Jurisprudencia del año 1993.
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Año
1993
Voces
Comisiones
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Pagas extraordinarias
Indefensión
Derecho a la tutela judicial efectiva
Ponente
Linares Lorente, Juan Antonio
Gil Suarez, Luis
Garcia-murga Y Vazquez, Juan Antonio
Fernandez Lopez, Arturo
Fuentes Lopez, Victor
Tipo de sentencia
Sentencia
Acuerdo de Sala
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
Tribunal Constitucional
Tribunal de Justicia de la Union Europea
TSJ Andalucia
TSJ Cataluña
El TS declara de oficio que contra la sentencia de instancia no es posible interponer recurso de suplicación, y en consecuencia declara la
nulidad de las actuación. Manifiesta la Sala que La acción de clasificación profesional, conforme a lo que dispone el art.
El T.S. confirma la improcedencia de pretensión instada por Sindicato correspondiente, en proceso seguido sobre conflicto colectivo, y que estriba en que al haber desaparecido el plus de ayuda familiar como prestación de la Seguridad Social, desde el 1 de junio de 1991 no abona la empresa demandada el complemento de ayuda familiar reconocido en el convenio colectivo para los años 1990 y 1991, por lo que instan en el proceso el mantenimiento de dicho complemento.
El TS estima el recurso de casación interpuesto por el INSS contra sentencia dictada en autos promovidos sobre reclamación de cantidad. El Juzgado de lo Social desestimó demanda y absolvió al INSS de los pedimentos ejercitados. El TSJ declara el derecho de los actores a que se les incluyan el plus de productividad en las pagas extraordinarias. Es doctrina de esta Sala que tras la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 3/1.987, de 11 de septiembre, sin que el nuevo régimen jurídic
El T.S. confirma la improcedencia de reconocer como conducta antisindical que se denuncia por Sindicato recurrente, la negativa de Ministerio recurrido, a la información solicitada. Recoge la sentencia que no consta que se encuentre constituida, ni tampoco que los restantes sindicatos tengan constituidas secciones sindicales, ni que reciban información ni que convoquen asambleas, por lo que no se puede afirmar que se haya producido discriminación, ni se haya privado al sindica
El TS estima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la entidad recurrente. Manifiesta la Sala que cuando una vacante es de nueva creación, la plaza no se crea con la adjudicación de la misma al interesado, sino que se está ante momentos distintos, de suerte que la nueva plaza habrá de ofrecerse en concurso de traslado a los trabajadores que ostenten la categoría exigida. En el presente caso la RENFE no ha convocado concurso de traslado y no ha resuel
El TS desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada en autos promovidos sobre pensión de jubilación. El Juzgado de lo Social desestimó la demanda. El TSJ desestimó el recurso de suplicación y confirmó sentencia recurrida. Se desestima el recurso de casación porque no existe contradicción entre la sentencia recurrida y la traída de contraste porque entre sus hechos y fundamentos no se da igualdad sustancial que reclama el precepto legal citado; ya que en
El TS estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el recurrente. Manifiesta la Sala que según la línea doctrinal, que se fundamenta en los razonamientos que se contienen en las sentencias de contraste, el cálculo de los trienios reconocidos en virtud de lo dispuesto en la Ley 70/1.978 y en el Real Decreto 1461/1.982 debe efectuarse tomando como módulo la retribución vigente en el momento en que el período de interinidad tuvo efectos económicos.
El T.S. confirma la improcedencia de incremento de pensión pretendido por particulares recurrente es en casación, al estar correctamente calculadas conforme al criterio que señala que "Las cuotas del período de anticipación se determinarán aplicando el tipo único vigente a la misma base reguladora que haya servido para determinar la ayuda equivalente a jubilación voluntaria incrementada en un 30% en el
primer año. En los años sucesivos se actualizarán mediante la aplicac
El T.S. estima recurso interpuesto por entidad gestora declarando que es incompatible, a efectos de determinar el importe de las pagas extraordinarias del personal médico de la Seguridad Social, la nueva regulación, con la antigua derogada, por la que se podía repercutir en el complemento de productividad fijo y el complemento específico. Recoge la sentencia que los mínimos establecidos pueden ser mejorados, más la mejora ha de ser establecida en el propio sistema, bien en disp
El TS estima el recurso de casación interpuesto por el INSS contra sentencia dictada en autos promovidos sobre accidente. El Juzgado de lo Social declaró el accidente de trabajo y el derecho del actor a indemnización, condenando al INSS como responsable del pago para caso de insolvencia. El TSJ declaró la responsabilidad directa para el pago de la empresa y en caso de insolvencia el INSS. Se desestima el recurso porque es doctrina de esta Sala que la obligación de la Mutua oblig
El TS declara de oficio que contra la sentencia de instancia no es posible interponer recurso de suplicación, y en consecuencia declara la
nulidad de las actuación. Manifiesta la Sala que La acción de clasificación profesional, conforme a lo que dispone el art.
