Jurisprudencia del año 1998.
Filtros
Año
1998
Voces
Ponente
Carrera Ibarzabal, Jaime
Ruiz Ramo, Jose
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Judel Prieto, Angel Maria
Martinez Sanchez, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Tribunal
AP A Coruña
Tribunal Constitucional
AP - Pontevedra
AP - Soria
Tribunal de Justicia de la Union Europea
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción de Almazán, sobre falta de daños. En el presente caso el Juzgador, ante dos versiones contradictorias ha considerado como verídica y prevalente la del denunciante, estimándolo fiable, verosímil y creíble, no existiendo fisuras en el mismo, que acredita los hechos imputados y constituye prueba de cargo suficiente para dictar el fallo condenatorio. En cuanto a la determinación d
Se condena, por la Audiencia Provincial de Soria, al acusado como autor de un delito de homicidio. La Sala estima que la prueba practicada acredita que el acusado, tras una discusión con la víctima por el aprovechamiento de unos pajeros, agredió a éste con un objeto contundente en la cabeza y luego le propinó dos cuchilladas. El ánimo de dar muerte queda acreditado por la idoneidad de los medios empleados, las zonas donde se dirigieron las cuchilladas, el número y entidad de los golpes, la ca
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito contra la seguridad del tráfico. Se declara probado que el acusado, al ser requerido por la Guardia Civil para un control de alcoholemia dio positivo y sin desear ningún tipo de análisis para contrarrestar el resultado, manifestó haber bebido. Confirma lo anterior los síntomas externos apreciados como aspecto abatido, ojos brillantes y enrojecidos, habla pastosa, ali
Se condena, por la Audiencia Provincial de Soria, al acusado como autor de una falta de hurto. La Sala estima que la prueba practicada acredita que el acusado se introdujo en un edificio por una ventana abierta y cuya altura era escasa, de donde sustrajo dinero y algunos objetos. En tales condiciones es evidente que el autor, una persona joven, no necesitó vencer de una manera especial obstáculos predispuestos para evitar el acceso al inmueble. La energía criminal desplegada, por lo tanto, no
Se estima en parte el recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 2 de Soria en incidente de oposición de medidas provisionales. Se acuerda por la Sala reducir la cantidad que deberá satisfacer el esposo en concepto de cargas del matrimonio. Argumenta la Sala que no se ha practicado prueba en el incidente de oposición que demuestre la merma de ingresos del marido o un cambio de circunstancias que motive la reducción de la pensión a la cuantía solicit
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº1 de Soria, sobre falta de lesiones. Se acredita las malas relaciones entre las partes, que el acusado golpeó y ocasionó lesiones al denunciante, cuando este le recriminó por tomarle fotografías. La versión facilitada por el denunciante, el atestado de la Policía Nacional, el parte de asistencia médica y los daños causados en el vehículo del denunciante, son compatibles con la forma de producirse
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito contra la seguridad del tráfico y falta de ofensa a la autoridad. Ha de reconocerse que en las ofensas proferidas por el acusado contra los Agentes Policiales, influyó su estado etílico, propicio para quedar al descubierto la desinhibición de los ánimos y la exaltación de los defectos de quienes se encuentran bajo sus efectos. Dicha circunstancia constituye
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción n° 2 de Soria, sobre falta de lesiones. No se observa que exista error alguno en la sentencia recurrida, pues la condena del recurrente esta fundamentada en las reiteradas declaraciones del denunciante que manifestó que el acusado le dio un puñetazo, y por el parte médico en el que se hacían constar las lesiones padecidas. Ambas circunstancias son suficientes para quebrar la presunción
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Soria, sobre falta de lesiones. Los hechos probados establecen que el acusado, al ser requerido para que pagase unas consumisiones, rompió botellas y vasos que al chocar y caer al suelo lesionaron al apelante; también rompió objetos del local donde su produjeron los hechos. Ante la magnitud de los hechos, desproporcionados e irracionales, que causaron la agresión y daños en el e
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el juzgado de Primera Instancia n° 2 de Soria, sobre accidente de circulación. El accidente se produjo cuando irrumpió de forma súbita un corzo en la trayectoria del vehículo propiedad del actor. El corzo provenía del coto de aprovechamiento cinegético situado en el margen de la carretera. Pese a las alegaciones del demandado acerca de que no ostentaba la titularidad del coto en ese momento, lo cierto es que a la
