Jurisprudencia sobre Causas organizativas.
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Despido colectivo
Reducción de jornada laboral
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Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Moreno Gonzalez-aller, Ignacio
Muñoz, Fernando Esteban
Garcia Alarcon, Maria Virginia
Juanes Fraga, Enrique
Ramos Real, Eduardo Jesus
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
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Causas organizativas
Sentencia SOCIAL Nº 841/2018, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3451/2016, 18-09-2018
Despido objetivo por causa organizativa. EUROGRUAS OCCIDENTAL SLU. Control judicial sobre la causa de despido. Aplicación de doctrina. Es improcedente el despido basado exclusivamente en la decisión empresarial de vender una parte de los vehículos utilizados para la actividad ordinaria. De acuerdo con Ministerio Fiscal, desestima recurso frente a la STSJ Andalucía (Sevilla) 1686/2016.
Sentencia Social Nº 3210/2015, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3085/2014, 16-12-2015
PRIMERO.-Frente a la sentencia estimatoria de la pretensión de despido, declarado improcedente, y condenándose a la empresa a las consecuencias legales, se alza en primer lugar el demandado AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES S.A. por el cauce de los
apartados b ) y
c) del art 193 LRJS , proponiéndo
Sentencia Social Nº 366/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 117/2016, 19-04-2016
PRIMERO.- Frente a la sentencia que ha declarado la procedencia de la decisión extintiva del contrato del actor formula recurso de suplicación su dirección letrada articulando un primer motivo al amparo de la
letra b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social .
Postula la modificación del HP 4º para el que propone la redacción siguiente: '
El contrato de arr
Sentencia Social Nº 46/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2486/2014, 13-01-2016
PRIMERO: Contra la desestimación por el Juzgado de la demanda interpuesta por el actor frente al despido llevado a cabo por su empresa, se alza aquél en suplicación, articulando su recurso en ocho motivos, uno a través del cauce procesal del
Art. 193 a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social , tres interesando la revisión del relato fáctico, y cuatro con fundamento adjetivo en el pá
Sentencia Social Nº 3278/2016, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1798/2016, 22-05-2016
PRIMERO.- La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social estimó la demanda interpuesta por el actor en materia de impugnación de despido objetivo.
Frente a dicha resolución, se alza en suplicación la parte demandada para interesar la revisión fáctica y jurídica de la sentencia recurrida, así como la declaración de procedencia del despido impugnado.
El recurso es impugnado de contrario.
SEGUNDO.- A través del primer motivo de recurso, amparado en el
art
Sentencia Social Nº 47/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2791/2014, 13-01-2016
PRIMERO: La actora recurre en suplicación la sentencia que ha declarado su procedencia del despido por causas objetivas llevado a cabo por MP PRODUCTIVIDAD S.A., articulando seis motivos, los tres primeros de revisión fáctica y los tres restantes de censura jurídica.
Con carácter previo ha solicitado la parte impugnante del recurso la admisión de ciertos documentos, correspondientes a las cuentas definitivas del ejercicio 2013, en tanto que las presentadas en la fecha del desp
Sentencia Social Nº 308/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 13/2016, 02-05-2016
PRIMERO:Frente a la sentencia de instancia se alzan en suplicación ambos litigantes, la actora por cuestionar la antigüedad fijada en la sentencia y coherentemente la cuantía de la indemnización por despido y la demandada por entender que debió desestimarse la demanda.
Principiando por el recurso de la empresa, se articulan en primer lugar, y por el
artículo 193 b) de la <rel i
Sentencia Social Nº 483/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 243/2016, 02-06-2016
PRIMERO.-La 'TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL' tenía concertada una contrata con 'ATENTO IMPULSA S.A.', que adjudicó a una nueva contratista el 19 de mayo de 2015. Extinguida aquélla, dicha empresa notificó a la Sra.
