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Top Concepts
Desarrollo Local y Rural
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Desarrollo Local y Rural
Localización
Canarias
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Medio Ambiente, Servicios Sociales, Economía Social, Igualdad, Sector Financiero/Bancario, Educación y ciencia, Agricultura, Caza y pesca, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas, Desarrollo Local y Rural, Deporte, Seguridad, Comunicación pública, Transporte y vehículos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
25/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Hasta un máximo de 5.000 euros
Finalidad
Subvenciones a ?Nuevos Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y Microempresas?, de acuerdo con la dotación presupuestaria asignada a tal fin.

Es objeto de las subvenciones reguladas en la presente resolución, el mantenimiento del autoempleo de las personas trabajadoras autónomas sin asalariados y el mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como el de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo, para facilitar la transición productiva de su actividad hacia la economía verde y la economía digital.
Localización
Andalucía
Categorías
Desarrollo Local y Rural, Agricultura, Ganadería, Caza y pesca, Economía Social, Empresa, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Igualdad, Energía, Seguridad, Servicios Sociales, Empleo y contratación, Transporte y vehículos, Consumo, Educación y ciencia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
24/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo de la ayuda no podrá superar los 15.000 euros por beneficiario para el conjunto de todos los sectores previstos en el apartado primero de estas bases reguladoras.
Finalidad
Aprobar las siguientes bases reguladoras contenidas en el Anexo I de esta orden, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a agricultores y ganaderos de los sectores productivos especialmente afectados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 22), pertenecientes a los siguientes sectores:

a) Cítricos.

b) Viñedo para vinificación.

c) Flor cortada.

d) Caprino de leche.

e) Porcino.

e) Gallinas de puesta.

f) Pavos de engorde.
Localización
Murcia
Categorías
Empresa, Sector Financiero/Bancario, Empleo y contratación, Transporte y vehículos, Economía Social, Comercio y marketing, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Desarrollo Local y Rural, Industria, Participación ciudadana, Seguridad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
24/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de los préstamos estará comprendido entre un mínimo de 25.000euros y hasta un máximo de 250.000 euros, no superando el 75% de la inversión financiable
Finalidad
El presente Acuerdo tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de los préstamos previstos para proyectos de inversión en el Instrumento Financiero FEDER de Murcia 2014-2020, de apoyo financiero a las pymes de la Región de Murcia dentro del Objetivo 3.4.1 ?Promover el crecimiento y la consolidación de las pymes, en particular mejorando su financiación, tecnología y acceso a servicios de apoyo avanzados? y actuación 32.4.
Localización
Extremadura
Categorías
Agricultura, Igualdad, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación, Energía, Ganadería, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Empresa, Industria, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Estadísticas y encuestas, Vivienda e hipotecas, Caza y pesca, Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
23/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La ayuda será del 50 % del resultado de aplicar a los kilos de producción de pimiento seco certificados por la entidad certificadora la relación de kilos de leña por cada kilogramo de pimiento seco y el valor medio del kilo de leña. Estos últimos dos parámetros serán estimados mediante informe técnico del Servicio de Producción Agraria, con base en la tabla anual de precios publicada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, otras publicaciones similares de Administraciones Públicas u organismos técnicos cualificados, junto con informe motivado del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Pimentón de La Vera
Finalidad
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, destinadas a incentivar la utilización como biocombustible de la leña de quercíneas en el proceso de secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera y algunos municipios de comarcas limítrofes, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El objeto de la presente orden está supeditado al tratamiento establecido en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad de Mujeres y Hombres y contra la violencia de género en Extremadura dictada en el marco de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Localización
Canarias
Categorías
Agricultura, Caza y pesca, Ganadería, Comercio y marketing, Empresa, Desarrollo Local y Rural, Economía Social
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
23/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Consultar en el pdf las cuantias asignada por seguro.
Finalidad
Fomentar la contratación de seguros agrarios combinados como medio para que el agricultor y ganadero canario se independice, en lo posible, de los daños producidos por las frecuentes variaciones de los agentes naturales, ayudando al mantenimiento de la renta agraria.
Localización
Madrid
Categorías
Empleo y contratación, Educación y ciencia, Empresa, Transporte y vehículos, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Familia, Economía Social, Desarrollo Local y Rural, Seguridad, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Caza y pesca, Energía, Participación ciudadana, Deporte, Justicia, Construcción y obras
Beneficiarios
Administraciones públicas
F. Publicación
22/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención se determinará en la resolución de concesión de la subvención. El cálculo de la subvención se realizará según los siguientes módulos: a) Para los gastos del apartado 1.a) de este artículo, con independencia del salario que corresponda al trabajador según la normativa laboral que le resulte de aplicación: € 2.770,83 euros/mes/alumno-trabajador, para las ocupaciones de las categorías profesionales de los Grupos de Cotización a la Seguridad Social 1 a 2. € 2.216,67 euros/mes/alumno-trabajador, para las ocupaciones de las categorías profesionales del Grupo de Cotización a la Seguridad Social 3 a 9, incluidos los trabajadores menores de 18 años del grupo de cotización 11. b) Para los gastos del apartado 1.b) de este artículo: 8 euros/hora de formación/alumno-trabajador. c) En su caso, para los gastos del apartado 1.c): 82 euros/mes/alumno-trabajador. d) En su caso, para los gastos del apartado 1.d) de este artículo, con independencia del salario que corresponda al trabajador según la normativa laboral que le resulte de aplicación: 3.325,00 euros/mes/gestor de proyecto.
Finalidad
1. Constituye el objeto de esta Orden el establecimiento de las normas de procedimiento y de las bases reguladoras de las subvenciones de los programas públicos de empleo-formación que se realicen en la Comunidad de Madrid como programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, ya sean financiadas con fondos estatales, europeos o propios de la comunidad autónoma.

