Jurisprudencia sobre Cesión ilegal de trabajadores.
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Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Cea Ayala, Benedicto
Diaz Alonso, Maria Elena
Juanes Fraga, Enrique
Ruiz Pontones, Manuel
Lacambra Morera, Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
En cuanto a la petición formulada tendente a obtener una mayor indemnización y abono en los salarios de tramitación derivados del despido improcedente declarado, y ello en base a que a la demandante le corresponde un salario superior al fijado por la sentencia recurrida, debe ser desestimada. No habiéndose apreciado la cesión ilegal de mano de obra, no resulta aplicable a la recurrente el salario interesado en base a la aplicación del Convenio Colectivo del Museo. Y en cuanto al
La empresa IME, con estructura organizativa, productiva y empresarial propia, no se limitó a ceder la mano de obra de los demandantes a las codemandadas FIMB-BEC, sino que, durante los largos años en los que les prestó sus servicios de mantenimiento eléctrico, puso a su disposición los elementos personales y materiales que configuran su estructura empresarial y actuó como empresario real de los demandantes. En consecuencia, sin que pueda confundirse en este caso el tráfico prohi
En cuanto a la petición formulada tendente a obtener una mayor indemnización y abono en los salarios de tramitación derivados del despido improcedente declarado, y ello en base a que a la demandante le corresponde un salario superior al fijado por la sentencia recurrida, debe ser desestimada. No habiéndose apreciado la cesión ilegal de mano de obra, no resulta aplicable a la recurrente el salario interesado en base a la aplicación del Convenio Colectivo del Museo. Y en cuanto al
La empresa IME, con estructura organizativa, productiva y empresarial propia, no se limitó a ceder la mano de obra de los demandantes a las codemandadas FIMB-BEC, sino que, durante los largos años en los que les prestó sus servicios de mantenimiento eléctrico, puso a su disposición los elementos personales y materiales que configuran su estructura empresarial y actuó como empresario real de los demandantes. En consecuencia, sin que pueda confundirse en este caso el tráfico prohi