Jurisprudencia de Tribunal Supremo.
Filtros
Ponente
Fernandez Montalvo, Rafael
Trillo Torres, Ramon
Sieira Miguez, Jose Manuel
Xiol Rios, Juan Antonio
Herrero Pina, Octavio Juan
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de sala
Auto aclaratorio
Tribunal
Tribunal Supremo
La Sala ha decidido limitarse a remitir a la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la documentación relevante para la ejecución de la sentencia. Este procedimiento sigue la doctrina jurisprudencial sobre la obligación de ejecutar sentencias, basada en la Ley 29/1998, la Constitución y decisiones del Tribunal Constitucional, que enfatizan la imperiosa obligación de cumplir con las resoluciones jud
Responsabilidad patrimonial. Omisión por el ayuntamiento de adoptar medidas encaminadas a la comprobación de las medidas ordenadas para inmueble en situación de abandono e insalubridad.
Responsabilidad patrimonial. Indemnización por daños morales es compatible con pensión otorgada: pretium doloris. Ha lugar.
CUESTION DE FONDO. Recurso de revisión contra Decreto de 2 de noviembre de 2017 sobre cuenta del Procurador.
Casación no ha lugar porque la cuantía de la indemnización del perjuicio moral no es revisable en casación siempre que el tribunal de instancia haya observado al fijarla los criterios jurisprudenciales de reparabilidad del daño moral y de razonabilidad en su compensación.
Responsabilidad patrimonial. Daños corporales causados por explosión de fuegos de artificio.Fiesta organizada por Ayuntamiento a través de tercero: constituye servicio público a efectos de responsabilidad patrimonial. Nexo de causalidad. Concurrencia de causas: inexistencia.
Responsabilidad patrimonial. Daños y perjuicios a consecuencia de contusión sufrida en actividad aprobada por consejo escolar. No existe relación de causa y efecto: no hay tal responsabilidad patrimonial. Ha lugar al recurso de casación.
Responsabilidad patrimonial de la administración anulación de resoluciones administrativas. Doctrina general.
La Sala ha decidido limitarse a remitir a la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la documentación relevante para la ejecución de la sentencia. Este procedimiento sigue la doctrina jurisprudencial sobre la obligación de ejecutar sentencias, basada en la Ley 29/1998, la Constitución y decisiones del Tribunal Constitucional, que enfatizan la imperiosa obligación de cumplir con las resoluciones jud
Responsabilidad patrimonial. Omisión por el ayuntamiento de adoptar medidas encaminadas a la comprobación de las medidas ordenadas para inmueble en situación de abandono e insalubridad.
Responsabilidad patrimonial. Indemnización por daños morales es compatible con pensión otorgada: pretium doloris. Ha lugar.
CUESTION DE FONDO. Recurso de revisión contra Decreto de 2 de noviembre de 2017 sobre cuenta del Procurador.
Casación no ha lugar porque la cuantía de la indemnización del perjuicio moral no es revisable en casación siempre que el tribunal de instancia haya observado al fijarla los criterios jurisprudenciales de reparabilidad del daño moral y de razonabilidad en su compensación.
Responsabilidad patrimonial. Daños corporales causados por explosión de fuegos de artificio.Fiesta organizada por Ayuntamiento a través de tercero: constituye servicio público a efectos de responsabilidad patrimonial. Nexo de causalidad. Concurrencia de causas: inexistencia.
Responsabilidad patrimonial. Daños y perjuicios a consecuencia de contusión sufrida en actividad aprobada por consejo escolar. No existe relación de causa y efecto: no hay tal responsabilidad patrimonial. Ha lugar al recurso de casación.
Responsabilidad patrimonial de la administración anulación de resoluciones administrativas. Doctrina general.