Real Decreto 361/2009, de 20 de marzo, por el que se regula la informacion sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados a sacrificio. - Boletín Oficial del Estado de 28-03-2009
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Marzo de 2023
F. entrada en vigor: 29/03/2009
Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 75
F. Publicación: 28/03/2009
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Responsabilidades de los operadores de explotaciones ganaderas.
Artículo 4. Información sobre la cadena alimentaria.
Artículo 5. Responsabilidades y obligaciones de los operadores de los mataderos.
Artículo 6. Obligaciones de las autoridades competentes.
Artículo 7. Verificación de la información por el veterinario oficial.
Artículo 8. Actuaciones en caso de incumplimiento.
Artículo 9. Comunicación de los resultados de la inspección.
Artículo 10. Infracciones y sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Normas de adecuación para la remisión de la información sobre la cadena alimentaria.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Facultad de desarrollo y modificación.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Datos mínimos de que deben disponer los operadores de explotaciones ganaderas que críen animales para sacrificio, con objeto de suministrar la información de la cadena alimentaria
ANEXO II. Ámbitos/campos mínimos de información de la cadena alimentaria