2. Los programas públicos de empleo-formación estarán dirigidos a la mejora de la ocupabilidad de las personas que determine el servicio público de empleo de la Comunidad de Madrid como destinatarias de los mismos, según lo previsto en estas normas reguladoras. Con esta finalidad, se ofrecerá a las personas participantes la realización de un período de práctica profesional mediante la suscripción de un contrato de trabajo con la entidad beneficiaria del programa, así como formación profesional para el empleo en competencias transversales con incidencia en el empleo o de certificados de profesionalidad, según sus niveles de cualificación.

Excepcionalmente, y en atención a las necesidades específicas de formación en el ámbito rural o cuando no exista certificado de profesionalidad relacionado con la ocupación, la actividad formativa del contrato podrá estar constituida por los contenidos formativos aprobados por el servicio público de empleo de la Comunidad de Madrid en la orden de concesión de la subvención.

3. Será objeto de los programas públicos de empleo-formación la activación y cualificación de las personas participantes en los mismos mediante iniciativas que respondan a las necesidades del mercado de trabajo, preferentemente en ocupaciones relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, la rehabilitación de entornos urbanos o naturales, la eficiencia energética y las energías renovables, la mitigación del cambio climático, el cuidado de las personas, las actividades artísticas y culturales, la implantación de nuevas tecnologías de la información, así como, cualquier otra actividad de utilidad pública o de interés general y social que permita compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo. Atendiendo a las posibilidades de inserción laboral y a la evolución del mercado de trabajo, la orden de convocatoria de subvenciones podrá determinar las áreas de actividad económica, las ocupaciones y los certificados de profesionalidad objeto de subvención.
Localización
Madrid
Categorías
Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Agricultura, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Empresa, Seguridad, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Consumo, Comercio y marketing, Industria
Beneficiarios
Administraciones públicas, Comunidades de propietarios, Particulares
F. Publicación
19/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la ayuda se establece en un importe fijo por actuación de 90.000 euros
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas correspondientes al Plan Regional de Ascensores de la Comunidad de Madrid que tiene como finalidad el fomento de la mejora de la accesibilidad mediante la ayuda a instalación de ascensor en edificios de viviendas de tipología residencial colectiva que carezcan del mismo tanto en el medio urbano como rural.
Localización
Castilla y León
Categorías
Comercio y marketing, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Medio Ambiente, Vivienda e hipotecas, Industria, Servicios Sociales, Hostelería y hoteles, Igualdad, Energía, Ocio y tiempo libre, Consumo, Construcción y obras, Ferias y congresos, Infancia y juventud, Textil, confección y calzado, Transporte y vehículos, Cultura e idiomas, Seguridad, Familia, Desarrollo Local y Rural, Minería, Justicia, Comunicación pública
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención, por cada establecimiento para el que se solicite, será de un 60% del presupuesto aceptado con los siguientes límites: a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros. b) El presupuesto máximo aceptado será de 40.000 euros.
Finalidad
Las presentes subvenciones tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos comerciales minoristas y de prestación de servicios de proximidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación, de acuerdo con los requisitos establecidos en las presentes bases y en las correspondientes convocatorias.

