Jurisprudencia sobre Buena fe.
Filtros
Ponente
Silvia Oldrini Residenti
Utrillas Carbonell, Fernando
Herrera Tagua, Jose
Pellicer Ortiz, Berta
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.- Incumplimiento por la demandada del condicionado de un pacto de reserva de compra de inmuebles.-
Se desestima el recurso de apelación formulado contra sentencia estimatoria del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Zaragoza, sobre reclamación de cantidad, previa declaración de extinción de un pacto de reserva de compra, por incumplimiento de la demandada, al no haber obtenido la licencia urbanística en l
Desestima la Sala el motivo del recurso por el que el apelante sostiene que las estipulaciones del contrato de compraventa, de adhesión, deben reputarse oscuras en orden a posibilitar los criterios hermenéuticos favorables al comprador, conforme a los cuales las dudas en la interpretación de las cláusulas contractuales deben resolverse en contra de quien las haya redactado y propiciado la oscuridad, pues ésta y la posible aplicación de la interpretación "contra preferentem vel contra stipulat
La Audiencia Provincial de Zaragoza desestima el recurso de apelación sobre resolución de contrato; la Sala señala que es jurisprudencia reiterada la que establece que no puede considerarse el error inexcusable cuando se hubiera podido evitar con una normal diligencia, añadiendo la Sala que en el presente caso se establece una cláusula penal para el caso que esta parte desistiera del contrato disponiendo la indemnización concreta que por los daños y perjuicios sufridos haya de satisfacerse en
La Audiencia Provincial de Zaragoza desestima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; respecto a la no condena en costas al banco actor tras la absolución del demandado, la Sala señala que la acción emprendida por el banco era, en principio, perfectamente legítima, porque ambos demandados eran los presumiblemente obligados en el titulo a cuyo amparo reclama, teniendo el respaldo proporcionado por el principio de buena fe y seguridad que debe presidir las relaciones del tráfico
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Considera la Sala que lo que no pueden pretender los demandantes, que son ahora recurrentes, es que , lograda la adquisición del edificio por alguno de los iniciales obligados trece años después, prescritas o no las posibles acciones surgidas del contrato, que es tema ajeno en principio a la cuestión, no habiéndose probado que esa adquisición hubiera sido conseguida por su actuación o por la de los otros iniciales contratantes pero obrando con su necesaria delegación, pues d
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.- Incumplimiento por la demandada del condicionado de un pacto de reserva de compra de inmuebles.-
Se desestima el recurso de apelación formulado contra sentencia estimatoria del Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Zaragoza, sobre reclamación de cantidad, previa declaración de extinción de un pacto de reserva de compra, por incumplimiento de la demandada, al no haber obtenido la licencia urbanística en l
Desestima la Sala el motivo del recurso por el que el apelante sostiene que las estipulaciones del contrato de compraventa, de adhesión, deben reputarse oscuras en orden a posibilitar los criterios hermenéuticos favorables al comprador, conforme a los cuales las dudas en la interpretación de las cláusulas contractuales deben resolverse en contra de quien las haya redactado y propiciado la oscuridad, pues ésta y la posible aplicación de la interpretación "contra preferentem vel contra stipulat
La Audiencia Provincial de Zaragoza desestima el recurso de apelación sobre resolución de contrato; la Sala señala que es jurisprudencia reiterada la que establece que no puede considerarse el error inexcusable cuando se hubiera podido evitar con una normal diligencia, añadiendo la Sala que en el presente caso se establece una cláusula penal para el caso que esta parte desistiera del contrato disponiendo la indemnización concreta que por los daños y perjuicios sufridos haya de satisfacerse en
La Audiencia Provincial de Zaragoza desestima el recurso de apelación sobre reclamación de cantidad; respecto a la no condena en costas al banco actor tras la absolución del demandado, la Sala señala que la acción emprendida por el banco era, en principio, perfectamente legítima, porque ambos demandados eran los presumiblemente obligados en el titulo a cuyo amparo reclama, teniendo el respaldo proporcionado por el principio de buena fe y seguridad que debe presidir las relaciones del tráfico
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Considera la Sala que lo que no pueden pretender los demandantes, que son ahora recurrentes, es que , lograda la adquisición del edificio por alguno de los iniciales obligados trece años después, prescritas o no las posibles acciones surgidas del contrato, que es tema ajeno en principio a la cuestión, no habiéndose probado que esa adquisición hubiera sido conseguida por su actuación o por la de los otros iniciales contratantes pero obrando con su necesaria delegación, pues d