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Top Concepts
Desarrollo Local y Rural
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Desarrollo Local y Rural
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Empresa, Infancia y juventud, Empleo y contratación, Vivienda e hipotecas, Industria, Familia, Comercio y marketing, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
01/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Crédito de 700,000,000.00 euros
Finalidad
El objeto de la presente orden es establecer las disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos con cargo al Feaga, en el marco del Plan Estratégico de la PAC en España 2023-2027( en adelante, Pepac), que se convocan para el año 2023, de conformidad con el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023 de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, que deberán realizar las personas solicitantes cuya explotación radique en Castilla-La Mancha o en su caso, la mayor parte de la superficie agraria de la misma y en caso de no disponer de superficie agraria donde se encuentren el mayor número de animales, que deseen solicitar alguna o todas de las siguientes ayudas:

a) Pagos directos disociados.

1. Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, establecida en la sección 1ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.

2. Ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, establecida en la sección 2ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.

3. Ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras, establecida en la sección 3ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre

4. Regímenes a favor del clima y el medio ambiente, establecidos en la sección 4ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:

a. Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Húmedos.

b. Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de Pastos Mediterráneos.

c. Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano.

d. Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de secano húmedo.

e. Rotaciones y siembra directa en tierras de cultivo de regadío.

f. Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos.

g. Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media.

h. Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales.

i. Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.

b) Pagos directos asociados.

1. Pagos directos asociados a los agricultores, establecidos en la sección 1ª del Capítulo III del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:

a. Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal. Plan Proteico.

b. Ayuda asociada a la producción sostenible de arroz.

c. Ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha azucarera.

d. Ayuda asociada a la producción sostenible de tomate para transformación.

e. Ayuda Asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación.

f. Ayuda asociada a la producción tradicional de uva pasa.

g. Pago específico al cultivo del algodón.

h. Ayuda Asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental.

2. Pagos directos asociados a los ganaderos. establecidos en la sección 2ª del Capítulo III del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:

a. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne.

b. Ayuda asociada para el engorde de terneros en la explotación de nacimiento.

c. Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros.

d. Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de vaca.

e. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne.

f. Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra.

g. Ayuda asociada para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas.
Localización
Castilla y León
Categorías
Medio Ambiente, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Rural, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Empleo y contratación, Empresa, Vivienda e hipotecas, Educación y ciencia, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
27/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente orden tiene por objeto regular en la Comunidad de Castilla y León las bases de las ayudas relativas a las siguientes intervenciones de desarrollo rural contenidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el período 2023-2027 correspondientes a los siguientes compromisos:

a) Compromisos agroambientales en superficies agrarias:
Compromisos de cultivos sostenibles:
? 6501.2 Cultivos agroindustriales sostenibles.
Compromisos de fomento y gestión sostenible de pastos:
? 6501.3i Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino o caprino.
? 6501.3ii Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante.
Apicultura para la biodiversidad:
? 6501.4 Apicultura para la mejora de la biodiversidad.
Protección de la avifauna:
? 6501.5 Agroecosistemas extensivos de secano.
Mantenimiento o mejora de hábitats y de actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad:
? 6501.6i Introducción de cultivos minoritarios.
? 6501.6ii Cultivos permanentes en paisajes singulares.
Prácticas para la mejora del suelo y lucha contra la erosión:
? 6501.8 Abonado orgánico.
b) Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica:
? 6503 Agricultura ecológica.
c) Compromisos de conservación de recursos genéticos:
? 6505.1 Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.

A través de las ayudas reguladas en la presente orden se pretende apoyar el desarrollo sostenible de las zonas rurales cumpliendo los objetivos d), e), f) e i) contenidos en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115, de 2 de diciembre por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
Localización
BOE
Categorías
Comercio y marketing, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Consumo, Energía, Seguridad, Industria, Turismo y agencias de viajes, Educación y ciencia, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos, Empresa, Servicios Sociales, Desarrollo Local y Rural, Construcción y obras, Cultura e idiomas, Empleo y contratación, Comunicación pública
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
06/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Se modifica la Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización
Localización
Cantabria
Categorías
Ganadería, Medio Ambiente, Economía Social, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Caza y pesca
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
24/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de un régimen de ayudas para incentivar prácticas de cebo y sacrificio asociadas a la calidad de los terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de los titulares de las explotaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, inscritos en el Registro de Identificación Individual de los Animales (RIIA) como pertenecientes a dichas razas.
Localización
La Rioja
Categorías
Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
22/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 4.100.000 euros
Finalidad
Aprobar la convocatoria de subvenciones para las líneas de seguros incluidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2023. Tanto el plazo de suscripción de los seguros como las líneas de seguros, están recogidos en el cuadragésimo cuarto Plan de Seguros Agrarios aprobado el 29 de noviembre de 2022 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 9 de diciembre de 2022, así como en la Orden 19/2012, de 24 de septiembre, que tiene como objeto subvencionar el coste de los seguros agrarios incluidos en los planes anuales de seguros combinados.
Localización
Aragón
Categorías
Agricultura, Medio Ambiente, Ganadería, Desarrollo Local y Rural
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Establecer el régimen transitorio de excepciones a adoptar en la Comunidad Autónoma de Aragón en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios a favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (eco regímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Ganadería, Agricultura, Desarrollo Local y Rural, Empresa, Economía Social, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Igualdad, Empleo y contratación, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
17/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1. El objeto de la presente orden es regular las bases y realizar su convocatoria para la concesión en 2023 de una subvención única a tanto alzado, excepcional y destinada a determinados sectores especialmente afectados por las repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, con base en el artículo 39 quarter del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), introducido por el Reglamento (UE) 2022/1033 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de junio de 2022.

