Jurisprudencia por Sampedro Corral, Mariano.
Filtros
Voces
Convenio colectivo
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad temporal
Inadmision del recurso de casación
Escrito de interposición
Sentido del fallo
Desestima
Se inadmite
Estima
Condena
Estima parcialmente
Orden
Social
Penal
Civil
Administrativo
Especial
Ponente
Sampedro Corral, Mariano
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
Tribunal Supremo
TS
Tribunal Militar Central
El TS mantiene el pronunciamiento recurrido que declaró la improcedencia de despido de trabajador actor (delegado sindical), en proceso en el que el empresario inició expediente disciplinario, al día siguiente de tener conocimiento del ingreso del demandante en prisión, por el doble hecho de no haber comunicado el trabajador la circunstancia de la prisión y de haber seguido cobrando el complemento de pensión por incapacidad temporal. Basa la Sala su pronunciamiento en que aunque el actor no
COMPENSACIÓN DEL MAYOR TIEMPO INVERTIDO EN LOS DESPLAZAMIENTOS COMO CONSECUENCIA DEL CAMBIO DE CENTRO DE TRABAJO.- POSIBLE FALTA DE CONTRADICCIÓN Y FALTA DE CONTENIDO CASACIONAL.-
RCUD. Responsabilidad del FOGASA: no comprende la compensación por falta de preaviso.
La cuestión litigiosa resuelta por esta sentencia se refiere a la consideración como laboral de la relación de unos odontólogos con una clínica dental, en régimen de franquicia con la mercantil DENTAL ALZIRA, S.L., La prestación se desarrolla con gran flexibilidad horaria, pudiendo designar un sustituto, aunque con el beneplácito de la empresa. La infraestructura utilizada es propiedad de la empresa. El procedimiento se inicia de oficio por la Autoridad Laboral. Como se sabe, la calificación
Convenio Colectivo. Interpretación de los artículos 35.5 y 64.1.2º
Finiquito como medio liberatorio. Excepción a esta eficacia por no alcanzar el finiquito los conceptos retributivos reclamados.
DERECHO A LA OCUPACIÓN EFECTIVA. RELACIÓN LABORAL ESPECIAL DE LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES. NO TRAMITACIÓN DE LA LICENCIA FEDERATIVA. MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. El TS mantiene que la falta de ocupación efectiva motivada por la no tramitación de la licencia federativa por parte de un Club supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que habilita al trabajador para solicitar la «resolución del contra
Absorción y compensación de salarios: retribuciones por unidad de tiempo (salario base, antigüedad, pagas extras y paga de beneficios) y comisiones. Falta de contradicción. En todo caso no procede la compensación, porque los conceptos son heterogéneos.
PENSION NO CONTRIBUTIVA. REQUISITO DE CARENCIA DE RENTAS O INGRESOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA PRESTACIÓN. NO SE PUEDE CONSIDERAR COMO RENTA LA SUBVENCION CONCEDIDA POR LA JUNTA DE EXTREMADURA PARA LA ADQUISICION DE LA VIVIENDA HABITUAL. APLICACION DEL ARTÍCULO 215
Pensión de jubilación de marinero migrante. Primer motivo, sobre determinación Base reguladora. Falta de contenido casacional. Segundo motivo, sobre determinación de la prorrata temporis que ha de abonar la Seguridad Social Española en trabajador que estuvo embarcado en España y Holanda. Aplicación del Reglamento CEE 1408/71. En el cálculo de aquélla se han de incluir no solo las cotizaciones correspondientes a las bonificaciones por edad, sino también las ficticias por embarque contenid
El TS mantiene el pronunciamiento recurrido que declaró la improcedencia de despido de trabajador actor (delegado sindical), en proceso en el que el empresario inició expediente disciplinario, al día siguiente de tener conocimiento del ingreso del demandante en prisión, por el doble hecho de no haber comunicado el trabajador la circunstancia de la prisión y de haber seguido cobrando el complemento de pensión por incapacidad temporal. Basa la Sala su pronunciamiento en que aunque el actor no
COMPENSACIÓN DEL MAYOR TIEMPO INVERTIDO EN LOS DESPLAZAMIENTOS COMO CONSECUENCIA DEL CAMBIO DE CENTRO DE TRABAJO.- POSIBLE FALTA DE CONTRADICCIÓN Y FALTA DE CONTENIDO CASACIONAL.-
RCUD. Responsabilidad del FOGASA: no comprende la compensación por falta de preaviso.
La cuestión litigiosa resuelta por esta sentencia se refiere a la consideración como laboral de la relación de unos odontólogos con una clínica dental, en régimen de franquicia con la mercantil DENTAL ALZIRA, S.L., La prestación se desarrolla con gran flexibilidad horaria, pudiendo designar un sustituto, aunque con el beneplácito de la empresa. La infraestructura utilizada es propiedad de la empresa. El procedimiento se inicia de oficio por la Autoridad Laboral. Como se sabe, la calificación
Convenio Colectivo. Interpretación de los artículos 35.5 y 64.1.2º
Finiquito como medio liberatorio. Excepción a esta eficacia por no alcanzar el finiquito los conceptos retributivos reclamados.
DERECHO A LA OCUPACIÓN EFECTIVA. RELACIÓN LABORAL ESPECIAL DE LOS DEPORTISTAS PROFESIONALES. NO TRAMITACIÓN DE LA LICENCIA FEDERATIVA. MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. El TS mantiene que la falta de ocupación efectiva motivada por la no tramitación de la licencia federativa por parte de un Club supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que habilita al trabajador para solicitar la «resolución del contra
Absorción y compensación de salarios: retribuciones por unidad de tiempo (salario base, antigüedad, pagas extras y paga de beneficios) y comisiones. Falta de contradicción. En todo caso no procede la compensación, porque los conceptos son heterogéneos.
PENSION NO CONTRIBUTIVA. REQUISITO DE CARENCIA DE RENTAS O INGRESOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA PRESTACIÓN. NO SE PUEDE CONSIDERAR COMO RENTA LA SUBVENCION CONCEDIDA POR LA JUNTA DE EXTREMADURA PARA LA ADQUISICION DE LA VIVIENDA HABITUAL. APLICACION DEL ARTÍCULO 215
Pensión de jubilación de marinero migrante. Primer motivo, sobre determinación Base reguladora. Falta de contenido casacional. Segundo motivo, sobre determinación de la prorrata temporis que ha de abonar la Seguridad Social Española en trabajador que estuvo embarcado en España y Holanda. Aplicación del Reglamento CEE 1408/71. En el cálculo de aquélla se han de incluir no solo las cotizaciones correspondientes a las bonificaciones por edad, sino también las ficticias por embarque contenid