Jurisprudencia sobre Cesión ilegal de trabajadores.
Filtros
Voces
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Cea Ayala, Benedicto
Diaz Alonso, Maria Elena
Juanes Fraga, Enrique
Ruiz Pontones, Manuel
Lacambra Morera, Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
JUNTA DE ANDALUCÍA -CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN-. Cesión ilegal de trabajadores en el contexto de un contrato administrativo de Monitores para el Servicio de Apoyo y Asistencia a alumnado con necesidades educativas de apoyo específico en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. Federación FEPAMIC. Inexistencia de cesión ilegal. Aplica doctrina RRCUD. 1907/2020, 1903/2020 y 2715/2020 deliberados en la misma fecha.
DESPIDO. PRETENDIDA VULNERACIÓN DE LA GARANTÍA DE INDEMNIDAD EN LA EMPRESA TRAGSATEC, POR SER CESADO DIEZ MESES DESPUÉS DE HABER RECLAMADO JUDICIALMENTE POR CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES. INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON SENTENCIA DE ESTA SALA [STS 21/01/14 RCUD 941/13] QUE DECLARÓ LA NULIDAD DEL DESPIDO, PORQUE EN LA RECURRIDA -A DIFERENCIA DE LA REFERENCIAL- SE DICE QUE SE HABÍA EXTINGUIDO LA ENCOMIENDA OBJETO DEL CONTRATO Y QUE TAMBIÉN FUERON CESADOS LOS RESTANTES TRABAJADORES DEL CENTRO
PRIMERO.- La instancia ha dictado Sentencia en la que ha estimado la demanda formulada por D. Marino contra Dña. Sacramento la entidad 'SERVICIOS EMPRESARIALES ADER, S. A.' -en adelante, ADER - y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y ha declarado la improcedencia de la decisión empresarial de despido objetivo de fecha 31 de diciembre de 2020 con efectos a esa misma fecha, condenando a la empresa demandada en las consecuencias legales de tal declaración.
JUNTA DE ANDALUCÍA -CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN-. Cesión ilegal de trabajadores en el contexto de un contrato administrativo de Monitores para el Servicio de Apoyo y Asistencia a alumnado con necesidades educativas de apoyo específico en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. Federación FEPAMIC. Inexistencia de cesión ilegal. Aplica doctrina RRCUD. 1907/2020, 1903/2020 y 2715/2020 deliberados en la misma fecha.
DESPIDO. PRETENDIDA VULNERACIÓN DE LA GARANTÍA DE INDEMNIDAD EN LA EMPRESA TRAGSATEC, POR SER CESADO DIEZ MESES DESPUÉS DE HABER RECLAMADO JUDICIALMENTE POR CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES. INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON SENTENCIA DE ESTA SALA [STS 21/01/14 RCUD 941/13] QUE DECLARÓ LA NULIDAD DEL DESPIDO, PORQUE EN LA RECURRIDA -A DIFERENCIA DE LA REFERENCIAL- SE DICE QUE SE HABÍA EXTINGUIDO LA ENCOMIENDA OBJETO DEL CONTRATO Y QUE TAMBIÉN FUERON CESADOS LOS RESTANTES TRABAJADORES DEL CENTRO
PRIMERO.- La instancia ha dictado Sentencia en la que ha estimado la demanda formulada por D. Marino contra Dña. Sacramento la entidad 'SERVICIOS EMPRESARIALES ADER, S. A.' -en adelante, ADER - y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, y ha declarado la improcedencia de la decisión empresarial de despido objetivo de fecha 31 de diciembre de 2020 con efectos a esa misma fecha, condenando a la empresa demandada en las consecuencias legales de tal declaración.