Belinda su despido objetivo con efectos de 26 de mayo de 2015, alegando el fin del servicio al que estaba adscrita. La trabajadora presentó demanda impugnando esta decisión, por considerarla constitutiva de despido improcedente, siendo estimada su pretensión por
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Sentencia SOCIAL Nº 841/2018, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3451/2016, 18-09-2018
Despido objetivo por causa organizativa. EUROGRUAS OCCIDENTAL SLU. Control judicial sobre la causa de despido. Aplicación de doctrina. Es improcedente el despido basado exclusivamente en la decisión empresarial de vender una parte de los vehículos utilizados para la actividad ordinaria. De acuerdo con Ministerio Fiscal, desestima recurso frente a la STSJ Andalucía (Sevilla) 1686/2016.
Sentencia Social Nº 3210/2015, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3085/2014, 16-12-2015
PRIMERO.-Frente a la sentencia estimatoria de la pretensión de despido, declarado improcedente, y condenándose a la empresa a las consecuencias legales, se alza en primer lugar el demandado AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES S.A. por el cauce de los
apartados b ) y
c) del art 193 LRJS , proponiéndo
Sentencia Social Nº 366/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 4, Rec 117/2016, 19-04-2016
PRIMERO.- Frente a la sentencia que ha declarado la procedencia de la decisión extintiva del contrato del actor formula recurso de suplicación su dirección letrada articulando un primer motivo al amparo de la
letra b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social .
Postula la modificación del HP 4º para el que propone la redacción siguiente: '
El contrato de arr
Sentencia Social Nº 46/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2486/2014, 13-01-2016
PRIMERO: Contra la desestimación por el Juzgado de la demanda interpuesta por el actor frente al despido llevado a cabo por su empresa, se alza aquél en suplicación, articulando su recurso en ocho motivos, uno a través del cauce procesal del
Art. 193 a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social , tres interesando la revisión del relato fáctico, y cuatro con fundamento adjetivo en el pá
Sentencia Social Nº 3278/2016, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1798/2016, 22-05-2016
PRIMERO.- La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social estimó la demanda interpuesta por el actor en materia de impugnación de despido objetivo.
Frente a dicha resolución, se alza en suplicación la parte demandada para interesar la revisión fáctica y jurídica de la sentencia recurrida, así como la declaración de procedencia del despido impugnado.
El recurso es impugnado de contrario.
SEGUNDO.- A través del primer motivo de recurso, amparado en el
art
Sentencia Social Nº 47/2016, TSJ Andalucia, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2791/2014, 13-01-2016
PRIMERO: La actora recurre en suplicación la sentencia que ha declarado su procedencia del despido por causas objetivas llevado a cabo por MP PRODUCTIVIDAD S.A., articulando seis motivos, los tres primeros de revisión fáctica y los tres restantes de censura jurídica.
Con carácter previo ha solicitado la parte impugnante del recurso la admisión de ciertos documentos, correspondientes a las cuentas definitivas del ejercicio 2013, en tanto que las presentadas en la fecha del desp
Sentencia Social Nº 308/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 3, Rec 13/2016, 02-05-2016
PRIMERO:Frente a la sentencia de instancia se alzan en suplicación ambos litigantes, la actora por cuestionar la antigüedad fijada en la sentencia y coherentemente la cuantía de la indemnización por despido y la demandada por entender que debió desestimarse la demanda.
Principiando por el recurso de la empresa, se articulan en primer lugar, y por el
artículo 193 b) de la <rel i
Sentencia Social Nº 483/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 243/2016, 02-06-2016
PRIMERO.-La 'TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL' tenía concertada una contrata con 'ATENTO IMPULSA S.A.', que adjudicó a una nueva contratista el 19 de mayo de 2015. Extinguida aquélla, dicha empresa notificó a la Sra.
Belinda su despido objetivo con efectos de 26 de mayo de 2015, alegando el fin del servicio al que estaba adscrita. La trabajadora presentó demanda impugnando esta decisión, por considerarla constitutiva de despido improcedente, siendo estimada su pretensión por