2. La finalidad de esta ayuda es garantizar la competitividad de las empresas agroalimentarias y la viabilidad de las explotaciones agrarias, concentrando los recursos disponibles en los beneficiarios más afectados en Castilla-La Mancha por las consecuencias de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

En particular, se apoyará a los titulares de las explotaciones de vacuno de cebo, vaca nodriza, ovino y caprino de carne, ovino de leche, caprino de leche, porcino extensivo, cunícola, avícola de carne y apícola, así como a los titulares de cultivos de frutas de hueso (albaricoque y melocotón) y frutos secos (nueces).
Localización
Cataluña
Categorías
Desarrollo Local y Rural, Agricultura, Consumo, Economía Social, Empresa, Hostelería y hoteles, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Ganadería, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
21/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Servicios Sociales, Economía Social, Infancia y juventud, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Caza y pesca, Comercio y marketing, Ganadería, Agricultura, Seguridad, Desarrollo Local y Rural, Transporte y vehículos, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
14/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
1. Una subvención de 1.000,00 euros para las personas beneficiarias de las ayudas del Programa III. 2. Una subvención de 5.000,00 euros para las personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de Trabajadores por cuenta ajena, beneficiarias de las ayudas del Programa IV. 3. Una subvención de 5.000,00 euros en el caso de Hombres desempleados establecidos como autónomos y beneficiarios del Programa I o, en el caso de Familiar Colaborador, causante en el Programa II, que no se encuentren encuadrados en ninguno de los grupos del siguiente apartado 4. 4. Una subvención de 7.500,00 euros en el caso de hombres desempleados establecidos como autónomos de los Programas I y II, que se encuadren en alguno de los siguientes grupos prioritarios: a) Hombres desempleados que hayan participado en los doce meses anteriores a su alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa, en políticas activas de empleo de la Junta de Extremadura gestionadas por el Servicio Extremeño Público de Empleo. b) Hombres con discapacidad. c) Hombres jóvenes, menores de 30 años a fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. d) Hombres de 50 o más años a fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. e) Hombres con el domicilio de la actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con las últimas cifras oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal a 1 de enero del ejercicio en el que se inicie la vigencia de cada convocatoria, difundido por el Instituto Nacional de Estadística. f) Hombres emigrados extremeños que hayan retornado de la emigración a la Comunidad Autónoma de Extremadura en los dos años anteriores a la fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. g) Hombres parados de larga duración a fecha de alta en RETA o, en su caso, en la mutualidad alternativa. 5. Una subvención de 9.000,00 euros, en el caso de Mujeres desempleadas establecidas como autónomas, en los Programas I y II. 6. Adicionalmente, en los Programas I y II, una subvención de 1.000,00 euros que incrementará el importe correspondiente a las personas solicitantes por cualquiera de los grupos definidos en los apartados 4 y 5 del presente artículo, excepto el del apartado 4.e), cuando la persona beneficiaria en el caso del Programa I, o causante en el caso del Programa II, ejerza su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales de población a las que se refiere el apartado 4.e) anterior.
Finalidad
El objeto del presente decreto es establecer las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas al fomento, consolidación y modernización del trabajo autónomo en Extremadura, a través de los siguientes programas:
Programa I: Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador.
Programa III: Ayudas por el mantenimiento y modernización de la actividad de autoempleo, a personas trabajadoras autónomas que hayan sido beneficiarias de las ayudas del Programa I previstas en el Decreto 29/2021, de 21 de abril, o en el presente decreto de bases reguladoras.
Programa IV: Ayudas a personas ocupadas, encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad empresarial o profesional como personas trabajadoras autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
NOTA: Se establecen diferentes tipos de plazos de presentación en función de la línea.

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