, es aplicable a la apelación por las mismas razones en la interpretación del artículo
FALTA ESTAFA,APROP.INDEBIDA Y OTRAS DEFRAUDACIONES
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Villagarcia de Arosa, sobre falta de daños. Para la determinación de la pena el Juzgador debe efectuar cuando menos una sucinta motivación acerca del porqué la impone en su extensión máxima, que en el presente caso es de 20 días multa, extremo al que no dedica razonamiento alguno. En consecuencia, el Tribunal considera que ante dicha falta de motiva
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Melilla, sobre falta contra el orden público. La apelante basa su apelación en la cuantía de la pena, días multa, y en la cuota de cada una de ellos. Analizada la pena, se observa adecuada a la gravedad del hecho y la cuota fijada se considera proporcional a los ingresos normales de una trabajadora.
Se desestima el recurso de apelación contra sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Torrelaguna, sobre falta de lesiones, vejaciones y daños. El Tribunal de apelación no puede proceder a valorar nuevamente las declaraciones personales de las partes y testigos de primera instancia, para corregir el criterio seguido en la valoración de dichas pruebas; criterio que no se aprecia como ilógico, irracional o arbitrario, a la vista del acta del juicio, ni que el juzgador