Jurisprudencia sobre Despacho de la ejecución.
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Marco, Amelia Mateo
Rodriguez Gonzalez, Maria Begoña
Holgado Madruga, Federico
Rico Rajo, Paulino
Valdes Garrido, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Auto
Sentencia
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
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Despacho de la ejecución
Sentencia SOCIAL Nº 2539/2017, TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 956/2017, 05-05-2017
INCIDENTES DE EJECUCION
Auto CIVIL Nº 57/2015, AP - Girona, Sec. 1, Rec 681/2014, 16-02-2015
PRIMERO.- Se interpone recurso de apelación por los ejecutados, Felicisimo y Hortensia contra el auto dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Santa Coloma de Farners de 21 de febrero del 2014 , en el que se desestimó la oposición a la ejecución hipotecaria instada por la entidad CATALUNYA BANC, S.A.contra dichos ejecutantes.SEGUNDO.- Se comienza el recurso realizando una serie de alegaciones sobre los efectos de la sentencia del TJCE de 17 de julio del 2014 , q
Auto CIVIL Nº 469/2011, AP - Madrid, Sec. 22, Rec 860/2010, 25-11-2011
PRIMERO.- Por la dirección letrada de la parte apelante se interesa la revocación de la resolución recurrida y se pide se dicte resolución en el sentido de que se acuerde la imposición de costas a la contraparte y se acuerde la imposición de costas a la contraparte en relación al despacho de ejecución interesado por la suma 11622,47 euros abonando con posterioridad al escrito solicitando la ampliación de la ejecución por dicho importe y alega entre otras razones que la exención de la imposic
Auto CIVIL Nº 175/2016, AP - Barcelona, Sec. 1, Rec 521/2015, 06-05-2016
PRIMERO.- Planteamiento del litigio. Resolución de instancia. Recurso de apelación I.- La representación procesal de Catalunya Banc SA presentó demanda de ejecución dineraria hipotecaria contra D. Baldomero y Dña. Florencia con fundamento en la escritura de constitución de préstamo con garantía hipotecaria suscrita el día 30 de noviembre de 2006, por la total suma de 901.500 euros, en la que se habían convenido pagos aplazados de periodicidad mensual que la demandada había incumplido desde l
Auto CIVIL Nº 185/2015, AP - Madrid, Sec. 10, Rec 566/2014, 20-05-2015
PRIMERO.- Se aceptan, incorporan a la presente y dan aquí por reproducidos en gracia a la economía procesal los razonamientos de la resolución recurrida, en todo cuanto no aparezca contradicho o desvirtuado por los que se expresan a continuación.SEGUNDO.- I. Ámbito del incidente de oposición al despacho de la ejecución Como tiene declarado esta Sección en numerosas resoluciones, entre ellas en el Auto 342/2007, de 10 de diciembre [ROJ: AAP M 14858/2007 ; RA 647/2007] -citada
Auto CIVIL Nº 63/2016, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 77/2015, 24-02-2016
PRIMERO .- Ejercitó Caixabank SA -como sucesora de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra- acción ejecutiva hipotecaria frente a D. Calixto por razón del impago del préstamo con garantía real concertado mediante escritura otorgada en fecha 22 de diciembre de 1997, novado sucesivamente los siguientes 18 de marzo de 2011 y 20 de julio de 2012, por un importe final de 283.895'90 euros y vencimiento el 22 de diciembre de 2017.El Juzgado desestimó la oposición que, primero por motiv
Auto CIVIL Nº 157/2016, AP - Granada, Sec. 3, Rec 282/2016, 12-09-2016
PRIMERO.- El procedimiento hipotecario se inicia el 17 de febrero de 2014 por Catalunya Banc, S.A., para la realización de la garantía hipotecaria constituida a su favor sobre la finca registral nº NUM000 del Registro de la Propiedad nº 2 de Santa Fe, en la escritura de préstamo hipotecario otorgada el 26 de octubre de 2006, acción que se dirige frente a don Celestino que se personó en el procedimiento y se opuso a la ejecución despachada con el escrito de 20 de febrero de 2015, solicitando
Auto CIVIL Nº 114/2012, AP - Madrid, Sec. 13, Rec 526/2011, 11-05-2012
PRIMERO.- Por la representación de la ACC Seguros y Reaseguros S.A. (hoy Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros), demandada en primera instancia, se interpone recurso contra el Auto dictado por la Ilma. Sra. Magistrado Juez de 1ª instancia nº 91 de Madrid con fecha 1 de octubre de 2.010, desestimatorio de la oposición formulada por la referida demandada contra el Auto de 19 de junio de 2.009 que despachó ejecución a instancias del actor y hoy apelado D. Miguel , denunciando como moti
Auto CIVIL Nº 280/2014, AP - Girona, Sec. 1, Rec 527/2014, 26-11-2014
PRIMERO.- Se interpone recurso de apelación por Cristobal contra el auto dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Girona de 23 de enero del 2014 , en el que se desestimó la oposición a la ejecución hipotecaria instada por la entidad BANCO MARE NOSTRUM, oposición que se fundamentó esencialmente en la existencia de cláusulas abusivas.SEGUNDO.- Se comienza el recurso realizando una serie de alegaciones sobre los efectos de la sentencia del TJCE de 17 de julio del 2014 , qu
Auto CIVIL Nº 71/2016, AP - Barcelona, Sec. 17, Rec 502/2015, 02-03-2016
PRIMERO.- Los del auto apelado.SEGUNDO.- En autos de ejecución de título no judicial promovidos por BANCO SANTANDER SA recae auto desestimatorio de la oposición que por motivos formales había presentado el fiador D. Ramón .Frente a semejante pronuncamiento se alza el ejecutado interresando la revocación de dicho auto por no haberse presentado el documento que acredita la notificación extrajudicial de la deuda.TERCERO.- El auto de la sección 13ª de la A