A los efectos de las presentes bases se entiende por servicios de proximidad los ofertados al mercado con ánimo de lucro, siempre que se presten directamente al usuario final en un establecimiento abierto al público, con exclusión de los siguientes:

a) Los servicios de carácter financiero, de seguros y de transporte, cualquiera que sea el medio utilizado.
b) El ejercicio de profesiones liberales.
c) Los suministros de agua, gas, electricidad y teléfonos.
d) Los servicios de alojamiento, bares, restaurantes y hostelería en general.
e) Los servicios prestados por empresas de ocio y espectáculos, tales como cines, teatros, circos, parques infantiles y similares.
A los efectos de las presentes bases se entiende por establecimientos de nueva creación aquellos en los que se inicie la nueva actividad dentro del período subvencionable que se establezca en las convocatorias, considerando a tal fin como fecha de referencia la de alta que figure en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

En ningún caso se consideran establecimientos de nueva creación aquellos en los que previamente al inicio del período subvencionable establecido en las convocatorias, las empresas solicitantes hayan ejercido cualquier tipo de actividad empresarial.
Localización
Murcia
Categorías
Empresa, Economía Social, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Caza y pesca, Transporte y vehículos, Participación ciudadana, Desarrollo Local y Rural, Igualdad, Estadísticas y encuestas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
13/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario en cada una de las convocatorias no podrá exceder de cien mil EUROS (100.000 €)
Finalidad
La presente disposición, tiene por objeto establecer, con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a apoyar a las PYMES de la Región para la financiación de inversiones mediante la bonificación de intereses y, en su caso, de coste de aval de una entidad del Sistema de Garantías, al amparo de Programa específico de Ayudas que se acompaña como Anexo I y dentro del Programa Región de Murcia FEDER 2021-2027 (Objetivo Específico OE1.3) en el ámbito de intervención 021 Desarrollo empresarial e internacionalización de las pymes, incluidas las inversiones productivas, contemplada en el Objetivo político 1 Una Europa más competitiva y más inteligente, actuación 15 el apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados.
Localización
Murcia
Categorías
Empresa, Ferias y congresos, Comercio y marketing, Empleo y contratación, Agricultura, Economía Social, Caza y pesca, Cultura e idiomas, Industria, Participación ciudadana, Transporte y vehículos, Estadísticas y encuestas, Turismo y agencias de viajes, Desarrollo Local y Rural, Medio Ambiente, Igualdad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia, Seguridad
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
11/05/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la ayuda en especie no podrá ser superior a 30.000 euros de subvención bruta por beneficiario y convocatoria y la intensidad máxima podrá alcanzar hasta el 100% de subvención bruta
Finalidad
La presente disposición, tiene por objeto establecer, con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las bases reguladoras de las ayudas en especie dirigidas a promoción internacional de las empresas la Región de Murcia mediante la participación en ferias, eventos expositivos y promocionales y misiones comerciales al amparo del Programa específico de Ayudas que se acompaña como Anexo I, y destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto, salvo para la participación en ferias comerciales.
Estas ayudas podrán financiarse dentro del Programa de la Región de Murcia FEDER 2021-2027 dentro del Objetivo Político 1 ?Una Europa más competitiva y más inteligente", Objetivo Específico 1.3 ?El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas?, Actuación 15 ?El apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados?.

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