Jurisprudencia sobre Despacho de la ejecución.
Filtros
Ponente
Marco, Amelia Mateo
Rodriguez Gonzalez, Maria Begoña
Holgado Madruga, Federico
Rico Rajo, Paulino
Valdes Garrido, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Auto
Sentencia
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
RETRASO DESLEAL EN EL EJERCICIO DEL DERECHO.- Proseguir un procedimiento ejecutivo diecisiete años después de su paralización al haberse pagado en parte la deuda reclamada.- Solo se indemnizan los daños materiales probados.-
Se estima el recurso de casación formulado contra Sentencia desestimatoria de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 20ª, sobre reclamación de daños y perjuicios, por ejercicio desleal del derecho.
<p sCOMPRAVENTA DE VIVIENDA.- Inadmisión del recurso extraordinario por infracción procesal, por carencia de fundamento (art.
Se declara la inadmisión del recurso de casación interp
Se declara la inadmisión del recurso de casación interpuesto contra Sentencia estimatoria de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Novena, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sobre responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria. La Sala declara que atendiendo a la tabla en la que se fijan las indemnizaciones a las que se tendría derecho según los demandantes, y que finalmente fue acogida por la sentencia recurrida, algunas partidas resultan individualizadas y
El TS anula los dos Autos del Juzgado impugnados, con devolución de las actuaciones al mismo para que, partiendo de su competencia objetiva en la materia, tramite y decida la petición de jura de cuenta en la forma dispuesta legalmente. Basa la Sala su pronunciamiento en que no tuvo presente la Sala que la decisión del Juzgado que denegó la admisión de la demanda de jura de cuenta se había apoyado principalmente en su falta de competencia objetiva al respecto. Frente a tal decisión concede de
MONITORIO. -Recurso de queja contra inadmisión de recurso extraordinario por infracción procesal en juicio monitorio. -Resolución no recurrible en casación. - La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal.- Se desestima la queja.
La Audiencia Provincial de Asturias desestima la impugnación de la tasación de costas por indebidas; la Sala señala que el art.521.2 de la
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Oviedo, sobre impugnación de intereses de demora en ejecución de contrato de préstamo. En vista de disposiciones legales sobre la materia y en uso de la facultad moderadora que la ley reconoce al Juez a propósito de la pena convencional, declaramos la procedencia de calcular los intereses moratorios manteniendo una proporción de dos veces y media el interés legal
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Gijón, sobre impugnación de tasación de costas. La Sala considera que el ejecutado está obligado a abonar las costas causadas en la ejecución, pues el sólo hecho de que la solicitud de ejecución se presentase antes de que hubiese transcurrido el plazo señalado por ley, no invalidaba su despacho. Asimismo considera justificados los honorarios del procurador, p
Considera la Sala que la limitación establecida en el poder -de fecha 11 de mayo de 1.998-, se extiende tan solo al hecho de no poderse avalar o garantizar cualesquiera préstamos hipotecarios concedidos por entidades bancarias, salvo los que lo sean a la mercantil (apartado c) in fine de las facultades del poder); Sin embargo esta limitación no puede extenderse en los términos en que pretende el apelante, pues no consta en modo alguno en la escritura de apoderamiento, de tal manera que s
RETRASO DESLEAL EN EL EJERCICIO DEL DERECHO.- Proseguir un procedimiento ejecutivo diecisiete años después de su paralización al haberse pagado en parte la deuda reclamada.- Solo se indemnizan los daños materiales probados.-
Se estima el recurso de casación formulado contra Sentencia desestimatoria de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 20ª, sobre reclamación de daños y perjuicios, por ejercicio desleal del derecho.
<p sCOMPRAVENTA DE VIVIENDA.- Inadmisión del recurso extraordinario por infracción procesal, por carencia de fundamento (art.
Se declara la inadmisión del recurso de casación interp
Se declara la inadmisión del recurso de casación interpuesto contra Sentencia estimatoria de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Novena, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sobre responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria. La Sala declara que atendiendo a la tabla en la que se fijan las indemnizaciones a las que se tendría derecho según los demandantes, y que finalmente fue acogida por la sentencia recurrida, algunas partidas resultan individualizadas y
El TS anula los dos Autos del Juzgado impugnados, con devolución de las actuaciones al mismo para que, partiendo de su competencia objetiva en la materia, tramite y decida la petición de jura de cuenta en la forma dispuesta legalmente. Basa la Sala su pronunciamiento en que no tuvo presente la Sala que la decisión del Juzgado que denegó la admisión de la demanda de jura de cuenta se había apoyado principalmente en su falta de competencia objetiva al respecto. Frente a tal decisión concede de
MONITORIO. -Recurso de queja contra inadmisión de recurso extraordinario por infracción procesal en juicio monitorio. -Resolución no recurrible en casación. - La improcedencia del recurso de casación determina la del extraordinario por infracción procesal.- Se desestima la queja.
La Audiencia Provincial de Asturias desestima la impugnación de la tasación de costas por indebidas; la Sala señala que el art.521.2 de la
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Oviedo, sobre impugnación de intereses de demora en ejecución de contrato de préstamo. En vista de disposiciones legales sobre la materia y en uso de la facultad moderadora que la ley reconoce al Juez a propósito de la pena convencional, declaramos la procedencia de calcular los intereses moratorios manteniendo una proporción de dos veces y media el interés legal
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Gijón, sobre impugnación de tasación de costas. La Sala considera que el ejecutado está obligado a abonar las costas causadas en la ejecución, pues el sólo hecho de que la solicitud de ejecución se presentase antes de que hubiese transcurrido el plazo señalado por ley, no invalidaba su despacho. Asimismo considera justificados los honorarios del procurador, p
Considera la Sala que la limitación establecida en el poder -de fecha 11 de mayo de 1.998-, se extiende tan solo al hecho de no poderse avalar o garantizar cualesquiera préstamos hipotecarios concedidos por entidades bancarias, salvo los que lo sean a la mercantil (apartado c) in fine de las facultades del poder); Sin embargo esta limitación no puede extenderse en los términos en que pretende el apelante, pues no consta en modo alguno en la escritura de apoderamiento, de tal manera que s