Jurisprudencia de Tribunal Supremo.
Filtros
Ponente
Fernandez Montalvo, Rafael
Trillo Torres, Ramon
Sieira Miguez, Jose Manuel
Xiol Rios, Juan Antonio
Herrero Pina, Octavio Juan
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de sala
Auto aclaratorio
Tribunal
Tribunal Supremo
Grupo MGO, S.A., MGO by Westfield SL., y Klebert Properties, S.L. Reclamación de obligaciones laborales no satisfechas a trabajadores con contrato extinguido en un supuesto de adjudicación de empresa en el seno de un proceso concursal. Responsabilidad de la entidad adquirente en aplicación del artículo 44
DEMANDA DE REVISIÓN. Presentada fuera de plazo. No agotamiento de los recursos. Defectos formales de la demanda. Tampoco concurre ninguno de los supuestos legales del art. 510
Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza. Modificación sustancial de condiciones de trabajo realizada sin seguir el procedimiento del artículo 41
Complemento de aportación demográfica art. 60
Inadmisión a proceso selectivo para plazas de funcionario del Grupo A de quien no tiene la titulación universitaria de Grado o equivalente. Acceso a la profesión regulada de Enólogo solo mediante experiencia previa de cinco años. Art. 102 de la Ley 50/1998 y art. 1 del Real Decreto 595/2002. Art. 76 del
Grupo MGO, S.A., MGO by Westfield SL., y Klebert Properties, S.L. Reclamación de obligaciones laborales no satisfechas a trabajadores con contrato extinguido en un supuesto de adjudicación de empresa en el seno de un proceso concursal. Responsabilidad de la entidad adquirente en aplicación del artículo 44
DEMANDA DE REVISIÓN. Presentada fuera de plazo. No agotamiento de los recursos. Defectos formales de la demanda. Tampoco concurre ninguno de los supuestos legales del art. 510
Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza. Modificación sustancial de condiciones de trabajo realizada sin seguir el procedimiento del artículo 41
Complemento de aportación demográfica art. 60
Inadmisión a proceso selectivo para plazas de funcionario del Grupo A de quien no tiene la titulación universitaria de Grado o equivalente. Acceso a la profesión regulada de Enólogo solo mediante experiencia previa de cinco años. Art. 102 de la Ley 50/1998 y art. 1 del Real Decreto 595/2002. Art. 76 del