Jurisprudencia sobre Cláu...ntractual.

Jurisprudencia sobre Cláusula contractual.

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Cláusula contractual
Auto CIVIL Nº 119/2016, AP - Barcelona, Sec. 13, Rec 963/2015, 07-04-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: UTRILLAS CARBONELL, FERNANDO


Nº de sentencia: 119/2016



PRIMERO. - Apela la ejecutante NCG Banco, S.A. el pronunciamiento del Auto de 11 de junio de 2015 , dictado en los autos de Ejecución Hipotecaria nº 310/14 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Martorell, que declara abusiva la cláusula suelo, contenida en la escritura pública de préstamo hipotecario, de 21 de julio de 2010, novada por otra de 10 de agosto de 2012, concertado con los ejecutados Sra. Genoveva y Sr. Gumersindo , con garantía hipotecaria sobre la vivienda en C/ DIRECCION000
Auto CIVIL Nº 57/2017, AP - Pontevedra, Sec. 1, Rec 770/2016, 16-02-2017

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: MENÉNDEZ ESTÉBANEZ, FRANCISCO JAVIER


Nº de sentencia: 57/2017



HIPOTECARIO

Auto CIVIL Nº 189/2017, AP - Valencia, Sec. 11, Rec 944/2016, 16-05-2017

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: GIMENEZ MURRIA, ALEJANDRO FRANCISCO


Nº de sentencia: 189/2017



Comparte la Sala los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida, y.PRIMERO.- En el procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado en reclamación de la suma de 154.030,94 de principal, por providencia de 30 de noviembre de 2015 se acordó oír las partes por diez días por posible nulidad de actuaciones ante la abusividad de las cláusulas de vencimiento anticipado.Dictando Auto declarando la nulidad parcial del contrato de préstamo con garantía hipotecaria en cuanto a
Auto CIVIL Nº 352/2016, AP - Valencia, Sec. 6, Rec 656/2016, 23-09-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: FERRAGUT PÉREZ, MARÍA EUGENIA


Nº de sentencia: 352/2016



PRIMERO .- La resolución apelada decretó el sobreseimiento de la ejecución despachada por auto de 21 de Enero de 2.016 frente al deudor hipotecario.Por Providencia de 3 de mayo de 2.016 se acordó oír a las partes sobre el posible carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado.Presentó escrito la ejecutante oponiéndose a la declaración de nulidad de esa cláusula que contenida en la escritura de constitución de hipoteca de fecha 5 de Diciembre de 2.006, cláusula sext
Auto CIVIL Nº 477/2016, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 487/2016, 02-12-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: ZAPATA CAMACHO, INMACULADA CONCEPCION


Nº de sentencia: 477/2016



PRIMERO .- En marzo de 2016 ejercitó Bankia SA -como sucesora de Bancaja- acción ejecutiva hipotecaria frente a D. Eloy y Dª Araceli por razón del impago del préstamo con garantía real concertado mediante escritura otorgada en fecha 3 de junio de 2003, novado el siguiente 6 de octubre de 2004.El Juzgado, tras conferir a la ejecutante el oportuno trámite de alegaciones inadmitió la demanda como consecuencia de la declarada nulidad por abusiva de la cláusula contractual sexta bis de la
Auto CIVIL Nº 166/2016, AP - Barcelona, Sec. 4, Rec 812/2015, 04-04-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: DEL VALLE GARCÍA, MARTA DOLORES


Nº de sentencia: 166/2016



Primero.- El iter procedimental ha sido el siguiente.La entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. presentó demanda de ejecución ordinaria contra D. Horacio y contra Dña. Bibiana , y, con carácter previo a ser despachada ejecución, mediante providencia de 19 de diciembre de 2014, se acordó dar traslado a ambas partes por el plazo de quince días, para que se pronunciasen sobre la existencia de posibles cláusulas abusivas en el título de ejecución conforme a lo dispuesto en el art.552.1
Auto CIVIL Nº 444/2016, AP - Valencia, Sec. 6, Rec 838/2016, 18-11-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: FERRAGUT PÉREZ, MARÍA EUGENIA


Nº de sentencia: 444/2016



PRIMERO .- La resolución apelada declaró la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, que es la sexta bis del contrato de préstamo de fecha 5 de marzo de 2.008 que prevé la facultad del prestamista de declarar vencido anticipadamente el préstamo cuando la prestataria: ' no satisfaciera alguna de las cuotas de interés o de amortización pactadas en esta escritura' (folio 41 vto).Sostiene el apelante que el ejercicio de la facultad de vencimiento anticipado no resulta abusivo y
Auto CIVIL Nº 387/2016, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 488/2015, 21-10-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: ZAPATA CAMACHO, INMACULADA CONCEPCION


