Jurisprudencia sobre Antecedentes penales.
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Presunción de inocencia
Drogas
Antecedentes penales
Valoración de la prueba
Delitos contra la salud pública
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Marchena Gomez, Manuel
Colmenero Menendez De Luarca, Miguel
Martinez Arrieta, Andres
Monterde Ferrer, Francisco
Chacon Alonso, Maria Teresa
Puesto que el recurrente estima infringido o aplicado indebidamente el art. 344 y 344 bis a), en términos generales, aunque no explicite la irregularidad en el señalamiento de arresto sustitutorio en caso de multa, debe estimarse, por voluntad impugnativa. Así pues, mediando una pena privativa de libertad superior a los 6 años de prisión no procede la fijación de dicho arresto, conforme dispone el art. 91 p. 3 del CP de 1973. El acogimiento de este aspecto del motivo debe extenderse a todos l
Si la responsabilidad civil nace directamente del delito y ha sido condenado como autor del mismo el administrador o representante de la entidad recurrente, no cabe otra solución que aplicar lo dispuesto en el artículo 22, en relación con el 21, del
Desestimando el recurso de casación interpuesto por el condenado en la instancia como autor responsable de un delito contra la salud pública, señala la Sala, entre otros pronunciamientos, que el Tribunal dispuso de válida y eficaz prueba susceptible de sustentar el cargo. En efecto, la Sala de instancia analizó la prueba practicada consistente en las declaraciones de la coacusada, a cuyas manifestaciones sobre hechos de conocimiento propio hay que atribuir el valor probatorio que le conceden
Se estima el recurso de casación interpuesto por el condenado en la instancia como autor responsable de un delito contra la salud pública. Señala la Sala, entre otros pronunciamientos, que la hipótesis acusatoria no aparece más ni mejor fundada -pues no es más racional ni plausible- que la de la defensa, que, por tanto, tendría que haber prevalecido.
Estimando parcialmente el recurso de casación interpuesto por el condenado en la instancia por delitos de Apropiación Indebida y de Falsedad en documento mercantil, señala la Sala, entre otros pronunciamientos, que el relato de Hechos de la Resolución de instancia describe los actos de falsificación como ejecutados en un solo acto, por lo que de un único delito se trata y no de diversas infracciones integrantes de una continuidad delictiva.
Se estima el recurso de casación interpuesto por los condenados en la instancia como autores responsables de un delito de tráfico de drogas. Las declaraciones de un coimputado, por sí solas, no permiten desvirtuar la presunción de inocencia constitucionalmente reconocida, de modo que para que pueda fundarse una condena en tales declaraciones sin lesionar el derecho fundamental a la presunción de inocencia, es preciso que se adicione a las mismas algún dato que corrobore mínimamente su conteni
VOCES: HOMICIDIO - Error de hecho. Documentos que carecen de literosuficiencia. - Eximente de legítima defensa. - Tutela judicial efectiva. Motivación de sentencia.
Querella.- Causa Especial.-
- Delito de asociación ilícita del art. 515.3º C.P.- "Latin King".
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto contra Sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Vizcaya, sección 2ª, en causa seguida por delito contra la salud pública. La Sala declara que la Sentencia establece en el "factum" que el precio de una dosis de cocaína en el mercado ilícito, con un peso de 195 miligramos y una pureza del 42%, a la fecha de los hechos, era de 13,33 euros. El peso total de la cocaína intervenida es de 1.990 miligramos, con una pureza
Puesto que el recurrente estima infringido o aplicado indebidamente el art. 344 y 344 bis a), en términos generales, aunque no explicite la irregularidad en el señalamiento de arresto sustitutorio en caso de multa, debe estimarse, por voluntad impugnativa. Así pues, mediando una pena privativa de libertad superior a los 6 años de prisión no procede la fijación de dicho arresto, conforme dispone el art. 91 p. 3 del CP de 1973. El acogimiento de este aspecto del motivo debe extenderse a todos l
Si la responsabilidad civil nace directamente del delito y ha sido condenado como autor del mismo el administrador o representante de la entidad recurrente, no cabe otra solución que aplicar lo dispuesto en el artículo 22, en relación con el 21, del
Desestimando el recurso de casación interpuesto por el condenado en la instancia como autor responsable de un delito contra la salud pública, señala la Sala, entre otros pronunciamientos, que el Tribunal dispuso de válida y eficaz prueba susceptible de sustentar el cargo. En efecto, la Sala de instancia analizó la prueba practicada consistente en las declaraciones de la coacusada, a cuyas manifestaciones sobre hechos de conocimiento propio hay que atribuir el valor probatorio que le conceden
Se estima el recurso de casación interpuesto por el condenado en la instancia como autor responsable de un delito contra la salud pública. Señala la Sala, entre otros pronunciamientos, que la hipótesis acusatoria no aparece más ni mejor fundada -pues no es más racional ni plausible- que la de la defensa, que, por tanto, tendría que haber prevalecido.
Estimando parcialmente el recurso de casación interpuesto por el condenado en la instancia por delitos de Apropiación Indebida y de Falsedad en documento mercantil, señala la Sala, entre otros pronunciamientos, que el relato de Hechos de la Resolución de instancia describe los actos de falsificación como ejecutados en un solo acto, por lo que de un único delito se trata y no de diversas infracciones integrantes de una continuidad delictiva.
Se estima el recurso de casación interpuesto por los condenados en la instancia como autores responsables de un delito de tráfico de drogas. Las declaraciones de un coimputado, por sí solas, no permiten desvirtuar la presunción de inocencia constitucionalmente reconocida, de modo que para que pueda fundarse una condena en tales declaraciones sin lesionar el derecho fundamental a la presunción de inocencia, es preciso que se adicione a las mismas algún dato que corrobore mínimamente su conteni
VOCES: HOMICIDIO - Error de hecho. Documentos que carecen de literosuficiencia. - Eximente de legítima defensa. - Tutela judicial efectiva. Motivación de sentencia.
Querella.- Causa Especial.-
- Delito de asociación ilícita del art. 515.3º C.P.- "Latin King".
Se declara haber lugar en parte al recurso de casación interpuesto contra Sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Vizcaya, sección 2ª, en causa seguida por delito contra la salud pública. La Sala declara que la Sentencia establece en el "factum" que el precio de una dosis de cocaína en el mercado ilícito, con un peso de 195 miligramos y una pureza del 42%, a la fecha de los hechos, era de 13,33 euros. El peso total de la cocaína intervenida es de 1.990 miligramos, con una pureza