Subvenciones

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Top Concepts
Comercio y marketing
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Localización
Baleares
Categorías
Turismo y agencias de viajes, Comunicación pública, Empresa, Cultura e idiomas, Empleo y contratación, Deporte, Comercio y marketing, Ferias y congresos, Vivienda e hipotecas, Igualdad, Industria, Energía
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
15/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El presupuesto de la convocatoria es de 500.000 € con cargo al presupuesto de la Fundació Mallorca Turisme.
Finalidad
El objeto de esta convocatoria es fomentar la producción de largometrajes cinematográficos y series con vocación de mercado y realizados en régimen de coproducción en que la participación mallorquina sea minoritaria, con la finalidad de fomentar el intercambio creativo, profesional y artístico entre Mallorca y el resto de territorios en materia de coproducción cinematográfica.

La finalidad es promocionar Mallorca como plató de cine y atraer rodajes de envergadura por la repercusión económica que supone para Mallorca.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Desarrollo Local y Rural, Agricultura, Ganadería, Empresa, Medio Ambiente, Caza y pesca, Igualdad, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Educación y ciencia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia maxima dependiendo de la especie es de - Bovina: 150 €/UGM - Ovina: 130 €/UGM - Caprina: 140 €/UGM - Porcina: 100 €/UGM
Finalidad
La presente resolución tiene por objeto convocar por el procedimiento de tramitación anticipada, en el año 2023 las ayudas iniciales y anual de pago a la Conservación de razas autóctonas amenazadas de erosión genética en Castilla-La Mancha establecidas en la Orden 60/2023, de 21 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la intervención de Conservación de razas autóctonas amenazadas de erosión genética en Castilla-La Mancha, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027, publicada en el DOCM nº 60 de 27 de marzo de 2023, (en adelante orden de bases).

Las ayudas concedidas a través de esta intervención tienen como finalidad conseguir el mantenimiento de animales de razas autóctonas amenazadas de erosión genética, razas que están perfectamente adaptadas por su rusticidad al medio físico donde se desenvuelven. Con ello se conseguirá evitar la pérdida de riqueza genética y biodiversidad.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Empresa, Medio Ambiente, Caza y pesca, Igualdad, Servicios Sociales, Comercio y marketing, Educación y ciencia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la ayuda anual correspondiente a la intervención de Gestión de la agricultura extensiva para la protección de la grulla común en Castilla-La Mancha es de 65 €/ha.
Finalidad
La presente resolución tiene por objeto convocar por el procedimiento de tramitación anticipada, en el año 2023, las ayudas iniciales y anual de pago a la gestión de la agricultura extensiva para la protección de la grulla común en Castilla-La Mancha establecidas en la Orden 61/2023, de 21 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la intervención de Protección de la avifauna, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027
Localización
Murcia
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Economía Social, Ferias y congresos, Educación y ciencia, Participación ciudadana, Igualdad, Comercio y marketing, Estadísticas y encuestas, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
11/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 500.000 euros
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer, con arreglo al régimen de concurrencia competitiva previsto en el capítulo I del título I de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a entidades privadas de fomento de la innovación y el emprendimiento de la Región de Murcia para sus proyectos de innovación y emprendimiento como actividades no económicas, al amparo del Programa específico de Ayudas previsto en el anexo 1 a esta Orden, y dentro de la acción 13. ?Promoción del Espíritu Empresarial? del Programa Región de Murcia FEDER 2021-2027 (Objetivo Específico 1.3. ?El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas?).
Se entiende por actividad no económica la definida por la Comisión Europea en la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (2016/C 262/01) de 19 de julio de 2016.
Localización
BOE
Categorías
Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía, Medio Ambiente, Empresa, Turismo y agencias de viajes, Comercio y marketing, Seguridad, Transporte y vehículos, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
23/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
BOE
Categorías
Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Turismo y agencias de viajes, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Seguridad, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
23/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Comercio y marketing, Educación y ciencia, Economía Social, Infancia y juventud, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
04/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
El objeto de estas bases es la concesión de ayudas a proyectos y planes editoriales íntegros o segmentados, que tengan una temporalidad definida, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa y que estén dirigidos a la producción tradicional o digital de productos editoriales para su comercialización.

A los efectos de estas bases, se considerará ?producto editorial? la edición de libros, la edición de partituras y la edición cartográfica.

