Jurisprudencia sobre Desistimiento unilateral.
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Voces
Arrendatario
Sociedad de responsabilidad limitada
Resolución de los contratos
Cláusula penal
Arrendador
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Utrillas Carbonell, Fernando
Conca Perez, Vicente
Cremades Morant, Juan Bautista
Belo Gonzalez, Ramon
Valero Diez, Jose Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
COSTAS Idioma: Español
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Lleida, sobre el desistimiento del procedimiento. El supuesto de no imposición de costas está reservado para los casos en que el desistimiento unilateral se debe a la falta de emplazamiento del demandado, o incluso después, si éste a sido declarado en rebeldía, lo que no ocurre en el presente caso, por lo que el demandante debe hacer frente a las costas causadas en el procedimiento.
La Audiencia Provincial de Guadalajara desestima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la jurisprudencia tiene establecido que la congruencia no implica una conformidad literal rígida con las peticiones de las partes, sino una adecuación racional y flexible entre lo postulado y lo concedido; respecto a la resolución de los contratos, la Sala señala que la facultad resolutoria contenida en el art.1124 del <rel id="7499513" uri="http://poolparty.iberley.es/Le
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
COSTAS Idioma: Español
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Lleida, sobre el desistimiento del procedimiento. El supuesto de no imposición de costas está reservado para los casos en que el desistimiento unilateral se debe a la falta de emplazamiento del demandado, o incluso después, si éste a sido declarado en rebeldía, lo que no ocurre en el presente caso, por lo que el demandante debe hacer frente a las costas causadas en el procedimiento.
La Audiencia Provincial de Guadalajara desestima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que la jurisprudencia tiene establecido que la congruencia no implica una conformidad literal rígida con las peticiones de las partes, sino una adecuación racional y flexible entre lo postulado y lo concedido; respecto a la resolución de los contratos, la Sala señala que la facultad resolutoria contenida en el art.1124 del <rel id="7499513" uri="http://poolparty.iberley.es/Le
MATERIAS NO ESPECIFICADAS