Nº de sentencia: 387/2016



PRIMERO .- Ejercitó Banco Santander SA -antes, Banco Santander Central Hispano SA- acción ejecutiva hipotecaria frente a D. Salvador , Dª Esmeralda , D. Marco Antonio y Dª Reyes por razón del impago del préstamo con garantía real concertado mediante escritura otorgada en fecha 27 de febrero de 2006, novada los siguientes 20 de marzo de 2007 y 28 de mayo de 2009.Acogiendo tan sólo parcialmente la oposición que habían formulado los deudores hipotecarios, declaró el Juzgado abusiva y, p
Auto CIVIL Nº 331/2015, AP - Barcelona, Sec. 13, Rec 377/2015, 02-11-2015

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: UTRILLAS CARBONELL, FERNANDO


Nº de sentencia: 331/2015



PRIMERO.- Apela la parte ejecutada D. Blas y Dña. Susana el pronunciamiento del Auto de 5 de febrero de 2015 , dictado en el Incidente Extraordinario de Oposición a la Ejecución Hipotecaria nº 414/14 del Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Barcelona, que desestima su oposición en relación con la pretendida nulidad, por abusiva, de la cláusula 6ª bis, de vencimiento anticipado, pactada en la escritura pública de crédito hipotecario, de 31 de agosto de 2001, concertada con la ejecutante Caix
Auto CIVIL Nº 242/2015, AP - Barcelona, Sec. 13, Rec 235/2015, 21-07-2015

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: UTRILLAS CARBONELL, FERNANDO


Nº de sentencia: 242/2015



PRIMERO .- Apelan los ejecutados Sr. Héctor y Sra. Irene el pronunciamiento del Auto de 14 de enero de 2015 , dictado en los autos de Ejecución nº 410/14 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Sant Feliu de Llobregat, que no declara abusiva la cláusula 6ª bis, de vencimiento anticipado, pactada en la escritura pública de préstamo, de 10 de noviembre de 2010, concertado con Caixa d'Estalvis Unió de Caixes de Manlleu, Sabadell, i Terrasa, después Unnim, y ahora Banco Bilbao Vizcaya Argentari

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Cláusula contractual
Auto CIVIL Nº 119/2016, AP - Barcelona, Sec. 13, Rec 963/2015, 07-04-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: UTRILLAS CARBONELL, FERNANDO


Nº de sentencia: 119/2016



PRIMERO. - Apela la ejecutante NCG Banco, S.A. el pronunciamiento del Auto de 11 de junio de 2015 , dictado en los autos de Ejecución Hipotecaria nº 310/14 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Martorell, que declara abusiva la cláusula suelo, contenida en la escritura pública de préstamo hipotecario, de 21 de julio de 2010, novada por otra de 10 de agosto de 2012, concertado con los ejecutados Sra. Genoveva y Sr. Gumersindo , con garantía hipotecaria sobre la vivienda en C/ DIRECCION000
Auto CIVIL Nº 57/2017, AP - Pontevedra, Sec. 1, Rec 770/2016, 16-02-2017

Orden: Civil


Tribunal: AP - Pontevedra


Ponente: MENÉNDEZ ESTÉBANEZ, FRANCISCO JAVIER


Nº de sentencia: 57/2017



HIPOTECARIO

Auto CIVIL Nº 189/2017, AP - Valencia, Sec. 11, Rec 944/2016, 16-05-2017

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: GIMENEZ MURRIA, ALEJANDRO FRANCISCO


Nº de sentencia: 189/2017



Comparte la Sala los razonamientos jurídicos de la resolución recurrida, y.PRIMERO.- En el procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado en reclamación de la suma de 154.030,94 de principal, por providencia de 30 de noviembre de 2015 se acordó oír las partes por diez días por posible nulidad de actuaciones ante la abusividad de las cláusulas de vencimiento anticipado.Dictando Auto declarando la nulidad parcial del contrato de préstamo con garantía hipotecaria en cuanto a
Auto CIVIL Nº 352/2016, AP - Valencia, Sec. 6, Rec 656/2016, 23-09-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: FERRAGUT PÉREZ, MARÍA EUGENIA


Nº de sentencia: 352/2016



PRIMERO .- La resolución apelada decretó el sobreseimiento de la ejecución despachada por auto de 21 de Enero de 2.016 frente al deudor hipotecario.Por Providencia de 3 de mayo de 2.016 se acordó oír a las partes sobre el posible carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado.Presentó escrito la ejecutante oponiéndose a la declaración de nulidad de esa cláusula que contenida en la escritura de constitución de hipoteca de fecha 5 de Diciembre de 2.006, cláusula sext
Auto CIVIL Nº 477/2016, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 487/2016, 02-12-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: ZAPATA CAMACHO, INMACULADA CONCEPCION