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción de Almazán, sobre falta de daños. En el presente caso el Juzgador, ante dos versiones contradictorias ha considerado como verídica y prevalente la del denunciante, estimándolo fiable, verosímil y creíble, no existiendo fisuras en el mismo, que acredita los hechos imputados y constituye prueba de cargo suficiente para dictar el fallo condenatorio. En cuanto a la determinación d
Se condena, por la Audiencia Provincial de Soria, al acusado como autor de un delito de homicidio. La Sala estima que la prueba practicada acredita que el acusado, tras una discusión con la víctima por el aprovechamiento de unos pajeros, agredió a éste con un objeto contundente en la cabeza y luego le propinó dos cuchilladas. El ánimo de dar muerte queda acreditado por la idoneidad de los medios empleados, las zonas donde se dirigieron las cuchilladas, el número y entidad de los golpes, la ca
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito contra la seguridad del tráfico. Se declara probado que el acusado, al ser requerido por la Guardia Civil para un control de alcoholemia dio positivo y sin desear ningún tipo de análisis para contrarrestar el resultado, manifestó haber bebido. Confirma lo anterior los síntomas externos apreciados como aspecto abatido, ojos brillantes y enrojecidos, habla pastosa, ali
Se condena, por la Audiencia Provincial de Soria, al acusado como autor de una falta de hurto. La Sala estima que la prueba practicada acredita que el acusado se introdujo en un edificio por una ventana abierta y cuya altura era escasa, de donde sustrajo dinero y algunos objetos. En tales condiciones es evidente que el autor, una persona joven, no necesitó vencer de una manera especial obstáculos predispuestos para evitar el acceso al inmueble. La energía criminal desplegada, por lo tanto, no
Se estima en parte el recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 2 de Soria en incidente de oposición de medidas provisionales. Se acuerda por la Sala reducir la cantidad que deberá satisfacer el esposo en concepto de cargas del matrimonio. Argumenta la Sala que no se ha practicado prueba en el incidente de oposición que demuestre la merma de ingresos del marido o un cambio de circunstancias que motive la reducción de la pensión a la cuantía solicit
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº1 de Soria, sobre falta de lesiones. Se acredita las malas relaciones entre las partes, que el acusado golpeó y ocasionó lesiones al denunciante, cuando este le recriminó por tomarle fotografías. La versión facilitada por el denunciante, el atestado de la Policía Nacional, el parte de asistencia médica y los daños causados en el vehículo del denunciante, son compatibles con la forma de producirse
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria, sobre delito contra la seguridad del tráfico y falta de ofensa a la autoridad. Ha de reconocerse que en las ofensas proferidas por el acusado contra los Agentes Policiales, influyó su estado etílico, propicio para quedar al descubierto la desinhibición de los ánimos y la exaltación de los defectos de quienes se encuentran bajo sus efectos. Dicha circunstancia constituye
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción n° 2 de Soria, sobre falta de lesiones. No se observa que exista error alguno en la sentencia recurrida, pues la condena del recurrente esta fundamentada en las reiteradas declaraciones del denunciante que manifestó que el acusado le dio un puñetazo, y por el parte médico en el que se hacían constar las lesiones padecidas. Ambas circunstancias son suficientes para quebrar la presunción
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Soria, sobre falta de lesiones. Los hechos probados establecen que el acusado, al ser requerido para que pagase unas consumisiones, rompió botellas y vasos que al chocar y caer al suelo lesionaron al apelante; también rompió objetos del local donde su produjeron los hechos. Ante la magnitud de los hechos, desproporcionados e irracionales, que causaron la agresión y daños en el e
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el juzgado de Primera Instancia n° 2 de Soria, sobre accidente de circulación. El accidente se produjo cuando irrumpió de forma súbita un corzo en la trayectoria del vehículo propiedad del actor. El corzo provenía del coto de aprovechamiento cinegético situado en el margen de la carretera. Pese a las alegaciones del demandado acerca de que no ostentaba la titularidad del coto en ese momento, lo cierto es que a la