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Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos. - Boletín Oficial del Estado de 28-06-2002

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Agosto de 2024

F. entrada en vigor: 29/06/2002

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 154

F. Publicación: 28/06/2002


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I II III IV V VI
CAPÍTULO I. De la creación de los partidos políticos
Artículo 1. Libertad de creación y afiliación. Artículo 2. Capacidad para constituir. Artículo 3. Constitución, Estatutos y personalidad jurídica. Artículo 4. Inscripción en el Registro. Artículo 5. Examen de los requisitos para la inscripción.
CAPÍTULO II. De la organización, funcionamiento y actividades de los partidos políticos
Artículo 6. Principios democrático y de legalidad. Artículo 7. Organización y funcionamiento. Artículo 8. Derechos y deberes de los afiliados. Artículo 9. Actividad. Artículo 9 bis. Prevención y supervisión.
CAPÍTULO III. De la disolución o suspensión judicial de los partidos políticos
Artículo 10. Disolución o suspensión judicial. Artículo 11. Procedimiento. Artículo 12. Efectos de la disolución judicial. Artículo 12 bis. Declaración judicial de extinción de un partido político.
CAPÍTULO IV. De la financiación de los partidos políticos
Artículo 13. Financiación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. D.A. 2ª. Modificaciones de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. D.A. 3ª. Supletoriedad D.A. 4ª. Fundaciones y entidades vinculadas a partidos políticos o dependientes de ellos.
DISPOSICIONES TRANSITORIA
D.T. Única.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 2ª. Entrada en vigor.