Las ayudas que prevén estas bases se articulan en las siguientes modalidades:

a) Aportación reintegrable

b) Subvención
Localización
Cataluña
Categorías
Cultura e idiomas, Empresa, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Educación y ciencia, Energía, Economía Social, Vivienda e hipotecas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Transporte y vehículos, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
04/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía máxima que se concederá por solicitud en concepto de subvención [modalidad b) de la base 1.2] será de 150.000,00 euros y no podrá ser superior al 50% de la ayuda total; se entiende por ayuda total la suma del importe de subvención [modalidad b) de la base 1.2] y de la aportación reintegrable [modalidad a) de la base 1.2], reduciendo, si es necesario, la subvención e incrementando la aportación reintegrable, siempre que, acumulado con otras ayudas de minimis de cualquier Administración pública otorgadas durante el ejercicio fiscal corriente y en los dos anteriores, no supere los 200.000,00 euros.
Finalidad
1.1 El objeto de estas bases es la concesión de ayudas para proyectos del ámbito de los videojuegos que tengan una temporalidad definida, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa, y que consistan en desarrollar, producir, editar, distribuir, comercializar o difundir videojuegos.

1.2 Las ayudas que prevén estas bases se articulan en las siguientes modalidades:

a) Aportación reintegrable.

b) Subvención.

Las empresas pueden solicitar acogerse solo a la modalidad a) del apartado anterior o a las dos modalidades para el mismo proyecto, pero no pueden solicitar acogerse ni ser beneficiarias únicamente de la modalidad b).

1.3 Respecto a la modalidad de aportación reintegrable, se reintegrará el 100% del importe, que no produce intereses. Respecto a la modalidad de subvención, la devolución se hará en función de los ingresos obtenidos por la explotación del proyecto subvencionado en virtud de la base 10.2.b), sin perjuicio de las causas de revocación que prevén la base 16 y la base general 19.

1.4 Quedarán excluidos de estas bases los proyectos que tengan por objeto adquirir, construir, rehabilitar o mejorar bienes inventariables.

1.5 Las aportaciones reintegrables que se conceden de acuerdo con estas bases se adecuan al Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea. Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases tienen la consideración de ayudas de minimis, reguladas por el Reglamento (UE) núm. 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352, de 24.12.2013).
Localización
Cataluña
Categorías
Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Empresa, Medio Ambiente, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Educación y ciencia, Energía, Vivienda e hipotecas, Seguridad, Empleo y contratación, Caza y pesca, Infancia y juventud, Reparación daños fenómenos naturales, Construcción y obras, Estadísticas y encuestas, Economía Social, Comercio y marketing, Igualdad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
04/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Las ayudas a la reestructuración y/o reconversión de viñedos corren a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) y se tramitan de acuerdo con las funciones de organismo pagador establecido por el Decreto 393/2006, de 17 de octubre, por el que se constituye y regula la organización y el funcionamiento del organismo pagador de las ayudas financiadas por los fondos FEAGA y el FEADER.
Finalidad
Esta Orden tiene por objeto regular determinados requisitos de aplicación en Cataluña de la intervención de reestructuración y/o reconversión de viñedos recogido en la Intervención sectorial vitivinícola contenida en el Plan estratégico de la Política agrícola común, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los estados miembros en el marco de la Política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013, y de acuerdo con las condiciones establecidas en el Real decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención sectorial vitivinícola en el marco del Plan estratégico de la Política agrícola común (BOE núm. 257, de 26.10.2022). En consecuencia, esta Orden constituye una regulación complementaria de la Intervención sectorial vitivinícola del Real decreto 905/2022, de 25 de octubre.
Localización
Aragón
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Igualdad, Sector Financiero/Bancario, Desarrollo Local y Rural, Agricultura, Comercio y marketing, Caza y pesca, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Economía Social, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
04/04/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 2.100.000 euros
Finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2023, las subvenciones correspondientes al Proyecto SURGE regulado en la Orden EPE/1742/2021, de 15 de diciembre, por la que se aprueban los Proyectos SURGE y MEMTA y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas previstas en los mismos e incluidas en el conjunto de inversiones del Componente 23 "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

2. La finalidad de estas subvenciones es contribuir a la contratación de trabajadores por cuenta ajena, tanto en el ámbito de la economía verde como en el de la economía digital, así como al desarrollo local a través de microempresas y emprendedores autónomos ubicados en municipios y núcleos de población de la Comunidad Autónoma de Aragón.

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