Jurisprudencia sobre Tesorería General de la Seguridad Social.
Filtros
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Tesorería General de la Seguridad Social
Accidente laboral
Incapacidad permanente total
Incapacidad permanente
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Casas Nombela, Juan Jose
Ruiz-jarabo Quemada, Emilia
Marques Ferrero, Santiago Ezequiel
Fernandez Otero, Miguel
Garcia Paredes, Maria Luz
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Conclusiones
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que reconoció al actor la pensión de jubilación por el Régimen General de la Seguridad Social, una vez que quedó acreditado que éste ingresó las cuotas que le fueron requeridas por los periodos en descubierto , aunque la Tesorería General de la Seguridad Social los imputó a otras deudas. Basa la Sala su pronunciamiento en doctrina unificada que viene a señalar que, no existe norma alguna que condicione su derecho prestacional al pago de esa
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que estimó el pedimento subsidiario de la demanda formulada por cierto trabajador contra el INSS y la TGSS, en reclamación de incapacidad permanente absoluta, o subsidiariamente total, derivada de enfermedad común, al desestimar el recurso interpuesto por las entidades gestoras citadas. Y ello porque, el cuadro secuelar le impide la realización de las principales tareas de su profesión habitual de oficial 1ª de construcción, que requieren la
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que, desestimando el pedimento principal, estimó el pedimento subsidiario de la demanda formulada por cierto trabajador contra el INSS y la TGSS, en reclamación de incapacidad permanente absoluta, y subsidiariamente total, derivada de enfermedad común, al desestimar el recurso interpuesto por ambas partes litigantes. Y ello porque, según recoge la sentencia, las dolencias que presenta el actor le impiden realizar las tareas fundamentales de su
En proceso seguido sobre anulación de prestación de incapacidad temporal y reintegro de prestaciones, la Sala de suplicación estima el recurso interpuesto por el INSS y la TGSS declarando la nulidad de la resolución del INSS que reconoce a la demandada la prestación de incapacidad temporal. Resulta que a partir del 30 de junio de 2000 la demandada, no se encontraba de alta en el RETA ni en ningún otro régimen de la Seguridad Social, habiendo suscrito Convenio Especial a partir del 1 de julio
La actuación del Organismo Gestor de la Seguridad Social, resulta en este caso, contraría los principios de solidaridad y de reparto que inspiran el reconocimiento de las prestaciones en el ámbito del sistema de Seguridad Social español y viene a entrañar la aplicación de un principio discriminatorio respecto de un colectivo de trabajadores al que, por sus especiales circunstancias, se les obliga a asumir el pago, en concepto de capital coste de renta, de una cantidad equivalente a las c
El TSJ confirma la procedencia de prestación a favor de familiares pretenda en el proceso, al desestimar recurso interpuesto por entidades gestoras de la S.S. La actora convivió con su madre -beneficiaria de una pensión de jubilación de 452,22 euros mensuales- desde el año 1990, en que sufrió una hemiplejia, hasta su fallecimiento el 15 de octubre de 2002 y que los ingresos de aquélla ascendieron en el año 2001 a 1.011,50 euros -importe del subsidio por desempleo que le fue satisfecho- y a
El TSJ estima parcialmente el recurso interpuesto por la TGSS, declarando la incompetencia del orden jurisdiccional social para conocer de la cuestión relativa a la obligación de cotizar de las demandadas a tiempo completo, y el derecho de la actora a permanecer en alta en la Seguridad Social durante todos los días naturales de 5 de Enero de 2000 a 31 de octubre de 2001 y 17 de julio 2002 hasta 13 de Enero de 2004 si no hubiese cesado con anterioridad, condenando al INSALUD, actualmente I
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que reconoció al actor la pensión de jubilación por el Régimen General de la Seguridad Social, una vez que quedó acreditado que éste ingresó las cuotas que le fueron requeridas por los periodos en descubierto , aunque la Tesorería General de la Seguridad Social los imputó a otras deudas. Basa la Sala su pronunciamiento en doctrina unificada que viene a señalar que, no existe norma alguna que condicione su derecho prestacional al pago de esa
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que estimó el pedimento subsidiario de la demanda formulada por cierto trabajador contra el INSS y la TGSS, en reclamación de incapacidad permanente absoluta, o subsidiariamente total, derivada de enfermedad común, al desestimar el recurso interpuesto por las entidades gestoras citadas. Y ello porque, el cuadro secuelar le impide la realización de las principales tareas de su profesión habitual de oficial 1ª de construcción, que requieren la
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que, desestimando el pedimento principal, estimó el pedimento subsidiario de la demanda formulada por cierto trabajador contra el INSS y la TGSS, en reclamación de incapacidad permanente absoluta, y subsidiariamente total, derivada de enfermedad común, al desestimar el recurso interpuesto por ambas partes litigantes. Y ello porque, según recoge la sentencia, las dolencias que presenta el actor le impiden realizar las tareas fundamentales de su
En proceso seguido sobre anulación de prestación de incapacidad temporal y reintegro de prestaciones, la Sala de suplicación estima el recurso interpuesto por el INSS y la TGSS declarando la nulidad de la resolución del INSS que reconoce a la demandada la prestación de incapacidad temporal. Resulta que a partir del 30 de junio de 2000 la demandada, no se encontraba de alta en el RETA ni en ningún otro régimen de la Seguridad Social, habiendo suscrito Convenio Especial a partir del 1 de julio
La actuación del Organismo Gestor de la Seguridad Social, resulta en este caso, contraría los principios de solidaridad y de reparto que inspiran el reconocimiento de las prestaciones en el ámbito del sistema de Seguridad Social español y viene a entrañar la aplicación de un principio discriminatorio respecto de un colectivo de trabajadores al que, por sus especiales circunstancias, se les obliga a asumir el pago, en concepto de capital coste de renta, de una cantidad equivalente a las c
El TSJ confirma la procedencia de prestación a favor de familiares pretenda en el proceso, al desestimar recurso interpuesto por entidades gestoras de la S.S. La actora convivió con su madre -beneficiaria de una pensión de jubilación de 452,22 euros mensuales- desde el año 1990, en que sufrió una hemiplejia, hasta su fallecimiento el 15 de octubre de 2002 y que los ingresos de aquélla ascendieron en el año 2001 a 1.011,50 euros -importe del subsidio por desempleo que le fue satisfecho- y a
El TSJ estima parcialmente el recurso interpuesto por la TGSS, declarando la incompetencia del orden jurisdiccional social para conocer de la cuestión relativa a la obligación de cotizar de las demandadas a tiempo completo, y el derecho de la actora a permanecer en alta en la Seguridad Social durante todos los días naturales de 5 de Enero de 2000 a 31 de octubre de 2001 y 17 de julio 2002 hasta 13 de Enero de 2004 si no hubiese cesado con anterioridad, condenando al INSALUD, actualmente I