Nº de sentencia: 477/2016



PRIMERO .- En marzo de 2016 ejercitó Bankia SA -como sucesora de Bancaja- acción ejecutiva hipotecaria frente a D. Eloy y Dª Araceli por razón del impago del préstamo con garantía real concertado mediante escritura otorgada en fecha 3 de junio de 2003, novado el siguiente 6 de octubre de 2004.El Juzgado, tras conferir a la ejecutante el oportuno trámite de alegaciones inadmitió la demanda como consecuencia de la declarada nulidad por abusiva de la cláusula contractual sexta bis de la
Auto CIVIL Nº 166/2016, AP - Barcelona, Sec. 4, Rec 812/2015, 04-04-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: DEL VALLE GARCÍA, MARTA DOLORES


Nº de sentencia: 166/2016



Primero.- El iter procedimental ha sido el siguiente.La entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. presentó demanda de ejecución ordinaria contra D. Horacio y contra Dña. Bibiana , y, con carácter previo a ser despachada ejecución, mediante providencia de 19 de diciembre de 2014, se acordó dar traslado a ambas partes por el plazo de quince días, para que se pronunciasen sobre la existencia de posibles cláusulas abusivas en el título de ejecución conforme a lo dispuesto en el art.552.1
Auto CIVIL Nº 444/2016, AP - Valencia, Sec. 6, Rec 838/2016, 18-11-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Valencia


Ponente: FERRAGUT PÉREZ, MARÍA EUGENIA


Nº de sentencia: 444/2016



PRIMERO .- La resolución apelada declaró la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, que es la sexta bis del contrato de préstamo de fecha 5 de marzo de 2.008 que prevé la facultad del prestamista de declarar vencido anticipadamente el préstamo cuando la prestataria: ' no satisfaciera alguna de las cuotas de interés o de amortización pactadas en esta escritura' (folio 41 vto).Sostiene el apelante que el ejercicio de la facultad de vencimiento anticipado no resulta abusivo y
Auto CIVIL Nº 387/2016, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 488/2015, 21-10-2016

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: ZAPATA CAMACHO, INMACULADA CONCEPCION


Nº de sentencia: 387/2016



PRIMERO .- Ejercitó Banco Santander SA -antes, Banco Santander Central Hispano SA- acción ejecutiva hipotecaria frente a D. Salvador , Dª Esmeralda , D. Marco Antonio y Dª Reyes por razón del impago del préstamo con garantía real concertado mediante escritura otorgada en fecha 27 de febrero de 2006, novada los siguientes 20 de marzo de 2007 y 28 de mayo de 2009.Acogiendo tan sólo parcialmente la oposición que habían formulado los deudores hipotecarios, declaró el Juzgado abusiva y, p
Auto CIVIL Nº 331/2015, AP - Barcelona, Sec. 13, Rec 377/2015, 02-11-2015

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: UTRILLAS CARBONELL, FERNANDO


Nº de sentencia: 331/2015



PRIMERO.- Apela la parte ejecutada D. Blas y Dña. Susana el pronunciamiento del Auto de 5 de febrero de 2015 , dictado en el Incidente Extraordinario de Oposición a la Ejecución Hipotecaria nº 414/14 del Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Barcelona, que desestima su oposición en relación con la pretendida nulidad, por abusiva, de la cláusula 6ª bis, de vencimiento anticipado, pactada en la escritura pública de crédito hipotecario, de 31 de agosto de 2001, concertada con la ejecutante Caix
Auto CIVIL Nº 242/2015, AP - Barcelona, Sec. 13, Rec 235/2015, 21-07-2015

Orden: Civil


Tribunal: AP - Barcelona


Ponente: UTRILLAS CARBONELL, FERNANDO


Nº de sentencia: 242/2015



PRIMERO .- Apelan los ejecutados Sr. Héctor y Sra. Irene el pronunciamiento del Auto de 14 de enero de 2015 , dictado en los autos de Ejecución nº 410/14 del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Sant Feliu de Llobregat, que no declara abusiva la cláusula 6ª bis, de vencimiento anticipado, pactada en la escritura pública de préstamo, de 10 de noviembre de 2010, concertado con Caixa d'Estalvis Unió de Caixes de Manlleu, Sabadell, i Terrasa, después Unnim, y ahora Banco Bilbao Vizcaya Argentari

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