Jurisprudencia sobre Reparcelación.
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Proyecto de reparcelación
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Comunidad de regantes
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Administrativo
Constitucional
Supranacional
Ponente
Altarriba Cano, Carlos
Domingo Zaballos, Manuel Jose
Fernandez Valverde, Rafael
Hernandez, Isabel Pascual
Lopez Vazquez, Francisco
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Del estudio de la sentencia recurrida y del de los escritos de preparación e interposición del recurso de casación, no se desprende, realmente, la consideración o exposición fundada jurídicamente de argumento alguno que conduzca a excluir la aplicación de aquella norma de la que dimos cuenta al principio, esto es, de la contenida en el artículo 86.2.b) de la Ley de la Jurisdicción En este punto, resta decir que aquella sentencia no declara nula o conforme a derecho una disposición de carácter
Ante el silencio de la Administración, una vez realizada la advertencia del propósito de iniciar el expediente de justiprecio por
parte del propietario, no cabía entender producida una resolución denegatoria por silencio administrativo de la realización de la expropiación sino que dicho propietario debió de esperar que transcurrieran otros dos años desde dicha advertencia y presentar entonces la correspondiente hoja de aprecio y, transcurridos tres meses más, debió de dirigirse al Jurad
El TS desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada en autos promovidos sobre impugnación de unidad de actuación y de proyecto de reparcelación. El TSJ estimó parcialmente el recurso interpuesto en cuanto a la superficie de titularidad dudosa. En el presente caso no se ha demostrado que las superficies discutidas estén vinculadas económica o funcionalmente a la ordenación de la unidad de actuación. Las fincas no son ahora terrenos de cesión obligatoria y gratuita, po
Revoca el TS la sentencia que anuló el acuerdo del Ayuntamiento demandado por el que se aprobó definitivamente el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución SUR-3, y reconoció el derecho del actor a que le fuera asignada una finca de 798,04 m2, en lugar de los 162,50 m2 que le habían sido adjudicados, o el equivalente económico de esa diferencia.
Indica la Sala que en el caso se está ante una finca sobre la que el Plan General de Ordenación del Municipio ha trazado dos viales p
El TS desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Ayuntamiento recurrente, contra la sentencia que condenó solidariamente, al Ayuntamiento y a la Consejería de Obras Públicas y Transportes a indemnizar a la sociedad actora, como consecuencia de la declaración de nulidad de determinados preceptos de la revisión del P.G.O.U. de Sevilla.. Entiende la Sala al igual que ya resolvió en la Sentencia de 9 de junio de 2.003 en supuesto similar, que si bien efect
El TS declara no ha lugar al recurso de casación para unificación de doctrina promovido por Gerencia municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla. Determina la Sala que aunque entre la sentencia impugnada y las dos sentencias de contraste que se invocan, existe una cierta vecindad, pues efectivamente la causa remota de las reclamaciones se encuentra en la anulación por sentencia firme de una carga reparcelaria anulada por sentencia del Tribunal Supremo, no se da entre ellas esa i
El TS estima recurso de casación promovido sobre petición de suspensión de la ejecutividad del Acuerdo del Ayuntamiento de La Nucía, por el que fue aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación Forzosa del Plan Parcial. Los autos impugnados carecen de esa concreción mínima con la cuestión que deciden, razón por la que deben ser anulados.
Defectuosa preparación; prepara por c) y d) pero interpone solo por d)
Auto de inadmisión. Asunto competencia de los Juzgados. Art. 8.1 LJ
Del estudio de la sentencia recurrida y del de los escritos de preparación e interposición del recurso de casación, no se desprende, realmente, la consideración o exposición fundada jurídicamente de argumento alguno que conduzca a excluir la aplicación de aquella norma de la que dimos cuenta al principio, esto es, de la contenida en el artículo 86.2.b) de la Ley de la Jurisdicción En este punto, resta decir que aquella sentencia no declara nula o conforme a derecho una disposición de carácter
Ante el silencio de la Administración, una vez realizada la advertencia del propósito de iniciar el expediente de justiprecio por
parte del propietario, no cabía entender producida una resolución denegatoria por silencio administrativo de la realización de la expropiación sino que dicho propietario debió de esperar que transcurrieran otros dos años desde dicha advertencia y presentar entonces la correspondiente hoja de aprecio y, transcurridos tres meses más, debió de dirigirse al Jurad
El TS desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada en autos promovidos sobre impugnación de unidad de actuación y de proyecto de reparcelación. El TSJ estimó parcialmente el recurso interpuesto en cuanto a la superficie de titularidad dudosa. En el presente caso no se ha demostrado que las superficies discutidas estén vinculadas económica o funcionalmente a la ordenación de la unidad de actuación. Las fincas no son ahora terrenos de cesión obligatoria y gratuita, po
Revoca el TS la sentencia que anuló el acuerdo del Ayuntamiento demandado por el que se aprobó definitivamente el proyecto de reparcelación de la Unidad de Ejecución SUR-3, y reconoció el derecho del actor a que le fuera asignada una finca de 798,04 m2, en lugar de los 162,50 m2 que le habían sido adjudicados, o el equivalente económico de esa diferencia.
Indica la Sala que en el caso se está ante una finca sobre la que el Plan General de Ordenación del Municipio ha trazado dos viales p
El TS desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Ayuntamiento recurrente, contra la sentencia que condenó solidariamente, al Ayuntamiento y a la Consejería de Obras Públicas y Transportes a indemnizar a la sociedad actora, como consecuencia de la declaración de nulidad de determinados preceptos de la revisión del P.G.O.U. de Sevilla.. Entiende la Sala al igual que ya resolvió en la Sentencia de 9 de junio de 2.003 en supuesto similar, que si bien efect
El TS declara no ha lugar al recurso de casación para unificación de doctrina promovido por Gerencia municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla. Determina la Sala que aunque entre la sentencia impugnada y las dos sentencias de contraste que se invocan, existe una cierta vecindad, pues efectivamente la causa remota de las reclamaciones se encuentra en la anulación por sentencia firme de una carga reparcelaria anulada por sentencia del Tribunal Supremo, no se da entre ellas esa i
El TS estima recurso de casación promovido sobre petición de suspensión de la ejecutividad del Acuerdo del Ayuntamiento de La Nucía, por el que fue aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación Forzosa del Plan Parcial. Los autos impugnados carecen de esa concreción mínima con la cuestión que deciden, razón por la que deben ser anulados.
Defectuosa preparación; prepara por c) y d) pero interpone solo por d)
Auto de inadmisión. Asunto competencia de los Juzgados. Art. 8.1 LJ