Jurisprudencia por Agusti Julia, Jordi.
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Instituto Nacional de la Seguridad Social
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Social
Penal
Civil
Administrativo
Ponente
Agusti Julia, Jordi
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
TSJ Cataluña
TS
TSJ Asturias
Tribunal Supremo. Sala de lo Social
El TSJ confirma la improcedencia del despido de trabajador actor, declarado en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por el Ayuntamiento demandado. Y ello porque, cuando -como aquí acontece- la totalidad de la contratación laboral del demandante se ha articulado en fraude de ley, la interrupción del nexo laboral por 23 días hábiles, entre dos de los contratos, deviene intrascendente, pues si otra cosa se entendiera, la calificación jurídica de la relación contrac
La cuestión debatida queda centrada en determinar si el Instituto Nacional de la Seguridad es responsable subsidiario del pago de la prestación por Incapacidad Temporal, derivada de enfermedad común, cuando la Mutua cubre dicha contingencia Social, y ante una situación de responsabilidad directa de la empresa, anticipa el pago abonando al beneficiario la prestación adeudada por la empresa. El TSJ estima el recurso interpuesto por la entidad gestora al reiterar que no es res
Asistencia sanitaria: reintegro de gastos médicos; urgencia vital; asistencia en un páis extranjero.
Se discute si existe o no reintegro de gastos médicos cuando la
RECLAMACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE DERECHO Y CANTIDAD. ENCUADRAMIENTO PROFESIONAL. PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN. LA ACCIÓN PARA IMPUGNAR EL ENCUADRAMIENTO PROFESIONAL CON MOTIVO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE UN CONVENIO COLECTIVO, PRESCRIBE AL AÑO, DADO QUE SE TRATA DE UNA OBLIGACIÓN DE TRACTO UNICO. SE ESTIMA EL RECURSO. Reitera doctrina.
RECLAMACION DE CANTIDAD. NECESIDAD DE TRADUCIR AL IDIOMA OFICIAL CUALQUIER DOCUMENTO EN LENGUA EXTRANJERA. FALTA DE CONTRADICCIÓN. FALTA DE CONTENIDO CASACIONAL, EN CUANTO EL RECURSO CUESTIONA, AUNQUE DE FORMA INDIRECTA, LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA PRACTICADA.
PREVISION SANITARIA NACIONAL. DISPOSICIÓN ADICIONAL 18 DE LA LEY 55/99 SOBRE EXTINCIÓN DEL CITADO RÉGIMEN. CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE DESARROLLO REGLAMEMENTARIO. REITERA DOCTRINA -Sentencias 21-07-2005 (Rec. 1540/2004); 05-07-2006 (Rec. 5173/2004); 12-07-2007 (Rec. 1714/2006) y 23-07-2007 (3674/2005).
El TSJ confirma la improcedencia del despido de trabajador actor, declarado en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por el Ayuntamiento demandado. Y ello porque, cuando -como aquí acontece- la totalidad de la contratación laboral del demandante se ha articulado en fraude de ley, la interrupción del nexo laboral por 23 días hábiles, entre dos de los contratos, deviene intrascendente, pues si otra cosa se entendiera, la calificación jurídica de la relación contrac
La cuestión debatida queda centrada en determinar si el Instituto Nacional de la Seguridad es responsable subsidiario del pago de la prestación por Incapacidad Temporal, derivada de enfermedad común, cuando la Mutua cubre dicha contingencia Social, y ante una situación de responsabilidad directa de la empresa, anticipa el pago abonando al beneficiario la prestación adeudada por la empresa. El TSJ estima el recurso interpuesto por la entidad gestora al reiterar que no es res
Asistencia sanitaria: reintegro de gastos médicos; urgencia vital; asistencia en un páis extranjero.
Se discute si existe o no reintegro de gastos médicos cuando la
RECLAMACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE DERECHO Y CANTIDAD. ENCUADRAMIENTO PROFESIONAL. PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN. LA ACCIÓN PARA IMPUGNAR EL ENCUADRAMIENTO PROFESIONAL CON MOTIVO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE UN CONVENIO COLECTIVO, PRESCRIBE AL AÑO, DADO QUE SE TRATA DE UNA OBLIGACIÓN DE TRACTO UNICO. SE ESTIMA EL RECURSO. Reitera doctrina.
RECLAMACION DE CANTIDAD. NECESIDAD DE TRADUCIR AL IDIOMA OFICIAL CUALQUIER DOCUMENTO EN LENGUA EXTRANJERA. FALTA DE CONTRADICCIÓN. FALTA DE CONTENIDO CASACIONAL, EN CUANTO EL RECURSO CUESTIONA, AUNQUE DE FORMA INDIRECTA, LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA PRACTICADA.
PREVISION SANITARIA NACIONAL. DISPOSICIÓN ADICIONAL 18 DE LA LEY 55/99 SOBRE EXTINCIÓN DEL CITADO RÉGIMEN. CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE DESARROLLO REGLAMEMENTARIO. REITERA DOCTRINA -Sentencias 21-07-2005 (Rec. 1540/2004); 05-07-2006 (Rec. 5173/2004); 12-07-2007 (Rec. 1714/2006) y 23-07-2007 (3674/2005).