Jurisprudencia sobre Valor venal.
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Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Ponente
Romero Costas, Francisco Javier
Bachs Estany, Jose Maria
Sanchez Herrero, Jose Ramon
Rodriguez Gonzalez, Maria Begoña
Conde Nuñez, Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la parte actora. La Sala señala que el presente caso el propietario del vehículo opto por la reparación del mismo, siendo el valor venal de la causa de 500 euros y el valor de los restos de 50 euros. La reparación del vehículo ha superado ampliamente el valor venal del mismo, conllevando una evidente mejora para su titular, se vería enriquecido injustamente por lo que se estima se modere prudencialmente en un 30 %.
La Audiencia Provincial de Las Palmas estima parcialmente el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que los problemas que originan los supuestos de reparación in natura cuando la misma es superior al valor venal del bien son arduos, pues el mero hecho de que tal valor venal sea inferior a la reparación no puede conllevar sin más que la indemnización a conferir sea tal valor, máxime si se tiene en cuenta que, como sucede en supuestos como el de autos,
21041370022010100153 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Huelva Sección: 2 Nº de Resolución: 96/2010 Fecha de Resolución: 21/06/2010 Nº de Recurso: 124/2010 Jurisdicción: Civil Ponente: FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
Se estima el recurso instado por el actor sobre responsabilidad extracontractual. Ello derivado de un accidente de circulación. Paralización de un camión. Por ello se fija en esta sentencia la indemnización a percibir por el actor. El criterio jurídico de l juzgador de instancia para fijar la pérdida diaria de ingresos derivada de la paralización del camión siniestrado no se adecua a lo establecido en el
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la parte codemandada. La Sala señala que no se considera proporcionado a la real entidad del perjuicio sufrido conceder el importe presupuestado de una reparación no efectuada, no habiendo aportado la demandante justificación alguna de que el mismo estuviere excepcionalmente bien conservado ni de que haya sido objeto de reparaciones que amparen un resarcimiento que casi triplica el valor venal se aconseja fijar el porcentaje de incremento d
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la parte actora. La Sala señala que el presente caso el propietario del vehículo opto por la reparación del mismo, siendo el valor venal de la causa de 500 euros y el valor de los restos de 50 euros. La reparación del vehículo ha superado ampliamente el valor venal del mismo, conllevando una evidente mejora para su titular, se vería enriquecido injustamente por lo que se estima se modere prudencialmente en un 30 %.
La Audiencia Provincial de Las Palmas estima parcialmente el recurso de apelación del demandado sobre reclamación de cantidad; la Sala señala que los problemas que originan los supuestos de reparación in natura cuando la misma es superior al valor venal del bien son arduos, pues el mero hecho de que tal valor venal sea inferior a la reparación no puede conllevar sin más que la indemnización a conferir sea tal valor, máxime si se tiene en cuenta que, como sucede en supuestos como el de autos,
21041370022010100153 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Huelva Sección: 2 Nº de Resolución: 96/2010 Fecha de Resolución: 21/06/2010 Nº de Recurso: 124/2010 Jurisdicción: Civil Ponente: FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA Procedimiento: CIVIL Tipo de Resolución: Sentencia
Se estima el recurso instado por el actor sobre responsabilidad extracontractual. Ello derivado de un accidente de circulación. Paralización de un camión. Por ello se fija en esta sentencia la indemnización a percibir por el actor. El criterio jurídico de l juzgador de instancia para fijar la pérdida diaria de ingresos derivada de la paralización del camión siniestrado no se adecua a lo establecido en el
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la parte codemandada. La Sala señala que no se considera proporcionado a la real entidad del perjuicio sufrido conceder el importe presupuestado de una reparación no efectuada, no habiendo aportado la demandante justificación alguna de que el mismo estuviere excepcionalmente bien conservado ni de que haya sido objeto de reparaciones que amparen un resarcimiento que casi triplica el valor venal se aconseja fijar el porcentaje de incremento d