El T.S. confirma la improcedencia de pretensión instada por Sindicato correspondiente, en proceso seguido sobre conflicto colectivo, y que estriba en que al haber desaparecido el plus de ayuda familiar como prestación de la Seguridad Social, desde el 1 de junio de 1991 no abona la empresa demandada el complemento de ayuda familiar reconocido en el convenio colectivo para los años 1990 y 1991, por lo que instan en el proceso el mantenimiento de dicho complemento.
El TS estima el recurso de casación interpuesto por el INSS contra sentencia dictada en autos promovidos sobre reclamación de cantidad. El Juzgado de lo Social desestimó demanda y absolvió al INSS de los pedimentos ejercitados. El TSJ declara el derecho de los actores a que se les incluyan el plus de productividad en las pagas extraordinarias. Es doctrina de esta Sala que tras la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 3/1.987, de 11 de septiembre, sin que el nuevo régimen jurídic
El T.S. confirma la improcedencia de reconocer como conducta antisindical que se denuncia por Sindicato recurrente, la negativa de Ministerio recurrido, a la información solicitada. Recoge la sentencia que no consta que se encuentre constituida, ni tampoco que los restantes sindicatos tengan constituidas secciones sindicales, ni que reciban información ni que convoquen asambleas, por lo que no se puede afirmar que se haya producido discriminación, ni se haya privado al sindica
El TS estima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la entidad recurrente. Manifiesta la Sala que cuando una vacante es de nueva creación, la plaza no se crea con la adjudicación de la misma al interesado, sino que se está ante momentos distintos, de suerte que la nueva plaza habrá de ofrecerse en concurso de traslado a los trabajadores que ostenten la categoría exigida. En el presente caso la RENFE no ha convocado concurso de traslado y no ha resuel
El TS desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada en autos promovidos sobre pensión de jubilación. El Juzgado de lo Social desestimó la demanda. El TSJ desestimó el recurso de suplicación y confirmó sentencia recurrida. Se desestima el recurso de casación porque no existe contradicción entre la sentencia recurrida y la traída de contraste porque entre sus hechos y fundamentos no se da igualdad sustancial que reclama el precepto legal citado; ya que en
El TS estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el recurrente. Manifiesta la Sala que según la línea doctrinal, que se fundamenta en los razonamientos que se contienen en las sentencias de contraste, el cálculo de los trienios reconocidos en virtud de lo dispuesto en la Ley 70/1.978 y en el Real Decreto 1461/1.982 debe efectuarse tomando como módulo la retribución vigente en el momento en que el período de interinidad tuvo efectos económicos.
El T.S. confirma la improcedencia de incremento de pensión pretendido por particulares recurrente es en casación, al estar correctamente calculadas conforme al criterio que señala que "Las cuotas del período de anticipación se determinarán aplicando el tipo único vigente a la misma base reguladora que haya servido para determinar la ayuda equivalente a jubilación voluntaria incrementada en un 30% en el
primer año. En los años sucesivos se actualizarán mediante la aplicac
El T.S. estima recurso interpuesto por entidad gestora declarando que es incompatible, a efectos de determinar el importe de las pagas extraordinarias del personal médico de la Seguridad Social, la nueva regulación, con la antigua derogada, por la que se podía repercutir en el complemento de productividad fijo y el complemento específico. Recoge la sentencia que los mínimos establecidos pueden ser mejorados, más la mejora ha de ser establecida en el propio sistema, bien en disp
El TS estima el recurso de casación interpuesto por el INSS contra sentencia dictada en autos promovidos sobre accidente. El Juzgado de lo Social declaró el accidente de trabajo y el derecho del actor a indemnización, condenando al INSS como responsable del pago para caso de insolvencia. El TSJ declaró la responsabilidad directa para el pago de la empresa y en caso de insolvencia el INSS. Se desestima el recurso porque es doctrina de esta Sala que la obligación de la Mutua oblig