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Sentencia SOCIAL Nº 2539/2017, TSJ Galicia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 956/2017, 05-05-2017
INCIDENTES DE EJECUCION
Auto CIVIL Nº 57/2015, AP - Girona, Sec. 1, Rec 681/2014, 16-02-2015
PRIMERO.- Se interpone recurso de apelación por los ejecutados, Felicisimo y Hortensia contra el auto dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Santa Coloma de Farners de 21 de febrero del 2014 , en el que se desestimó la oposición a la ejecución hipotecaria instada por la entidad CATALUNYA BANC, S.A.contra dichos ejecutantes.SEGUNDO.- Se comienza el recurso realizando una serie de alegaciones sobre los efectos de la sentencia del TJCE de 17 de julio del 2014 , q
Auto CIVIL Nº 469/2011, AP - Madrid, Sec. 22, Rec 860/2010, 25-11-2011
PRIMERO.- Por la dirección letrada de la parte apelante se interesa la revocación de la resolución recurrida y se pide se dicte resolución en el sentido de que se acuerde la imposición de costas a la contraparte y se acuerde la imposición de costas a la contraparte en relación al despacho de ejecución interesado por la suma 11622,47 euros abonando con posterioridad al escrito solicitando la ampliación de la ejecución por dicho importe y alega entre otras razones que la exención de la imposic
Auto CIVIL Nº 175/2016, AP - Barcelona, Sec. 1, Rec 521/2015, 06-05-2016
PRIMERO.- Planteamiento del litigio. Resolución de instancia. Recurso de apelación I.- La representación procesal de Catalunya Banc SA presentó demanda de ejecución dineraria hipotecaria contra D. Baldomero y Dña. Florencia con fundamento en la escritura de constitución de préstamo con garantía hipotecaria suscrita el día 30 de noviembre de 2006, por la total suma de 901.500 euros, en la que se habían convenido pagos aplazados de periodicidad mensual que la demandada había incumplido desde l
Auto CIVIL Nº 185/2015, AP - Madrid, Sec. 10, Rec 566/2014, 20-05-2015
PRIMERO.- Se aceptan, incorporan a la presente y dan aquí por reproducidos en gracia a la economía procesal los razonamientos de la resolución recurrida, en todo cuanto no aparezca contradicho o desvirtuado por los que se expresan a continuación.SEGUNDO.- I. Ámbito del incidente de oposición al despacho de la ejecución Como tiene declarado esta Sección en numerosas resoluciones, entre ellas en el Auto 342/2007, de 10 de diciembre [ROJ: AAP M 14858/2007 ; RA 647/2007] -citada
Auto CIVIL Nº 63/2016, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 77/2015, 24-02-2016
PRIMERO .- Ejercitó Caixabank SA -como sucesora de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra- acción ejecutiva hipotecaria frente a D. Calixto por razón del impago del préstamo con garantía real concertado mediante escritura otorgada en fecha 22 de diciembre de 1997, novado sucesivamente los siguientes 18 de marzo de 2011 y 20 de julio de 2012, por un importe final de 283.895'90 euros y vencimiento el 22 de diciembre de 2017.El Juzgado desestimó la oposición que, primero por motiv
Auto CIVIL Nº 157/2016, AP - Granada, Sec. 3, Rec 282/2016, 12-09-2016
PRIMERO.- El procedimiento hipotecario se inicia el 17 de febrero de 2014 por Catalunya Banc, S.A., para la realización de la garantía hipotecaria constituida a su favor sobre la finca registral nº NUM000 del Registro de la Propiedad nº 2 de Santa Fe, en la escritura de préstamo hipotecario otorgada el 26 de octubre de 2006, acción que se dirige frente a don Celestino que se personó en el procedimiento y se opuso a la ejecución despachada con el escrito de 20 de febrero de 2015, solicitando
Auto CIVIL Nº 114/2012, AP - Madrid, Sec. 13, Rec 526/2011, 11-05-2012
PRIMERO.- Por la representación de la ACC Seguros y Reaseguros S.A. (hoy Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros), demandada en primera instancia, se interpone recurso contra el Auto dictado por la Ilma. Sra. Magistrado Juez de 1ª instancia nº 91 de Madrid con fecha 1 de octubre de 2.010, desestimatorio de la oposición formulada por la referida demandada contra el Auto de 19 de junio de 2.009 que despachó ejecución a instancias del actor y hoy apelado D. Miguel , denunciando como moti
Auto CIVIL Nº 280/2014, AP - Girona, Sec. 1, Rec 527/2014, 26-11-2014
PRIMERO.- Se interpone recurso de apelación por Cristobal contra el auto dictado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Girona de 23 de enero del 2014 , en el que se desestimó la oposición a la ejecución hipotecaria instada por la entidad BANCO MARE NOSTRUM, oposición que se fundamentó esencialmente en la existencia de cláusulas abusivas.SEGUNDO.- Se comienza el recurso realizando una serie de alegaciones sobre los efectos de la sentencia del TJCE de 17 de julio del 2014 , qu
Auto CIVIL Nº 71/2016, AP - Barcelona, Sec. 17, Rec 502/2015, 02-03-2016
PRIMERO.- Los del auto apelado.SEGUNDO.- En autos de ejecución de título no judicial promovidos por BANCO SANTANDER SA recae auto desestimatorio de la oposición que por motivos formales había presentado el fiador D. Ramón .Frente a semejante pronuncamiento se alza el ejecutado interresando la revocación de dicho auto por no haberse presentado el documento que acredita la notificación extrajudicial de la deuda.TERCERO.- El auto de la sección 13ª de la A